Definiciones.


Comercio especializado

Se clasifican dentro del comercio especializado las unidades que cumplen las siguientes condiciones:

  • Empresas en las que el volumen de facturación de un sólo tipo de producto, considerando como tales a los que están incluidos en una única clase de la CNAE-93 (4 dígitos), es superior al 50%.
  • Empresas que comercializan menos de cinco tipos de productos, tomando como actividad principal la correspondiente al productos de mayor volumen de facturación.

Comercio no especializado

Son los establecimientos que venden más de cinco tipos de productos, considerando como tales los que están incluídos en una única clase de la CNAE-93 (4 dígitos), y ninguno de ellos con facturación superior al 50%.

Gran superficie

Cualquier establecimiento que dispone de una superficie de venta igual o superior a 2.500 metros cuadrados. En el cálculo de los índices específicos (Índice de comercio al por menor) que se elaboran para el comercio en grandes superficies no especializadas entran a formar parte cualquier empresa dedicada a esa actividad que posea algún establecimientos cumpliendo la condición anterior.

Superficie de venta (comercio)

Aquella superficie que es accesible al público y donde se efectúan operaciones de venta, incluyendo escaparates, vitrinas, estantes y corredores de circulación dentro del establecimiento

 

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