Se clasifican dentro del comercio especializado las unidades que cumplen las siguientes condiciones:
Son los establecimientos que venden más de cinco tipos de productos, considerando como tales los que están incluídos en una única clase de la CNAE-93 (4 dígitos), y ninguno de ellos con facturación superior al 50%.
Cualquier establecimiento que dispone de una superficie de venta igual o superior a 2.500 metros cuadrados. En el cálculo de los índices específicos (Índice de comercio al por menor) que se elaboran para el comercio en grandes superficies no especializadas entran a formar parte cualquier empresa dedicada a esa actividad que posea algún establecimientos cumpliendo la condición anterior.
Aquella superficie que es accesible al público y donde se efectúan operaciones de venta, incluyendo escaparates, vitrinas, estantes y corredores de circulación dentro del establecimiento
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