Población entre 18 y 24 años (ambos inclusive) que no completó el nivel de educación de secundaria segunda etapa y no sigue ningún tipo de formación (reglada o no reglada). Las categorías incluidas en el cálculo del sindicador son: analfabetos, educación primaria, formación e inserción laboral que no precisa título de primera etapa de secundaria, primera etapa de educación secundaria, formación e inserción laboral que precisa título de primera etapa de secundaria y garantía social/iniciación profesional.
Clasificación estadística propia del Sistema Integrado de Información Universitaria (SIIU) que agrupa los estudios oficiales, elaborada a partir de la Clasificación Internacional Normalizada de Educación CINE-F 2013.
Se considera que una persona es analfabeta cuando no sabe leer o escribir en ningún idioma
Forma parte de la Educación Secundaria postobligatoria, y por tanto, tiene carácter voluntario. Comprende dos cursos académicos, que se realizarán ordinariamente entre los 16 y 18 años de edad. Desde el curso 2015-2016 las modalidades de Bachillerato que podrán ofrecer las administraciones educativas serán: Ciencias, Humanidades y Ciencias Sociales y Artes.
El indicador de personas con bajos niveles educativos se calcula como el porcentaje de adultos de entre 25 y 64 años que alcanzaron un nivel educativo igual o menor que el primer ciclo de enseñanza secundaria. Las categorías incluidas para la obtención de este indicador son: analfabetos, educación primaria, formación e inserción laboral que no precisa título de primera etapa de secundaria, primera etapa de educación secundaria, formación e inserción laboral que precisa título de primera etapa de secundaria y garantía social/iniciación profesional.
La base de cotización para las diversas contingencias y situaciones amparadas por la acción protectora de la Seguridad Social está constituida por la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, que con carácter mensual tenga derecho a percibir la persona trabajadora o asimilada, o la que efectivamente perciba de ser esta superior. Las percepciones de vencimiento superior al mensual se distribuirán a lo largo de los doce meses del año.
Se considera remuneración a la totalidad de las percepciones económicas, sean en dinero o en especie. Así mismo, hay que tener en cuenta que las bases de cotización al Sistema de la Seguridad Social no pueden ser superiores al límite fijado para cada ejercicio económico en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. En algunos regímenes de cotización, como es el caso del Régimen General, también se fijan unos límites mínimos de cotización, en función del grupo de cotización de la persona. Si la base no se encuentra comprendida entre la cuantía mínima y máxima correspondiente al grupo de cotización del trabajador o de la trabajadora, esta cotizará por la base mínima (si la cantidad resultante es menor) o máxima (si es mayor).
Son enseñanzas que tienen una estructura modular. Incluyen un módulo de formación en centros de trabajo (FCT), que se desarrolla en una empresa. A los ciclos de grado medio se accede con el título de graduado en educación secundaria o mediante una proba regulada por las administraciones educativas y a los ciclos de grado superior se accede con el título de bachillerato o a través de una prueba regulada por las administraciones educativas.
Es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas resultante del proceso internacional de revisión denominado Operación 2007. Fue elaborada según las condiciones recogidas en el Reglamento de aprobación de la NACE Rev.2. El objetivo de esta clasificación es establecer un conjunto jerarquizado de actividades económicas que pueda ser empleado para:
Es el concertado sin establecer límites de tiempo a la prestación de servicios con jornada a tiempo completo, parcial o fijo discontinuo.
Con carácter general, un empleo se define como temporal cuando la finalización del contrato o relación laboral queda determinada por condiciones objetivas, como la expiración de un plazo, la realización de una tarea determinada, la reincorporación de un empleado al que se substituiría temporalmente, la realización de un período de prácticas, etc. En todo caso, en este tipo de contratos las condiciones de su finalización generalmente aparecen recogidas en el contrato.
Son las solicitudes de puestos de trabajo registradas en las oficinas públicas de empleo realizadas por los trabajadores en edad laboral que desean trabajar por cuenta ajena. Incluyen las de trabajadores que no tienen empreo, tanto de aquellos que no trabajaron anteriormente y buscan empleo por primera vez como las de los que tuvieron un empleo anterior, y las de trabajadores ocupados que buscan empleo para sustituir o complementar el que tienen.
Es una educación dirigida a los alumnos con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. La escolarización en unidades o centros de educación especial sólo se lleva a cabo en los casos en los que las necesidades del alumno no puedan ser atendidas en un centro ordinario.
Enseñanza de régimen general, de carácter voluntario. Comprende hasta los seis anos de edad. Se estructura en dos ciclos: el primero hasta los tres años y el segundo desde los tres hasta los seis años de edad.
Forma parte de la enseñanaza básica y tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende seis cursos académicos que se cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad . Se organiza en asignaturas y áreas que tendrán un carácter global e integrador. Los alumnos se incorporarán, con carácter general, al primer curso en el años natural en el que hagan los seis años
Educación o formación con las siguientes características:
Es una etapa educativa obligatoria y gratuita que completa la educación básica. Consta de cuatro cursos académicos que se realizan ordinariamente entre los 12 y 16 años de edad. Desde el curso 2015-2016 comprende dos ciclos: el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno.
Están dirigidas a personas sin ninguna titulación que deseen acceder a la educación secundaria para personas adultas, seguir con garantía de éxito cursos de cualificación profesional o potencia su participación activa en la vida social, cultura, política y económica. Abarca contenidos relacionados con las necesidades y la realidad de las personas adultas, estructurados en tres ámbitos globalizados, en horarios flexibles, con un mínimo de 16 períodos lectivos semanales.
Están dirigidas a personas adultas que no dominan las técnicas instrumentales elementales y que necesitan adquirir técnicas básicas de lectura, escritura y cálculo. Están organizadas para grupos reducidos, con una metodología individualizada y con materiales específicos, en horarios flexibles, con un mínimo de 12 períodos lectivos semanales.
Las enseñanzas de adultos pueden ser regladas o no regladas
Las enseñanzas regladas son: enseñanzas básicas de niveis I, II, III; bachillerato para personas adultas y ciclos formativos para personas adultas.
Las enseñanzas básicas de nivel III y el bachillerato pueden cursarse en las modalidades presencial y a distancia.
Son programas públicos de empleo-formación que tienen como finalidad la inserción laboral de los jóvenes, desempleados y menores de veinticinco años, mediante su cualificación en alternancia con la práctica profesional en ocupaciones o actividades de utilidad pública o interés social.
Constituyen la segunda etapa de la formación básica para personas adultas, que se organiza en dos niveles, I y II, organizados de forma modular en tres ámbitos: ámbito, científico-tecnológico, ámbito de comunicación y ámbito social. A cada uno de los ámbitos de conocimientos le corresponden cuatro módulos, que estarán distribuidos cuadrimestralmente y, a cada uno de los niveles, le corresponderán dos módulos. En la modalidad presencial, el total de períodos lectivos de estas enseñanzas no podrá ser, en ningún caso, inferior a 1.250.
Categoría que incluye las combinaciones posibles de desplazamiento a pie y/o bicicleta.
Organismo público encargado de gestionar el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
En la Encuesta de condiciones de vida de las familias (ECV) se utiliza la siguiente clasificación armonizada con la Clasificación Nacional de Educación 2000 (CNED-2000):
Este concepto, establecido en la Orden ministerial del 11 de marzo de 1985, está constituído por el total de demandas en alta existentes a final de mes, excluyendo entre otras las que corresponden a las siguientes situaciones:
La puesta en marcha del nuevo Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo (SISPE) en mayo de 2005 produce una ruptura de la serie de paro registrado que se venía publicando hasta el momento. La implantación de este nuevo sistema afecta a la estimación del paro registrado, no porque cambie la definición sino por la actualización y gestión automatizada de la información y porque se corrigieron los errores que se venían cometiendo con ciertos colectivos.
La afiliación al Sistema de la Seguridad Social es obligatoria para todas las personas incluidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social y única para toda la vida del trabajador o de la trabajadora y para todo el sistema, sin perjuicio de las bajas, altas y demás variaciones que con posterioridad a la afiliación se puedan producir. Es decir, el trabajador o trabajadora se afilia cuando comienza su vida laboral y se da de alta en alguno de los regímenes del Sistema de la Seguridad Social. Esta situación se denomina alta inicial. Si cesa en su actividad será dado o dada de baja pero seguirá afiliado o afiliada en situación de baja laboral. Si retoma la actividad se producirá una alta denominada alta sucesiva a efectos estadísticos, pero no tendrá que afiliarse de nuevo, dado que, como ya se indicó, la afiliación es única para toda la vida del trabajador o de la trabajadora.
Personas egresadas universitarias que están afiliadas a la Seguridad Social en situación de alta laboral o son mutualistas titulares activos de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) en la fecha de referencia del período de seguimiento.
Persona que completó todos los créditos docentes o materias que conforman el plan de estudios universitario de la titulación en la que estaba matriculada.
Estudios primarios. Personas que fueron a la escuela 5 años o más sin completar EGB, ESO o bachillerato elemental
Son profesores contratados con carácter temporal por un período de dos años, siendo posible su continuidad de acuerdo con la normativa laboral de aplicación y en los términos establecidos por los estatutos de las universidades, y con dedicación a tiempo parcial, entre especialistas de reconocida competencia que acrediten ejercer su actividad profesional fuera de la universidad.
Los profesores ayudantes son contratados entre los que tengan superadas las materias de estudio a las que hace referencia el artículo 38 de la Ley orgánica de universidades (estudios de doctorado) y con la finalidad principal de completar su formación investigadora. La contratación será con dedicación a tiempo completo, por una duración no superior a cuatro años improrrogables. Los ayudantes también podrán colaborar en tareas docentes, en los términos que establezcan los estatutos de las universidades.
Son programas dirigidos al alumnado mayor de dieciséis años que no obtuvo el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Su objetivo es que todos los alumnos alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno de la estructura del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. El alumnado que supera los módulos obligatorios obtiene una certificación académica con acreditación de las competencias adquiridas.
Son programas de carácter reglado. Están destinados a los jóvenes entre dieciséis y diecinueve años cumplidos dentro del año de inicio del programa, que no obtuviesen el título de graduado en educación secundaria obligatoria y no cursasen con anterioridad otro programa de cualificación profesional inicial. Tienen como finalidad prevenir el abandono escolar antes de la finalización de la escolaridad obligatoria y abrirles nuevas expectativas de formación y titulación a jóvenes en situación de desventaja sociolaboral y educativa. Tienen una marcada vocación profesional, permiten la relación con el mercado de trabajo y facilitan la inserción laboral en una actividad profesional de modo cualificado.
Estos programas están destinados al alumnado que sobrepasa el límite de edad de la enseñanza obligatoria y abandona la educación secundaria sin alcanzar los objetivos y el título correspondiente.
Clasificación académica resultante de la agrupación de las titulaciones oficiales en cinco categorías o áreas de enseñanza: (Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias Sociales y Jurídicas; Ciencias de la Salud; Ingeniería y Arquitectura).
Estudios secundarios. Se considera que una persona tienen estudios de segundo grado cuando terminaron ESO, EGB, bachillerato elemental, bachiller superior, BUP, bachiller LOGSE, COU, PREU, FP de grado medio, FPI, oficialía industrial o equivalente, FP de grado superior, FPII, maestría industrial o equivalente. En el censo de 2001 las personas que alcanzaron el nivel de formación profesional superor se incluyen en este epígrafe y no en el de Tercer grado para facilitar la comparación con los censos anteriores.
Personas que saben leer y escribir pero fueron menos de 5 años a la escuela.
Son programas públicos de empleo-formación que tienen como finalidad la inserción laboral de los desempleados de veinticinco o más años de edad, mediante su cualificación en alternancia con la práctica profesional en ocupacións o actividades de utilidad pública o interés social.
Las tasas brutas de población que se gradúa en cada enseñanza/titulación se han calculado como la relación entre el alumnado que termina los estudios que se citan, independientemente de su edad, con la población total de la edad teórica de comienzo del último curso de la enseñanza.
Porcentaje de población de 16 y más años que no sabe leer ni escribir sobre el total de la población de 16 y más años.
Representa el número de personas egresadas afiliadas (en alta laboral según Seguridad Social o MUFACE) en la fecha de referencia de cada período de seguimiento por cada cien personas egresadas. Por otra parte, no se puede interpretar la tasa de inserción laboral como una tasa específica de empleo de egresados universitarios (Personas egresadas ocupadas/Total de personas egresadas), ya que, como se indicó, no se alcanza la exhaustividade en el recuento de la ocupación de este colectivo, al desconocerse su actividad laboral fuera de Galicia o su situación de afiliación a mutualidades de previsión social al margen de MUFACE.
Estudios superiores. Se considera que una persona tiene estudios de tercer grado cuando ha terminado una diplomatura, arquitectura o ingeniería técnicas, tres cursos de una licenciatura, ingeniería o arquitectura, una licenciatura, una ingeniería o el doctorado.
Categoría que incluye las combinaciones posibles de por una parte, coche, furgoneta o moto, y por otra parte, autobús, metro o tren.
Categoría que incluye las combinaciones posibles de coche, furgoneta o moto como conductor o pasajero.
Categoría que incluye las combinaciones posibles de autobús, metro o tren.
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