Definiciones. Sistema de cuentas


Asalariados

En las operaciones del Sistema de cuentas económicas son todas las personas que, mediante un acuerdo, trabajan para otras unidades institucionales residentes y reciben una remuneración..

En la información procedente de las fuentes tributarias se define como el número de personas que reciben una contraprestación pecuniaria en concepto de rendimiento del trabajo, contadas de forma única independientemente de que trabajasen para una o varias empresas o entidades. Este colectivo está formado por las personas que reciben percepciones declaradas en la clave A del Modelo 190 de la “Declaración anual de retenciones sobre las rentas del trabajo” (empleados por cuenta ajena en general).

En la Encuesta a los demandantes de empleo comprende a todas las personas que en la semana de referencia estuvieran trabajando para un empresario privado o público a cambio de un sueldo, salario, comisión, pagos según resultado, gratificación o cualquier otra forma de remuneración en metálico o en especie. Las personas que trabajan en la empresa de un familiar percibiendo una remuneración reglamentaria deben incluirse en esta categoría. Se incluyen también como asalariados los socios o trabajadores de las sociedades anónimas laborales que tengan una situación laboral y legal de asalariados. Las personas que cumplan los requisitos para ser asalariados no pierden dicha condición aún en el caso de que paguen directamente los impuestos por rendimiento del trabajo personal y/o las cotizaciones a la Seguridad Social. Los gerentes, directores u otros empleados asalariados que no son dueños de la empresa en la que trabajan, se clasifican como trabajadores por cuenta ajena, aunque ejerzan las mismas funciones que los empresarios como, por ejemplo, la contratación o el despido, en nombre de las empresas, de otros trabajadores.
Como regla general, se puede decir que un asalariado es una persona remunerada directa o indirectamente, en dinero o en especie, en función de la cantidad de trabajo que realiza (incluyendo el pago a comisión), con independiencia del valor de la producción o de la rentabilidad del proceso productivo. Puede ocurrir que por razones legales un asalariado tenga un contrato de autónomo. En este caso consideraremos a la persona como asalariada si cumple las condiciones antes descritas. Por el contrario, un trabajador independiente recibe una renta que está en función del valor de la producción del proceso productivo del que es responsable, sea mucho o poco el trabajo aportado.

En la Encuesta de población activa los asalariados son personas con trabajo por cuenta ajena o asalariados todas las que entren en las siguientes categorías:

  • Trabajando: personas que durante la semana de referencia trabajaron, incluso de forma esporádica u ocasional, por lo menos una hora a cambio de un sueldo, salario u otra forma de retribución conexa, en metálico o en especie.
  • Con empleo pero sin trabajar: personas que, ya habiendo trabajado en su empleo actual, estén ausentes del mismo durante la semana de referencia (por causa de enfermedad, accidente, conflicto laboral, suspensión disciplinaria de empleo y sueldo, vacaciones, licencias de estudios,...) y mantengan un estrecho vínculo con el empleo. La fuerza de este vínculo se determina de acuerdo con la creencia del entrevistado de reincorporarse o no a la empresa y en la percepción o no de algún tipo de remuneración.
Los miembros activos de las fuerzas armadas figuran también entre la población asalariada. Non se consideran asalariados:
  • Los empresarios y los trabajadores independientes, aunque estuviesen contratados como asalariados en su propia empresa.
  • Los trabajadores familiares no remunerados (ayudas familiares) y los miembros de cooperativas que trabajan en ellas.
  • Las personas ausentes de su trabajo, con licencia o suspendidas que estén débilmente vinculadas a su empleo.
  • Los trabajadores estacionales, ocasionales o discontinuos por cuenta ajena en la época de menor actividad que no estuviesen trabajando en la semana de referencia.
Se Considera que los asalariados tienen un contrato o relación laboral temporal cuando su finalización queda fijada por condiciones objetivas, tales como la expiración de un plazo, la realización de una tarea de terminada, etc. En otro caso, se considera que el contrato, o relación laboral es indefinido.

Los asalariados se subdividen en: asalariados del sector público y asalariados del sector privado. Entre los primeros están incluidos tanto los funcionarios como los contratados laborales, independientemente de que trabajen con carácter fijo o temporal.

Calendario (Series de tiempo)

Los efectos englobados dentro de este componente obedecen a la discrepancia existente entre la dinámica temporal intrínseca de un determinado fenómeno y la que resulta de su agregación o muestreo temporal (efecto alias del ciclo semanal). Por otra parte, determinados fenómenos económicos se rigen por un calendario diferente del utilizado como patrón de medida. Así, el caso más notable es el de la Pascua que, al seguir el calendario lunar, posee una ubicación móvil en el calendario gregoriano. Se considerarán como efectos de calendario aquellos asociados con el ciclo semanal y con la Pascua móvil.

Capacidad de crear valor (VAB/Producción)

Esta ratio define las unidades monetarias de valor añadido (VAB) generadas por cada unidad monetaria de producción. Será tanto mayor cuantos menos consumos intermedios se utilicen en el proceso de producción, por lo que se aproxima al concepto de eficiencia productiva. Hay que tener presente que esta ratio no analiza la eficiencia del factor trabajo, sino solo la utilización de insumos (materias primas y servicios) en el proceso productivo. Se expresa en porcentaje.

Ciclo (Series de tiempo)

Está caracterizado por oscilaciones de duración situada entre los dos y los ocho años. Es un componente de baja frecuencia, igual que la tendencia, pero originada por factores diferentes, entre los que predominan los aspectos de corto plazo o ajuste hacia sendas de crecimiento tendenciales.

CNAE-09 (Clasificación Nacional de Actividades Económicas)

Es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas resultante del proceso internacional de revisión denominado Operación 2007. Fue elaborada según las condiciones recogidas en el Reglamento de aprobación de la NACE Rev.2. El objetivo de esta clasificación es establecer un conjunto jerarquizado de actividades económicas que pueda ser empleado para:

  • Favorecer la implementación de estadísticas nacionales que puedan ser diferenciadas de acuerdo con las actividades establecidas
  • Clasificar las unidades estadísticas y entidades según la actividad económica ejercida
Acceso a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009)

Consumo final efectivo

Comprende los bienes y servicios adquiridos por unidades institucionales residentes para la satisfacción directa de las necesidades humanas, ya sean estas individuales o colectivas. Los bienes y servicios para consumo individual son adquiridos por un hogar y utilizados para satisfacer las necesidades y carencias de los miembros del mismo. Los servicios para consumo colectivo se prestan de forma simultánea a todos los miembros de la comunidad o de una parte específica de esta.
Todo el gasto en consumo final de los hogares es individual. Todos los bienes y servicios suministrados por las Instituciones sin fin de lucro al servicio de los hogares (ISFLSH) se consideran individuales.

consumos intermedios

Representan el valor de los bienes y servicios consumidos como insumos en un proceso de producción (SEC-2010, 3.88 y siguientes). No se incluyen los activos fijos, cuyo consumo debe registrarse como consumo de capital fijo.

Consumos intermedios (Cuenta Satélite Producción Doméstica)

Representan el valor de los bienes y servicios consumidos como insumos en un proceso de producción (SEC-95, 3.69). Esta es la definición empleada en las Cuentas Económicas Anuales y Trimestrales, así como en el Marco Input-Output de Galicia. Ahora bien, en la Cuenta Satélite de Producción Doméstica (CSPD) la función productiva de los hogares se amplía, lo que da origen a que parte del consumo final de este sector se reclasifique en consumo intermedio o formación bruta de capital. Por ejemplo, en la CSPD el pan, los cereales, la carne o el pescado son considerados consumos intermedios en la elaboración de otros productos, a diferencia de lo que ocurre en las restantes operaciones de la Contabilidad Nacional, en las que se consideran gasto en consumo final de los hogares. Más información en la metodología de la operación.

Coste laboral unitario nominal

Este indicador compara la remuneración por asalariado con la productividad del trabajo. Se obtiene dividiendo la remuneración por asalariado entre la productividad aparente real. La tasa de variación anual toma un valor positivo si el crecimiento de la remuneración por asalariado supera el crecimiento de la productividad.

Coste laboral unitario real

Variación anual del coste laboral unitario. Este indicador compara la evolución de la remuneración por asalariado con la evolución de la produtividad del trabajo y de los precios. De modo que toma un valor positivo si el crecimiento de la remuneración por asalariado supera el crecimiento de la produtividad y de los precios

Coste laboral unitario real

Este indicador compara la remuneración por asalariado con la productividad del trabajo y de los precios. Se obtiene dividiendo la remuneración por asalariado entre la productividad aparente nominal. La tasa de variación anual toma un valor positivo si el crecimiento de la remuneración por asalariado supera el crecimiento de la productividad y de los precios.

Cotizaciones sociales (D.61) (Base 2005)

Las cotizaciones sociales pueden dividirse en cotizaciones efectivas a pagar a los sistemas de seguridad social y las cotizaciones imputadas registradas por los sistemas privados no basados en fondos especiales.

Las cotizaciones sociales efectivas comprenden:

  • Cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores (D.6111), son los pagos que estos realizan a las administraciones de seguridad social, empresas de seguro y fondos de pensiones autónomos o non autónomos que administran sistemas de seguros sociales, con el fin de asegurar la provisión de prestaciones sociales a sus asalariados.
  • Cotizaciones sociales a cargo de los asalariados (D.6112). Se trata de las cotizaciones sociales que pagan los asalariados a la seguridad social y a los sistemas privados con y sin constituciones de reservas.
  • Cotizaciones sociales de los trabajadores autónomos y de los desempleados (D. 6113). Son las cotizaciones sociales que pagan, en su propio beneficio, las personas que no son asalariados, es decir, los trabajadores autónomos (empleadores o trabajadores por cuenta propia) y los desempleados.
Las cotizaciones sociales efectivas se registran como empleo en la cuenta de distribución secundaria de la renta de los hogares.

Las cotizaciones sociales imputadas representan la contrapartida de las prestaciones sociales directas de los empleadores (menos, en su caso, las cotizaciones sociales a cargo de los asalariados). Estas prestaciones las pagan directamente los empleadores (es decir, no están vinculadas a las cotizaciones efectivas, a cargo de los empleadores) a sus asalariados o exasalariados sin la intervención de una empresa de seguro o fondo de pensiones autónomos y sin constituir un fondo especial o una reserva separada a tales efectos.

Cotizaciones sociales netas (D.61) (Base 2010 y Revisión estadística 2019)

Son las cotizaciones efectivas o imputadas que pagan los hogares a los sistemas de seguros sociales con el fin de asegurar el pago de prestaciones sociales. Comprenden:

  • D.611 Cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores: son los pagos que los empleadores efectúan a los sistemas de seguridad social u otros sistemas de seguros sociales vinculados al empleo con el fin de garantizar el derecho de sus asalariados a las prestaciones sociales. Estas cotizaciones pueden ser obligatorias o voluntarias. Corresponden al flujo D.121
  • D.612 Cotizaciones sociales imputadas a cargo de los empleadores: representan la contrapartida de las prestaciones sociales pagadas directamente por los empleadores a sus asalariados o antiguos asalariados. Corresponden al flujo D.122
  • D.613 Cotizaciones sociales efectivas a cargo de los hogares: son las cotizaciones sociales que pagan, en su nombre, los asalariados, los trabajadores por cuenta propia o sus desempleados a los sistemas de seguros sociales
  • D.614 Cotizaciones suplementarias a cargo de los hogares: consisten en las rentas de la propiedad obtenidas durante el ejercicio contable en el stock de los derechos por pensiones y otras prestaciones distintas de las pensiones

Cotizaciones Sociales/Remuneración de los asalariados

Este ratio mide la cuota que representan las cotizaciones sociales a cargo de los empleadores en el conjunto de la remuneración que pagan a sus asalariados. Se expresa en porcentaje.

Cuenta de asignación de la renta primaria

Esta cuenta trata las unidades residentes como perceptores de renta primaria y no como productores que generen dicha renta primaria. En el caso del sector hogares los recursos son el excedente de explotación bruto, la renta mixta, la remuneración de los asalariados y las rentas de la propiedad que son un recurso para los hogares (por ejemplo, los intereses cobrados por los depósitos bancarios). En los empleos sólo tenemos la renta de la propiedad (por ejemplo, los intereses pagados por los hogares por los créditos hipotecarios). El saldo de la cuenta es el saldo de rentas primarias.

Cuenta de bienes y servicios

Tiene por objecto reflejar, por grupos de productos o para el total de la economía, cómo se utilizan los bienes y servicios disponibles. Presenta, en el lado de los recursos, la producción y las importaciones, y en el de los empleos, los consumos intermedios, el consumo final, la formación bruta de capital y las exportaciones de bienes y servicios. Esta cuenta debe estar equilibrada por definición. Por lo tanto, y dado que la producción se valora a precios básicos y los empleos a precios de adquisición, habrá que incluir en los recursos los impuestos menos das subvenciones sobre los productos para que el saldo de la cuenta sea nulo.

Cuenta de distribución secundaria de la renta

A cuenta de distribución secundaria de la renta muestra cómo se asigna el saldo de las rentas primarias de los hogares por medio de la redistribución, es decir, mediante los impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc., las cotizaciones y prestaciones sociales en efectivo y las otras transferencias corrientes. En esta cuenta se registran las operaciones que para los hogares residentes, constituyen una redistribución de la renta en efectivo, tanto en recursos (prestaciones sociales, indemnizaciones de seguros no vida, …) como en empleos (impuestos corrientes, cotizaciones sociales, primas netas de seguro…).

El saldo de la cuenta es la renta disponible, que refleja las operaciones corrientes y que excluye, explícitamente, las transferencias de capital, las ganancias y pérdidas de posesión reales y las consecuencias de sucesos como las catástrofes naturales.

Cuenta de explotación

Presenta a los sectores institucionales como productores o generadores de las rentas primarias (en la cuenta de asignación de la renta primaria los sectores institucionales son tratados como perceptores de rentas primarias). Esta cuenta analiza en qué medida el valor añadido puede cubrir la remuneración de los asalariados y los otros impuestos menos las subvenciones sobre la producción; también permite obtener, como saldo contable, el excedente de explotación bruto o renta mixta (en el caso de las empresas no constituídas en sociedad pertenecientes al sector de los hogares).

Cuenta de producción

Refleja las operaciones relativas al proceso de producción. En los recursos se incluye la producción y en los empleos los consumos intermedios. El saldo de la cuenta corresponde al Valor Añadido Bruto (VAB) valorado a precios básicos; es decir, sin tomar en consideración los impuestos menos las subvenciones sobre los productos. En la cuenta de producción del total de la economía, esta partida se incluye en los recursos, lo que permite obtener el Producto Interior Bruto (PIB) a precios de mercado.

Cuenta satélite

Comprende un conjunto de tablas y de indicadores que permiten ahondar en el conocimiento de un determinado aspecto de la economía de un territorio, ampliando la información proporcionada por el sistema de cuentas económicas. Las cuentas satélite pueden presentar alguna de las siguientes características:

Deflactor do PIB

Es el cociente entre el PIB nominal (a precios corrientes del año considerado) y el PIB real (a precios constantes de un año base), expresado en forma de índice, es decir, multiplicado por 100. Se utiliza como índice de precios alternativo al IPC (índice de precios de consumo), ya que mide las variaciones de precios experimentadas por todos los bienes y servicios producidos en una economía durante un período de referencia.

Empleo

En Confianza empresarial se define como el conjunto de personas que mediante contrato trabajan para la empresa a cambio de una remuneración.

En las Cuentas económicas anuales y en las Cuentas económicas trimestrales comprende todas las personas, tanto asalariados como trabajadores autónomos, que realizan una actividad productiva incluida dentro de la frontera de la producción del sistema. Este concepto de empleo definido en el SEC difiere básicamente de lo utilizado en las estadísticas de fuerza de trabajo en que incluye el empleo de los no residentes que trabajan en Galicia y excluye el empleo de los residentes en Galicia que trabajan fuera.

Estacionalidad (Series de tiempo)

Se trata de un movemiento periódico o cuasiperiódico de duración inferior o igual al año. Viene determinado, principamente, por factores institucionales, climáticos y técnicos que evolucionan de forma suave, desde una perspectiva a largo plazo.

Excedente de Explotación Bruto (EEB)/Renta mixta

Corresponde a la renta que obtienen las unidades de la utilización de sus propios activos de producción. Es el saldo de la cuenta de explotación. En el caso de las empresas no constituidas en sociedades correspondientes al sector hogares se habla de renta mixta.

Excedente de explotación/VAB (PIB para el total de la economía)

Este ratio mide la cuota de valor añadido (VAB) utilizada para remunerar el factor capital. El valor añadido, por la vía de las rentas, es el resultado de la suma de remuneración de los asalariados, excedente de explotación bruto e impuestos netos sobre la producción y las importaciones. En la medida en que la ratio excedente de explotación sobre VAB sea alta significa que la parte de valor generado destinado a pagar el factor capital será elevada y, por lo tanto, la parte que remunera el factor trabajo y los impuestos será menor. Hay que tener en cuenta que el excedente de explotación incluye la remuneración del trabajo no asalariado, bajo la denominación de rentas mixtas. Se expresa en porcentaje.

Exportaciones

Consisten en las operaciones mediante las cuales los residentes suministran bienes y servicios a los no residentes.

Formación bruta de capital

Comprende las adquisiciones menos las cesiones de activos fijos realizadas por los productores residentes (formación bruta de capital fijo) y el valor de las entradas en existencias, menos el valor de las salidas y el valor de cualquier pérdida corriente de los bienes mantenidos en existencias (variación de existencias).

Formación bruta de capital (Cuenta Satélite Producción Doméstica)

Comprende la formación bruta de capital fijo, la variación de existencias y las adquisiciones menos cesiones de objetos valiosos (SEC-95, 3.100 y siguientes). Esta es la definición empleada en las Cuentas Económicas Anuales y Trimestrales, así como en el Marco Input-Output de Galicia. Ahora bien, en la Cuenta Satélite de Producción Doméstica (CSPD) la función productiva de los hogares se amplía, lo que da origen a que parte del consumo final de este sector se reclasifique en consumo intermedio o formación bruta de capital. Por ejemplo, en la CSPD los muebles y demás artículos de amueblamiento entran dentro de la formación bruta de capital, a diferencia de lo que ocurre en las restantes operaciones de la Contabilidad Nacional, en las que se clasifican como gasto en consumo final de los hogares. Más información en metodología de la operación.

Gasto en consumo final

En las operaciones del Sistema de cuentas económicas consiste en el gasto realizado por las unidades institucionales residentes en bienes y servicios que se utilizan para satisfacer directamente las necesidades individuales, o las necesidades colectivas de los miembros de la comunidad. Este gasto puede realizarse en el territorio económico o en el resto del mundo (SEC-2010, 3.94 y siguientes).

En la Cuenta Satélite de Producción Doméstica la función productiva de los hogares se amplía, lo que da origen a que parte del consumo final de este sector se reclasifique en consumo intermedio o formación bruta de capital. Deste modo, la partida incluida en esta operación como consumo final del sector hogares no se corresponde necesariamente con las incluidas en las restantes operaciones del Sistema de cuentas de Galicia. Más información en la metodología de la operación.

En la Encuesta de presupuestos familiares, el gasto en consumo final de los hogares corresponde al gasto efectuado por los hogares con el fin de consumir bienes y servicios. Comprende:

  • Las compras efectuadas de modo monetario.
  • El valor estimado de ciertos bienes y servicios, tales como:
    • El valor de los productos procedentes del autoconsumo (tanto si son consumidos por el hogar como si son regalados a otros hogares).
    • El valor de los productos procedentes del autosuministro (cuando los consume el hogar).
    • Las remuneraciones en especie de los empleadores a sus asalariados.
    • Los alquileres imputados a los propietarios de viviendas o a los que las utilizan de forma gratuita o semigratuita.
    • Comidas o cenas gratuitas o bonificadas en el lugar de trabajo o en el establecimiento de hostelería propiedad del hogar.

Horas trabajadas

Representa la cifra global de horas efectivamente trabajadas durante el período contable, en el ámbito de las actividades productivas que se incluyen dentro de la frontera de la producción. Las horas efectivamente trabajadas incluyen las horas extraordinarias, los períodos dedicados al mantenimiento, reparación, preparación y limpieza, el tiempo en situación de espera por motivos de falta de trabajo y el correspondiente a períodos breves de descanso en el lugar de trabajo. Se excluyen de dichas horas las remuneradas pero no trabajadas, por vacaciones, enfermedad, los días festivos, las pausas para las comidas y los tiempos de viaje entre el hogar y el trabajo.

Horas trabajadas

Son las horas efectivamente trabajadas como asalariado o trabajador autónomo durante el período contable o en el año de referencia. Comprende las horas realmente trabajadas (normales y extraordinarias) durante los períodos de trabajo; el tiempo dedicado en el lugar de trabajo a la preparación de herramientas, elaboración de fichas de control, etc.; la duración de tiempos muertos en el lugar de trabajo producidos por falta ocasional de trabajo; así como el tiempo correspondiente a breves períodos de descanso en el lugar de trabajo (desayuno, etc.). Deben excluirse las horas pactadas pero no trabajadas por motivos de enfermedades, huelgas, vacaciones, etc., las interrupciones para las comidas y las horas empleadas en el camino del domicilio al lugar de trabajo

Horas trabajadas asalariadas/Horas trabajadas totales

Esta ratio indica el peso de las horas trabajadas de los asalariados en el total de horas trabajadas. Por tanto, depende tanto del ratio de asalarización cómo de las jornadas medias de los asalariados. Se expresa en porcentaje.

Importacións

Consisten en operaciones mediante las cuales los no residentes suministran bienes y servicios a los residentes.

Impuestos netos sobre la producción y las importaciones

Son los impuestos que gravan la producción y las importaciones de bienes y servicios menos las subvenciones.

Impuestos netos sobre los productos

Son los impuestos a pagar por cada unidad producida o distribuida de un determinado bien o servicio menos las subvenciones. Incluyen el IVA, los impuestos y derechos sobre la importación y los otros impuestos sobre los productos.

Impuestos sobre la producción y las importaciones

Son pagos obligatorios sin contrapartida, recaudados por las administraciones públicas, que graban la producción y las importaciones de bienes y servicios, la utilización de mano de obra, la propiedad o el uso de la tierra, edificios y otros activos utilizados en la producción. Se dividen en:

  • Impuestos sobre los productos: impuestos que hay que pagar por cada unidad producida o distribuida de un determinado bien o servicio. Puede consistir en una cantidad específica por unidad de bien o servicio, o puede calcularse como un porcentaje específico del precio o valor del bien. El Impuesto sobre el valor añadido (IVA) o los impuestos especiales son los principales ejemplos de este epígrafe.
  • Otros impuestos sobre la producción: impuestos que soportan las empresas como resultado de su participación en la producción, independientemente de la cantidad o del valor de los bienes y servicios producidos o vendidos. (SEC-2010, 4.41 y siguientes)

Impuestos sobre la renta, el patrimonio, etc. (D.5)

Comprenden todos los pagos obligatorios sin contrapartida, en efectivo o en especie, recaudados periódicamente por las administraciones públicas y por el resto del mundo sobre la renta y el patrimonio de las unidades institucionales, así como algunos impuestos periódicos que no se exigen ni sobre la renta ni sobre el patrimonio (SEC 4.77).

Los impuestos corrientes sobre la renta, el patrimonio, etc., se dividen en:

  • impuestos sobre la renta (D.51), comprenden los impuestos sobre las rentas, los beneficios y las ganancias de capital. En el caso del sector hogares estamos hablando del Impuesto sobre la renta personas físicas (IRPF).
  • otros impuestos corrientes (D.59), que comprenden impuestos sobre el capital, sobre el gasto, pago de los hogares por licencias de tenencia y desfrute de vehículos, etc. En el caso de los hogares y en el marco tributario actual los tributos que forman parte de este agregado son: impuesto sobre el patrimonio, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), impuesto sobre bienes inmobles (IBI), impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, tasas por permisos de caza y pesca y contribuciones especiales.
Los impuestos corrientes sobre la renta y patrimonio, se registra como empleo en la cuenta de distribución secundaria de la renta de los hogares.

Impuestos sobre los productos

Impuestos que hay que pagar por cada unidad producida o distribuída de un determinado bien o servicio.

Jornada media semanal

Proporciona una media de las horas trabajadas en la semana. Se calcula como ratio de las horas efectivas y de los puestos de trabajo (considerando semanas de 7 días). Se expresa en horas.

Otras subvenciones a la producción

Comprenden las subvenciones, distintas a las subvenciones a los productos, que pueden recibir las unidades de producción residentes como consecuencia de su participación en la producción.

Otras transferencias corrientes (Base 2005)

Esta partida comprende las transferencias corrientes que afectan a los hogares residentes no incluidas en los apartados anteriores (impuestos sobre la renta, prestaciones sociales, cotizaciones sociales, rentas de la propiedad). En lo que atañe al sector hogares, estamos a hablar de:

  • Primas netas de seguro no vida (D.71). Son las primas a pagar en virtud de pólizas subscritas por el sector hogares. Las pólizas de los hogares individuales son las que estos subscriben por su propia iniciativa y en su propio beneficio, independientemente de los empleadores o de las administraciones públicas y fuera de todo sistema de seguros sociales. Las primas netas de seguro no de vida comprenden tanto las primas efectivas que deben pagar los tomadores de las pólizas para estar cubiertos durante el período contable (primas imputables a ejercicio corriente) como as primas complementarias a pagar con las rentas de la propiedad atribuidas a los asegurados, previa deducción de los costes del servicio de seguro.
  • Indemnizaciones de seguro no vida (D.72). Representan las indemnizaciones imputables al ejercicio corriente en virtud de contratos de seguros no de vida; es decir, los importes que las empresas de seguro están obligadas a pagar por lesiones o daños sufridos por las personas o los bienes (incluidos los bienes de capital fijo).
  • Transferencias corrientes diversas (D.75). Comprende:
    • Transferencias corrientes a las Instituciones sen fin de lucro al servicio de los hogares (ISFLSF). Son todas las contribuciones voluntarias (excepto las herencias), las cotas de sus miembros y la asistencia financiera que las ISFLSF reciben de los hogares. En esta rúbrica se registran entre otras, las cotas periódicas pagadas por los hogares a sindicatos y organizaciones políticas, deportivas, culturales, religiosas y similares clasificadas no sector de las ISFLSF y las contribuciones voluntarias de los hogares a las ISFLSF.
    • Transferencias corrientes entre los hogares. Consisten en todas las transferencias corrientes, en efectivo o en especie, que los hogares residentes efectúan a, o reciben de otros, hogares residentes o no residentes. En particular, incluyen las remesas de fondos que los emigrantes o los trabajadores instalados permanentemente fuera del territorio económico hacen a los miembros de su familia residentes en su país de origen, y la de los padres a sus hijos residentes en otros lugares. Se registran en los empleos y los recursos de la cuenta de distribución secundaria de la renta de los hogares.
    • Multas y sanciones. Las multas y sanciones impuestas a las unidades pertenecientes al sector hogares por tribunales de justicia u otras instancias jurídicas se consideran transferencias corrientes obligatorias.
    • Loterías y juegos de azar. Los importes pagados por los billetes de lotería o las sumas colocadas en apuestas comprenden dos elementos: el pago del servicio a la unidad que organiza la lotería o los juegos de azar y una transferencia corriente residual que se paga a los ganadores. El coste del servicio puede ser muy importante y tiene que cubrir los impuestos sobre la producción de servicios de juegos de azar. En el sistema, se consideran que las transferencias tienen lugar directamente entre os que participan en la lotería o en los juegos de azar, es decir, entre los hogares. Cuando participan hogares no residentes, pueden darse transferencias netas significativas entre el sector «hogares» y el resto del mundo.
    • Pagos compensatorios. Son as transferencias corrientes pagadas por unas unidades institucionales a otras en compensación por las lesiones o daños causados a las personas o las propiedades, excluidas las indemnizaciones de seguro no de vida.
    • Otras transferencias corrientes. Comprende entre otras las bolsas, bolsas de viaje y recompensas pagadas a los hogares por las Administraciones Públicas (AAPP) o las ISFLSF, las devoluciones hechas por los hogares de gastos efectuados en su favor por organizaciones de asistencia social, las primas de ahorro concedidas regularmente por las AAPP a los hogares como recompensa por sus ahorros durante el período y las transferencias corrientes de las AAPP a los hogares en su condición de consumidores, si no se registran como prestaciones sociales.

Otras transferencias corrientes (D.7) (Base 2010 y Revisión estadística 2019)

En el caso del sector hogares comprende:

  • D.71 Primas netas de seguro no vida
  • D.72 Indemnizaciones de seguro no vida
  • D.75 Transferencias corrientes diversas

D.71 Primas netas de seguro no vida: las primas netas de seguro no vida son primas a pagar en virtud de pólizas suscritas por unidades institucionales. Son los montantes disponibles para la cobertura de diversas contingencias o accidentes, de origen natural o causado por el hombre, que provocan daños a los bienes, a las propiedades o a las personas (incendios, inundaciones, accidentes, robos, etc.) o bien para la cobertura de pérdidas financieras ocasionadas por contingencias como enfermedades, desempleo, accidentes, etc.
En el caso de las pólizas de los hogares individuales son las que estos suscriben por su propia iniciativa y beneficio, independientemente de los empleadores y de la administración pública y fuera de todo sistema de seguros sociales.
Son un recurso del sector Instituciones financieras y un empleo del resto de los sectores (tomadores del seguro), en particular del sector hogares.
D.72 Indemnizaciones de seguro no vida: representan las indemnizaciones imputables al ejercicio corriente en virtud de contratos de seguro no vida; es decir, los importes que las compañías de seguros están obligadas a pagar por lesiones o daños sufridos por las personas o sus bienes.
Las indemnizaciones tienen su origen en los daños o lesiones que los tomadores del seguro causan a terceros o a la propiedad de estos. En estos casos, se considera que las compañías de seguros pagan directamente las indemnizaciones a las partes perjudicadas y no indirectamente a través del tomador del seguro.
Son un empleo del sector Instituciones financieras y un recurso del resto de los sectores (beneficiarios del seguro).
D.75 Transferencias corrientes diversas: en el caso del sector hogares, comprende:
  • D.751 Transferencias corrientes a las instituciones sin fin de lucro al servicio de los hogares: comprende las contribuciones voluntarias (excepto legados) y ayuda financiera que las ISFLSF reciben de los hogares y, en menor medida, de otras unidades.
  • D.752 Transferencias corrientes entre los hogares: consisten en todas las transferencias corrientes, en efectivo o en especie, que los hogares residentes efectúan a, o reciben de, otros hogares residentes o no residentes. En particular, incluyen las remesas de fondos que los emigrantes hacen a miembros de su familia residentes en otros país
  • D.759 Otras transferencias corrientes: incluye otro tipo de transferencias que los hogares reciben o efectúan, como bolsas de estudios, pagos de multas y sanciones, etc.

Otros impuestos sobre la producción

Impuestos que soportan las empresas como resultado de su participación en la producción, independientemente de la cantidad o del valor de los bienes y servicios producidos o vendidos.

Personas/Puestos de trabajo

Esta ratio muestra la relación entre las personas empleadas y los puestos de trabajo.
El concepto de puesto de trabajo difiere del concepto de empleo, en los siguientes aspectos:

  1. Incluye el segundo, tercer, ... puesto de trabajo que ocupa la misma persona.
  2. Excluye a las personas que no trabajan temporalmente, pero que tienen "un vínculo formal con su puesto de trabajo", por ejemplo, "una garantía de reincorporación al trabajo o un acuerdo sobre la fecha de reincorporación". Este tipo de acuerdo entre un empleador y una persona en suspensión temporal de empleo o en permiso de formación no se considera un puesto de trabajo en el Sistema Europeo de Cuentas (SEC).

Peso de la remuneración de asalariados en el PIB

Indica que parte del valor añadido generado por una economía sirve para remunerar el factor trabajo

Precios básicos

Es el precio que los productores reciben de los compradores por cada unidad de un bien o servicio producido, restando cualquiera impuesto a pagar y añadiendo cualquier subvención a recibir por la producción o venta de la unidad de producción (SEC-2010, 3.44).

Precios constantes

La valoración a precios constantes significa valorar los flujos y stocks en un período contable a los precios vigentes en el período anterior. Permite eliminar el efecto que las eventuales subidas o bajadas de precios producen en la magnitud analizada.

Precios de adquisición

Es el precio que paga el comprador por los bienes y servicios, incluidos los impuestos menos las subvenciones sobre los productos y los costes de transporte pagados por separado por el comprador.

Prestaciones sociales (D.62) (Base 2005)

Son transferencias a los hogares destinadas a cubrir una serie de riesgos o necesidades de carácter social. Estas transferencias pueden estar organizados colectivamente por unidades de las administraciones públicas. En particular, las prestaciones sociales incluyen:

  • Prestaciones de seguridad social en efectivo (D.621). Son las prestaciones a pagar a los hogares por las administraciones de seguridad social (excluidos los reembolsos) y que se proporcionan en el marco de sistemas de seguridad social.
  • Prestaciones sociales de sistemas privados con constituciones de reservas (D.622). Son prestaciones (en efectivo o en especie) a pagar a los hogares por las empresas de seguro u otras unidades institucionales que administran sistemas de seguros sociales privados con constitución de reservas.
  • Prestaciones sociales directas de los empleadores (D.623). Son prestaciones (en efectivo o en especie) a pagar a sus asalariados, a las personas a cargo de estos o a sus supervivientes, por los empleadores que gestionan sistemas de seguros sociales sin constitución de reservas.
  • Prestaciones de asistencia social en efectivo (D.624). Son prestaciones pagadas a los hogares por unidades de las administraciones públicas o de las ISFLSF, con el fin de atender a las mismas necesidades que las prestaciones de los seguros sociales, pero que no se enmarcan en un sistema de seguros sociales con cotizaciones sociales y prestaciones de seguros sociales.

Prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie (D.62) (Base 2010 y Rev. 2

Comprende las siguientes partidas:

  • D.621 Prestaciones de la seguridad social en efectivo: prestaciones de seguros sociales a pagar en efectivo a los hogares por los fondos de la seguridad social. Se registran como empleos de las Administraciones Públicas y recurso de los hogares.
  • D.622 Prestaciones de otros sistemas de seguros sociales: prestaciones a pagar por los empleadores en el contexto de otros sistemas de seguros sociales vinculados al empleo (distintos de la seguridad social). Incluye, entre otros, las pensiones de otros sistemas de seguros sociales (como las de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado-MUFACE-), los salarios que se continúan pagando por los empleadores en los períodos de baja, accidente, enfermedad, etc. Son un recurso de los hogares y un empleo del sector del empleador./li>
  • D.623 Prestaciones de asistencia social en efectivo: transferencias corrientes pagadas por las administraciones públicas o las Instituciones sin fin de lucro al servicio de los hogares (ISFLSH) a los hogares, para cubrir las mismas necesidades que las prestaciones de seguros sociales pero que no se enmarcan en un sistema de seguros sociales que requiera la participación con cotizaciones sociales. Estas prestaciones proporcionan: cuando no existe otro sistema de seguros sociales que cubra esa circunstancia o cuando aunque existan otros sistemas de seguros sociales, el hogar en cuestión no tiene derecho a la prestación, cuando las prestaciones de seguros sociales no son suficientes para cubrir la necesidades y, en general, en el marco de la política social. Son un recurso de los hogares y un empleo de los sectores Administración Pública e ISFLSH.

Producción

En Confianza empresarial se define como el conjunto de todos los bienes y servicios creados por una unidad económica durante un período de tiempo utilizando para esto mano de obra, capital y materias primas.

En las Cuentas económicas anuales, Cuentas económicas trimestrales, en el Marco input-output y en el Seguimiento y análisis de la construcción se define como una actividad realizada bajo el control y la responsabilidad de una unidad institucional que utiliza mano de obra, capital y bienes y servicios para producir otros bienes y servicios (SEC-2010, 3.07 y siguientes). La producción incluye, independientemente de que sean actividades ilegales u ocultas, los siguientes casos:

  • La producción de todos los bienes y servicios individuales o colectivos suministrados a unidades distintas de sus productores
  • La producción por cuenta propia de aquellos bienes que son consumidos por los propios productores de los bienes o que incrementan sus activos (por ejemplo, la construcción de viviendas por cuenta propia)
  • La producción por cuenta propia de servicios de alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios
  • Los servicios domésticos y personales producidos por el personal doméstico remunerado
  • Las actividades de voluntariado (no remuneradas) que producen bienes.
En la Cuenta Satélite de Producción Doméstica (CSPD) se amplía la frontera de producción definida por el SEC para los hogares y utilizada en las Cuentas Económicas Anuales y Trimestrales, así como en el Marco Input-Output de Galicia. De esta manera, las actividades productivas de los hogares abarcarán los tipos ya incluídos dentro del concepto SEC, esto es:
  • la producción de mercado realizada por las empresas no constituídas en sociedades
  • la producción voluntaria de bienes realizada por los hogares y la producción de bienes para uso final propio (producción agrícola para autoconsumo, la construcción de la vivienda propia, los servicios de alquiler de viviendas ocupadas por sus propietarios, etc.)
más un tercer tipo de actividades, no consideradas de tipo productivo según la definición del SEC, que incluye los servicios domésticos y personales que se producen y consumen en el seno del hogar (la producción doméstica). Estes servicios abarcan:
  • la limpieza, decoración y mantenimiento de la vivienda
  • la preparación y el servicio de comidas
  • el cuidado, la formación y la educación de los niños
  • el cuidado de enfermos, impedidos o ancianos
  • el transporte de miembros del hogar o de sus bienes

Producción doméstica

El concepto de producción doméstica se utiliza para referirse a los servicios producidos dentro de los hogares por sus miembros, combinando su trabajo no remunerado con compras de bienes duraderos y no duraderos. Las actividades de producción doméstica, destinadas al autoconsumo de los propios u otros hogares, se agrupan en cinco categorías según su funcionalidad:

  • función alojamiento: incluye aquellas actividades que realizan los miembros del hogar para el cuidado de la vivienda; limpieza de la vivienda, por ejemplo
  • función nutrición: incluye la preparación de comidas, y todas las actividades relativas a proporcionar alimentos al hogar
  • función ropa: actividades que realizan los hogares tales como la adquisición y cuidado de la ropa, etc.
  • función cuidados: la producción de servicios de cuidado de los niños, de personas dependientes dentro del hogar, etc.
  • trabajo voluntario: incluye las actividades voluntarias de prestación de servicios a otros hogares, o las instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares

Producción/Horas efectivas

Es una medida de los resultados de un proceso de producción, expresada por unidad de insumo. Se calcula como ratio entre lo producción en términos corrientes y las horas trabajadas. Se expresa en euros.

Producción/Puestos de trabajo

Es una medida de los resultados de un proceso de producción, expresada por unidad de insumo. Se calcula como ratio entre la producción en términos corrientes y los puestos de trabajo. Se expresa en euros.

Productividad

Es una medida de los resultados de un proceso de producción, expresada por unidad de insumo. La productividad del trabajo se mide como el valor añadido bruto (o PIB para el global de la economía) por hora trabajada (o por puesto de trabajo). Es una medida del peso relativo del factor trabajo en la actividad.

Productividad aparente nominal: se calcula como ratio entre el valor añadido bruto (o producto interior bruto en el caso del total de la economía) en términos corrientes y los puestos de trabajo o las horas trabajadas.

Productividad aparente real: se calcula como ratio entre el producto interior bruto en términos de índice de volumen y los puestos de trabajo o las horas trabajadas.

Producto inteior bruto (PIB)

Es el resultado de la actividad productiva de las unidades de producción residentes. En las cuentas económicas se estima por tres vías: oferta, demanda y rentas.

  • Suma del valor añadido bruto (VAB) de las ramas de actividad, más los impuestos netos de subvenciones sobre los productos (oferta).
  • Suma de la demanda final de bienes y servicios de las unidades institucionales residentes más el saldo exterior de bienes y servicios (demanda)
  • Suma de remuneración de asalariados, impuestos sobre la producción y las importaciones netos de subvenciones, renta mixta y excedente de explotación bruto (rentas).

Puesto de trabajo

Se define como un contrato explícito o implícito entre una persona y una unidad institucional residente, para realizar un trabajo a cambio de una remuneración (incluye la renta mixta de los trabajadores autónomos) durante un período definido o indefinido de tiempo.
El concepto de puesto de trabajo difiere del concepto de empleo, en los siguientes aspectos:

  1. Incluye el segundo, tercer... puesto de trabajo que ocupa la misma persona.
  2. Excluye a las personas que no trabajan temporalmente, pero que tienen "un vínculo formal con su puesto de trabajo", por ejemplo, "una garantía de reincorporación al trabajo o un acuerdo sobre la fecha de reincorporación". Este tipo de acuerdo entre un empleador y una persona en suspensión temporal de empleo o en permiso de formación no se considera un puesto de trabajo en el SEC.

Puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo

Se define como el total de horas trabajadas dividido por la media anual de las horas trabajadas en puestos de trabajo a tiempo completo en el territorio económico.

Puestos de trabajo equivalentes/Puestos de trabajo

Esta ratio muestra la relación entre los puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo y los puestos de trabajo. Esta relación es indicativa de la distintas jornadas medias de los trabajadores a tiempo completo y a tiempo parcial. Se expresa en porcentaje.

Ratio de asalarización

Porcentaje de empleo asalariado sobre empleo total. Puede calcularse utilizando los puestos de trabajo o los puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo.

Remuneración de asalariados/VAB (PIB para el total de la economía)

Este cociente mide la cuota de valor añadido (VAB) utilizada para remunerar el factor trabajo asalariado. El valor añadido, por la vía de las rentas, es el resultado de la suma de remuneración de los asalariados, excedente de explotación bruto e impuestos netos sobre la producción y las importaciones. En la medida en que la ratio remuneración de asalariados sobre VAB sea alta significa que la parte de valor generado destinado a pagar salarios será elevada y, por lo tanto, la parte que remunera el factor capital (excedente de explotación bruto) y los impuestos será menor. Hay que tener en cuenta que el excedente de explotación incluye la remuneración del trabajo no asalariado, bajo la denominación de rentas mixtas. Se expresa en porcentaje.

Remuneración de los asalariados (D.1)

Comprende toda la remuneración en efectivo y en especie a pagar por los empleadores a sus asalariados como contrapartida del trabajo realizado por estes durante el período contable. La remuneración de asalariados se desagrega en:

  • Sueldos y salarios, ya sean en efectivo o en especie (D.11)
  • Cotizaciones sociales a cargo de los empleadores (D.12)
  • En la cuenta de explotación figura la Remuneración de asalariados "interior" como un empleo de los sectores residentes, mientras que en la cuenta de asignación de la renta primaria, aparece la Remuneración de asalariados "rexional" como un recurso de los hogares residentes.

    Remuneración por asalariado

    Proporciona la remuneración media de los asalariados. Se calcula por puesto de trabajo, por puesto de trabajo equivalente a tiempo completo y por hora trabajada.

    Renta disponible bruta (B.6)

    Es el saldo de la cuenta de distribución secundaria de la renta. Se obtiene a partir del saldo de rentas primarias sumando las prestaciones sociales y las transferencias corrientes que son un recurso para los hogares; y restando los impuestos sobre la renta, las cotizaciones sociales y las transferencias corrientes que son un empleo para los hogares.

    Rentas de la propiedad (D.4) (Base 2005)

    Las rentas de la propiedad (D.4) son las rentas que recibe el propietario de un activo financiero o de un activo material no producido a cambio de proporcionar fondos o de poner el activo material no producido a disposición de otra unidad institucional (SEC 4.42). Incluyen intereses, rentas distribuidas de las sociedades, rentas de la propiedad atribuidas a los asegurados y las rentas de la tierra.

    Las rentas de la propiedad aparecen como empleos y como recursos en la cuenta de asignación primaria de la renta del sector hogares.

    Rentas de la propiedad (D.4) (Base 2010 y Revisión estadística 2019)

    Se generan cuando los propietarios de activos financieros y de recursos naturales los ponen a disposición de otras unidades institucionales. En el caso del sector hogares pueden ser:

    • D.41 Intereses
    • D.42 Rentas distribuídas de las sociedades, compuestas por D.421 Dividendos y D.422 Rentas retiradas de las cuasisociedades
    • D.44 Otras rentas de inversión
    • D.45 Rentas de la tierra

    D.41 Intereses: son las rentas de la propiedad que reciben los propietarios de activos financieros por poner dichos activos financieros a disposición de otra unidad institucional, tales como intereses de depósitos, préstamos, bonos y obligaciones, letras e instrumentos similares, intereses de arrendamientos financieros, etc. Esta partida puede ser tanto un recurso como un empleo de los hogares.
    D.421 Dividendos: toda distribución de beneficios por las sociedades a sus accionistas o propietarios. Se registran como empleos en la cuenta de asignación de la renta primaria de los sectores en los que están clasificadas las sociedades y como recursos de los sectores en los que están clasificados los accionistas. Por su banda, las Rentas retiradas de las cuasisociedades (D.422) son los importes que los empresarios retiran efectivamente, para su propio uso, de los beneficios realizados por las cuasisociedades que les pertenecen. Se registran en los empleos de la cuenta de asignación de la renta primaria de los sectores en los que están clasificadas las sociedades y como recursos de los hogares.
    Las otras rentas de la inversión (D.44) incluyen las rentas de inversión atribuíbles a los tomadores de seguro (D.441), las rentas de inversión a pagar sobre los derechos por pensión (D.442) y las rentas de inversión atribuíbles a partícipes en fondos de inversión (D.443). Son un empleo del sector Instituciones financieras y un recurso principalmente del sector Hogares y también, residualmente, de los sectores Sociedades no financieras e Instituciones financieras.
    La partida D.45 Rentas de la tierra comprende los ingresos que recibe el propietario de un recurso natural por ponerlo a disposión de otra unidad institucional. Existen dos tipos diferentes de rentas procedentes de recursos: las rentas de la tierra (terrenos) y las rentas de activos del subsuelo (yacimientos de minerales y combustibles fósiles). Pueden ser tanto un recurso como un empleo de los hogares en la cuenta de asignación primaria de la renta.

    Saldo de rentas primarias (B.5)

    Este saldo es la suma del excedente de explotación bruto, la renta mixta, la remuneración de los asalariados y el saldo de las rentas de la propiedad (que pueden constituir un recurso o un empleo para el sector hogares), esto es, el saldo de la cuenta de asignación primaria . Las rentas primarias son las rentas que perciben las unidades residentes por su participación en el proceso de producción (excedente de explotación bruto, renta mixta y remuneración de asalariados) y la renta a cobrar (o pagar) por el propietario de un activo financiero o de un activo material no producido por ponerlo a disposición de otra unidad institucional (rentas de la propiedad). La renta primaria es un indicador de la capacidad de los hogares residentes de una región de generar renta como empresarios, asalariados u perceptores de rentas de la propiedad. Indica la capacidad para generar renta antes da intervención del Estado en el proceso de distribución de renta.

    Sector Administraciones Públicas

    El sector de las Administraciones Públicas (SEC-95, 2.68) incluye todas las unidades institucionales que son otros productores no de mercado, cuya producción se destina al consumo individual o colectivo, que se financian principalmente mediante pagos obligatorios efectuados por unidades pertenecientes a otros sectores y/o que efectúan operaciones de redistribución de la renta y de la riqueza nacional.

    Sector hogares

    El sector hogares (SEC 2.75) comprende los individuos o grupos de individuos, tanto en su condición de consumidores como, eventualmente, en la de empresarios que producen bienes o servicios financieros o no financieros de mercado (productores de mercado). Además, comprende los individuos o grupos de individuos que producen bienes y servicios no financieros exclusivamente para uso final propio.

    En su condición de consumidores, los hogares pueden definirse como pequeños grupos de personas que comparten un mismo alojamiento y ponen en común una parte o la totalidad de sus rentas y patrimonio, y que consumen colectivamente determinados bienes y servicios, principalmente el alojamiento y la alimentación. Esta definición puede completarse con el criterio de la existencia de vínculos familiares o afectivos.

    Los recursos principales de estas unidades proceden de la remuneración de los asalariados, rentas de la propiedad, transferencias efectuadas por otros sectores, ingresos procedentes de la disposición de bienes y servicios de mercado, o ingresos imputados por la producción de bienes y servicios para consumo final propio.

    Sector ISFLSH (Instituciones Sin Fines de Lucro al Servicio de los Hogares)

    El sector de la Instituciones Sin Fines de Lucro al Servicio de los Hogares (ISFLSH) (SEC-95, 2.87) está formado por las instituciones sin fines de lucro dotadas de personalidad jurídica que sirven a los hogares y que son otros productores no de mercado privados. Sus recursos principales proceden de contribuciones voluntarias en efectivo o en especie efectuadas por los hogares en su calidad de consumidores, de pagos de las administraciones públicas y de rentas de la propiedad.

    Servicios de intermediación financiera medidos indirectamente (SIFMI)

    Son los servicios prestados por los intermediarios financieros que no cobran de manera explícita a sus clientes, sino que el cobro del servicio está incluido en los intereses que obtienen y que pagan, de manera que los tipos de interés que pagan a sus acreedores son más bajos de los que cobran los prestatarios (SEC-2010, capítulo 14).

    Subvenciones

    Son pagos corrientes sin contrapartida que las administraciones públicas o las instituciones de la Unión Europea efectúan a los productores residentes con la finalidad de influir en sus niveles de producción, en sus precios, o en la remuneración de los factores de producción. Se dividen en subvenciones a los productos (subvenciones que hay que pagar por unidad de un bien o servicio producido o importado) y otras subvenciones a la producción (comprenden las subvenciones, distintas de las anteriores, que pueden recibir las unidades de producción residentes como consecuencia de su participación en la producción).

    Subvenciones a los productos

    Subvenciones que hay que pagar por unidad de un bien o servicio producido o importado.

    Sueldos y salarios por hora efectiva asalariada

    Proporciona los sueldos y salarios medios por cada hora efectiva trabajada por los asalariados. Se expresa en euros.

    Tendencia (Series de tiempo)

    Está asociada con las bajas frecuencias, esto es, movimientos de larga duración con un período superior a los 32 trimestres (ocho años). Este componente se asocia con los determinantes de crecimiento económico: progreso técnico acumulado; evolución del stock de capital físico; nivel, composición y cualificación (capital humano) de la fuerza de trabajo.

    Trabajador autónomo

    Se definen como los propietarios o copropietarios de las empresas no constituidas en sociedades en la que trabajan.

    VAB (Cuenta Satélite Producción Doméstica)

    Para cada unidad dedicada a una actividad productiva, se calcula como la diferencia entre la producción y los consumos intermedios. Esta es la definición empleada en las Cuentas Económicas Anuales y Trimestrales, así como en el Marco Input-Output de Galicia. En el seno de estas operaciones, los precios de mercado son la referencia básica para la valoración de la producción (sin considerar los impuestos menos las subvenciones sobre los productos, dado que el VAB se valora a precios básicos). Ahora bien, en la Cuenta Satélite de Producción Doméstica el concepto de producción se amplía para considerar aquella que queda al margen de las transacciones de mercado, por lo que no puede ser empleado dicho método en su valoración. En este caso, el VAB se aproxima a partir de la estimación de los costes de producción:
    Valor Añadido Bruto (VAB)=Valor del trabajo (horas*salario/hora)-Otros impuestos netos sobre la producción+Consumo de capital fijo
    Más información en la metodología de la operación.

    Valor añadido bruto (VAB)

    Para cada unidad dedicada a una actividad productiva es la diferencia entre la producción y los consumos intermediosconsumos intermedios. La suma de los valores añadidos brutos, más los impuestos netos de subvenciones sobre los productos, dan como resultado el Producto Interior Bruto por el lado de la oferta.

    Valoración CIF

    Son las siglas en inglés de Cost, Insurance and Freight (coste, seguro y flete). Se trata de un mecanismo de valoración de las mercaderías que exceden las fronteras de un país. El valor CIF corresponde al precio de un bien entregado en la frontera del país importador o el precio de un servicio prestado a un residente, antes del pago de los derechos de importación u otros impuestos sobre las importaciones, o de las márgenes comerciales y de transporte dentro del país importador. Como indica su nombre, este precio comprende:

    • el valor FOB de la mercadería importada
    • los costes del transporte y seguro desde la frontera exportadora hasta la frontera importadora

    Valoración FOB

    Son las siglas en inglés de Free On Board (franco a borde). Se trata de un mecanismo de valoración de las mercaderías que exceden las fronteras de un país. El valor FOB comprende los siguientes conceptos:

    • el valor de los bienes a precios básicos
    • el coste de los servicios de transporte y distribución hasta el punto de la frontera desde la cual se envía la mercadería, incluido en su caso el coste de la carga en otro medio para proseguir el transporte, pero no así el transporte hasta la frontera importadora
    • los impuestos menos las subvenciones sobre los bienes exportados pagados en el país desde el cual se envía la mercadería; en los intercambios intracomunitarios se incluye el IVA y los demás impuestos sobre los bienes pagados en el país exportador

     

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