Definiciones. Construcción y vivienda


Alojamiento

Es la vivienda familiar que presenta la particularidad de ser móvil, semipermanente o improvisada, o bien que no ha sido concebida en un principio con fines residenciales pero, sin embargo, constituye la residencia de una o más personas. Los alojamientos no están situados en edificios por lo que no forman parte de los inmuebles.

Áreas (Encuesta estructural a hogares)

Las áreas definidas a partir de la edición 2008 de la Encuesta estructural a hogares son:

  • Provincia de A Coruña
    • Ferrol-Eume-Ortegal: comprende las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal.
    • Área de A Coruña: comprende las comarcas de A Coruña y Betanzos.
    • Área de la Costa da morte: comprende las comarcas de Bergantiños, Fisterra, Muros, Terra de Soneira y Xallas.
    • Coruña suroriental: comprende las comarcas de Arzúa, Ordes y Terra de Melide.
    • Área de Santiago: comprende las comarcas da Barcala, O Sar y Santiago.
    • A Barbanza-Noia: comprende las comarcas de Barbanza y Noia.
  • Provincia de Lugo
    • Lugo oriental: comprende las comarcas de Fonsagrada, Os Ancares y Sarria.
    • Lugo sur: comprende las comarcas de Chantada, Quiroga y Terra de Lemos.
    • Lugo central: comprende las comarcas da Ulloa, Lugo, Meira y A Terra Chá.
    • A Mariña: comprende las comarcas de A Mariña Central, A Mariña Oriental y A Mariña Occidental.
  • Provincia de Ourense
    • O Carballiño-O Ribeiro: comprende las comarcas de O Carballiño y O Ribeiro.
    • Ourense central: comprende las comarcas de Allariz y Maceda, Terra de Caldelas, Terra de Trives y Valdeorras.
    • Ourense sur: comprende las comarcas da Limia, Baixa Limia, Terra de Celanova, Verín y Viana.
    • Área de Ourense: comprende la comarca de Ourense.
  • Provincia de Pontevedra
    • Pontevedra nororiental: comprende las comarcas de Deza y Tabeirós-Terra de Montes.
    • Pontevedra sur: comprende las comarcas da Paradanta, O Baixo Miño e O Condado.
    • Área de Pontevedra: comprende la comarca de Pontevedra.
    • Caldas-O Salnés: comprende las comarcas de Caldas y O Salnés.
    • Área de Vigo: comprende la comarca de Vigo.
    • O Morrazo: comprende la comarca de O Morrazo.

Censo de viviendas

Conjunto de operaciones que consisten en recopilar, resumir, valorar, analizar y publicar los datos relativos a todos los lugares destinados a habitación humana que fueron concebidos como tales (viviendas familiares) y a enumerar aquellos que no habiendo sido concebidos para este fin tienen, sin embargo, ese uso (alojamientos).

consumos intermedios

Representan el valor de los bienes y servicios consumidos como insumos en un proceso de producción (SEC-2010, 3.88 y siguientes). No se incluyen los activos fijos, cuyo consumo debe registrarse como consumo de capital fijo.

Coste total de la hipoteca/Salario anual

El cociente entre el coste total de un préstamo hipotecario medio por el 80% del precio medio de una vivienda estándar y el salario anual medio de un trabajador representa el esfuerzo laboral que tiene que realizar una persona para pagar su deuda hipotecaria (capital más intereses), es decir, el número de años de salario íntegro que una persona tiene que dedicar para satisfacer sus obligaciones con la entidad financiera.
Si en lugar de considerar el plazo hipotecario medio se considera un plazo hipotecario fijo de 20 años se obtiene este indicador a 20 años.

Cuota hipotecaria mensual

Calculada en base a la hipoteca media y el tipo de interés medio, asumiendo como plazo el periodo de contratación del crédito hipotecario obtenido de la duración de los nuevos créditos hipotecarios contratados sobre la vivienda.

Demandas de empleo registradas

Son las solicitudes de puestos de trabajo registradas en las oficinas públicas de empleo realizadas por los trabajadores en edad laboral que desean trabajar por cuenta ajena. Incluyen las de trabajadores que no tienen empreo, tanto de aquellos que no trabajaron anteriormente y buscan empleo por primera vez como las de los que tuvieron un empleo anterior, y las de trabajadores ocupados que buscan empleo para sustituir o complementar el que tienen. 

Edificio

Construcción permanente, fija sobre el terreno, separada e independiente, concebida para ser utilizada con fines residenciales y/o para el desarrollo de una actividad

Edificio no residencial

Es el no destinado exclusiva o principalmente a vivienda o alojamiento permanente o eventual de personas

Edificio residencial

Es el destinado, por lo menos en un 50% de su superficie útil (excluidos bajos y sótanos), a ser habitado por personas, bien de forma permanente, bien con carácter eventual, y con independencia de que en él se realice otra función secundaria. Puede estar destinado a vivienda o a residencia colectiva

Esfuerzo financiero

El esfuerzo financiero se define como el cociente entre la cuota anual de un préstamo hipotecario medio por el 80% del precio medio de una vivienda estándar y el salario anual medio de un trabajador, expresado en tanto por ciento. Este indicador mide el esfuerzo que tiene que realizar anualmente un asalariado para hacer frente a sus obligaciones con la entidad financiera, ya que indica el porcentaje del salario anual que tiene que dedicar al pago de la cuota anual del préstamo hipotecario.
Si en lugar de considerar el plazo hipotecario medio se considera un plazo hipotecario fijo de 20 años se obtiene este indicador a 20 años.

Exposición al riesgo

La exposición al riesgo se define como el cociente entre el precio medio de una vivienda estándar y el precio máximo que se puede permitir pagar el asalariado medio por una vivienda estándar sin incurrir en un riesgo financiero excesivo, expresado en tanto por ciento. El valor de referencia de este indicador es 100, que se tiene cuando la deuda hipotecaria del asalariado medio coincide con la máxima que podría asumir sin incurrir en un riesgo financiero excesivo. Si el indicador es superior a 100 refleja que el asalariado medio está sobreexpuesto al riesgo.
Si en lugar de considerar el plazo hipotecario medio se considera un plazo hipotecario fijo de 20 años se obtiene este indicador a 20 años.

Familia

Es el grupo de personas que, residiendo en la misma vivienda familiar (por tanto formando parte de un hogar), comparten algunos gastos comunes y están vinculadas por lazos de parentesco, ya sean de sangre o políticos, e independientemente de su grado. Las diferencias entre hogar y familia son que el hogar puede ser unipersoal y que los miembros de un hogar multipersonal no tienen necesariamente que estar emparentados.
En los Censos de Población de 2001 se excluye la condición de compartir algunos gastos en común.

Habitación

En el Censo de viviendas de 2001 se consideran, además de los dormitorios, todas las piezas que tengan cuatro metros cuadrados o más, incluyendo la cocina pero sin incluir los cuartos de baño, los vestíbulos, los pasillos ni las terrazas abiertas.

En el módulo Viviendas familiares: características y medio de la Encuesta de condiciones de vida de las familias se define como el espacio situado en una vivienda familiar que cumple:

  • Está cerrado por paredes y dispone de una superficie mínima de cuatro metros cuadrados y dos metros de altura sobre la mayor parte de su superficie.
  • Se utiliza o puede utilizarse para fines residenciales.
La definición anterior incluye los dormitorios, salas de estar, comedores, salones, despachos, salas de juego, cuartos desinados al servicio doméstico, salones-cocina, así como las cocinas cuando tengan cuatro metros cuadrados o más. No se incluyen los trasteros, cuartos de baño y aseo, sótanos y desvanes, terrazas, pasillos, vestíbulos, vestidores, despensas y lavaderos, ni las cocinas cuando tengan menos de cuatro metros cuadrados. También se excluyen las habitaciones del hogar destinadas exclusivamente a fines profesionales.
Se realizó un cambio en la definición de habitación en el módulo de viviendas familiares de la edición de 2010 con respecto a los años 1999 y 2005. En estas dos ediciones se consideran habitaciones los espacios de la vivienda dedicados a dormitorios, comedores, salones, cuartos de estar, salas de juegos, estudios y despachos (no destinados exclusivamente a fines profesionales).

Hipoteca

Es un contrato mediante el cual se consigue un crédito con la garantía de un bien, cuyo valor responde del riesgo del impago. Las inscripciones de hipotecas expresan el importe de la obligación asegurada y de los intereses, si se hubiesen estipulado.

Hogar

Es el conjunto de personas que, residiendo en la misma vivienda, comparten gastos comunes ocasionados por el uso de la vivienda y/o gastos de alimentación.
En los Censos de 2001 se excluye la condición de que compartan gastos comunes.

Hogar principal

Se considera hogar principal aquel en el que uno de sus miembros tiene la titularidad de la vivienda que ocupa, ya sea en propiedad o alquiler. En el caso de que la vivienda esté cedida, el hogar principal será aquel en el que esté la persona a favor de la que se hizo la cesión.

Hogar privado

Persona o conjunto de personas que ocupan en común una vivienda principal o parte de ella, y consumen y/o comparten alimentos u otros bienes con cargo a un mismo presupuesto.

Índice de precios de la vivienda (IPV)

El índice de precios de la vivienda (IPV) tiene como objetivo medir la evolución del precio de compraventa de las viviendas libres, tanto nuevas como de segunda mano, a lo largo del tiempo. El IPV cubre todas las transacciones de viviendas adquiridas por hogares particulares, residentes o no residentes, dentro del territorio económico. Quedan fuera del ámbito de este indicador las viviendas adquiridas por personas jurídicas o entidades financieras. Los precios considerados para el cálculo del IPV son precios de escrituración de la vivienda, sin impuestos.

Infraocupación

Se considera que existe infraocupación cuando hay cuatro o más habitaciones en la vivienda por persona.

Ingreso medio mensual del hogar

Es la media mensual de los ingresos netos monetarios de todos los miembros del hogar en el año natural anterior a la realización de la encuesta, sean estudiantes regulares o no.

Inmueble

Por regla general, un inmueble es toda parcela o porción de suelo de naturaleza urbana, enclavada en un término municipal y cerrada por una línea poligonal que delimita el ámbito del derecho de propiedad de un propietario o de varios pro indiviso, y en su caso las construcciones emplazadas en dicho ámbito.

En el Censo de población y viviendas un inmueble es cada uno de los huecos que configuran los edificios, ya sean viviendas o locales.

Licitación oficial

Recoge los contratos de obra que licitan las distintas administraciones públicas: Estado, Seguridad Social y los entes territoriales (comunidades autónomas, diputaciones, cabildos, consejos insulares y ayuntamientos). Non se recogen las licitaciones sobre estudios o redacción de proyectos de obra, ya que se trata de un contracto de servicios. Tampoco se recogerán los contratos de mantenimiento, conservación, limpieza y reparación de bienes, equipos e instalaciones, ya que son contratos de servicios.

Local

Parte de un edificio estructuralmente separada en la que se lleva o se puede llevar a cabo una actividad económica independiente de la del resto del edificio

Miembro del hogar

En la Encuesta estructural a hogares para establecer si una persoan es miembro o no de un hogar setiene en cuenta se pernocta habitualmente cuatro o más noches a la semana en la vivienda (persona presente) o si no lo hace (persona ausente).
Las personas presentes son miembros del hogar si llevan tres o más meses presentes, tanto si ocupan otra vivienda permanentemente como si no, y si llevan menos de tres meses presentes y non ocupan otra vivienda permanentemente.
Las personas ausentes son miembros del hogar si llevan menos de tres meses ausentes y no ocupan otra vivienda permanentemente.
Existen las siguientes excepciones:

  • Personal doméstico interno, que es miembro del hogar salvo que tenga otro hogar que considere como o su hogar principal.
  • Personas desplazadas temporalmente a otro lugar, que son miembros del hogar en el que está su núcleo familiar. Entre ellos están:
    • Varones que cumplen el servicio militar (hasta el año 2001)
    • Enfermos en sanatorios.
    • Personas en viajes de negocio u ocio.
    • Pescadores en el mar.
    • Personal navegante de compañías aéreas o marítimas, nacionales o extranjeras.
    • Personal desplazado por cuidado de familiares.
  • Estudiantes y trabajadores desplazados temporalmente, que se consideran miembros del hogar si piensan volver a reunirse con el núcleo familiar cuando finalice a causa por la que se desplazaron. En el caso de desconocer esta circunstancia, son miembros del hogar si llevan ausentes menos de un año.

Naturaleza de la finca

Los derechos de transmisión se clasifican según sea la naturaleza del bien transmitido, distinguiendo entre rústica y urbana.

  • Naturaleza rústica: una finca se denomina rústica cuando pertenece al campo o zona rural. Se distinguen cinco tipos de bienes rústicos diferenciados y un sexto para todos aquellos no incluidos en los cinco anteriores, o se desconozca dónde incluirlos:
    • Secano: finca rústica no regada, cuya especificación de secano figura en la escritura.
    • Regadío: finca rústica que utiliza cualquier medio de riego, cuya especificación figura en la escritura.
    • Vivienda rústica: construcción utilizada para vivienda fuera del casco urbano y no dentro de una parcela urbanizable.
    • Edificio agrario rústico: construcción utilizada para servicios agrarios. Incluirá las edificaciones agrícolas o ganaderas, fábricas agrícolas ganaderas o forestales, edificios auxiliares que formen finca independiente: graneros, cortes, depósitos, etc...
    • Explotación agrícola: fincas registrales constituidas por un conjunto de tierras y edificaciones destinadas al uso agrícola, forestal
  • Naturaleza urbana: se consideran fincas de naturaleza urbana cuando están emplazadas dentro de la ciudad o dentro de un terreno que se acondiciona para crear y desarrollar un núcleo urbano. Se desagregan en la siguiente clasificación:
    • Vivienda: es un recinto que está pensado para habitarlo y destinado al uso por una o varias personas. Se puede distinguir entre piso con anexos, piso sin anexos, vivenda adosada o pareada y vivienda aislada.
    • Solar: terreno no edificado
    • Otras urbanas: local comercial, garage, oficina, trastero, nave industrial, …

Obra de demolición

La obra de demolición puede ser total o parcial:

  • Demolición total: consiste en el derribo total de un edificio y puede ser anterior a la construcción de otro o puede dar lugar a la simple desaparición del edificio, sin que se solicite licencia de nueva construcción en este segundo caso.
  • Demolición parcial: sólo se da en obras de rehabilitación, y en este caso la licencia es conjunta para la demolición y la rehabilitación.

Obra de nueva planta

Obra mayor que da lugar a un nuevo edificio, con independencia de si existió demolición total previa de otro edificio o no. No se incluyen las obras menores que no precisan licencia de obra ni aquellas otras que se realizan sin solicitar la autorización municipal

Obra de rehabilitación

Es la obra mayor que no da lugar a la construcción de un nuevo edificio, al realizarse sobre lo ya construído. Puede ser de dos tipos: de aplicación o de reforma o restauración

Obra mayor

Construcción, instalación u obra que deberá acompañarse de un proyecto completo de construcción, firmado por un técnico competente y visado en el colegio profesional que corresponda

Paro registrado

Este concepto, establecido en la Orden ministerial del 11 de marzo de 1985, está constituído por el total de demandas en alta existentes a final de mes, excluyendo entre otras las que corresponden a las siguientes situaciones:

  • Pluriemprego: demandantes que solicitan otro empleo compatible con el que ejercen.
  • Mejor empleo: demandantes que, estando ocupados, solicitan un empleo para cambiarlo por el que tienen.
  • Colaboración social: demandantes perceptores de prestaciones por desempleo que participan en trabajos de colaboración social.
  • Jubilados: demandantes que son pensionistas de jubilación, pensionistas por gran invalidez o invalidez absoluta y demandantes de edad igual o superior a 65 años.
  • Empleo coyuntural: demandantes que solicitan un empleo para un período inferior a 3 meses.
  • Jornada < 20 horas: demandantes que solicitan un trabajo con jornada inferior a 20 horas semanales.
  • Estudiantes: demandantes que están cursando estudios de enseñanza oficial reglada siempre que sean menores de 25 años o que superando esta edad sean demandantes de primer empleo o bien, demandantes asistentes a cursos de formación profesional y ocupacional, cuando sus horas lectivas superen las 20 a la semana, tengan una beca por lo menos de manutención y sean demandantes del primer empleo.
  • Demandas suspendidas: demandantes con demanda suspendida en cuanto permanezan en esta situación.
  • Compatibilidad prestaciones: demandantes beneficiarios de prestaciones por desempleo en situación de compatibilidad de empleo para realizar un trabajo a tiempo parcial.
  • Trabajadores eventuales agrícolas subsidiados.
  • Rechazo de acciones de inserción laboral: demandantes que rechacen accións de inserción laboral ajustadas as sus características según se establece en el artículo 17, apartado 2 del Real decreto legislativo 5/2000, del 4 de agosto.

La puesta en marcha del nuevo Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo (SISPE) en mayo de 2005 produce una ruptura de la serie de paro registrado que se venía publicando hasta el momento. La implantación de este nuevo sistema afecta a la estimación del paro registrado, no porque cambie la definición sino por la actualización y gestión automatizada de la información y porque se corrigieron los errores que se venían cometiendo con ciertos colectivos.

Pensiones contributivas de la Seguridad Social

Son prestaciones económicas y de duración indefinida, aunque no siempre, cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social (acreditar un período mínimo de cotización en determinados casos, ...), siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos.Su cuantía se determina en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena, durante el período considerado a efectos de la base reguladora de la pensión de que se trate.
Las clases de pensiones son:

  • incapacidad permanente.
  • jubilación.
  • muerte y supervivenvia.

Personas afiliadas a la Seguridad Social

La afiliación al Sistema de la Seguridad Social es obligatoria para todas las personas incluidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social y única para toda la vida del trabajador o de la trabajadora y para todo el sistema, sin perjuicio de las bajas, altas y demás variaciones que con posterioridad a la afiliación se puedan producir. Es decir, el trabajador o trabajadora se afilia cuando comienza su vida laboral y se da de alta en alguno de los regímenes del Sistema de la Seguridad Social. Esta situación se denomina alta inicial. Si cesa en su actividad será dado o dada de baja pero seguirá afiliado o afiliada en situación de baja laboral. Si retoma la actividad se producirá una alta denominada alta sucesiva a efectos estadísticos, pero no tendrá que afiliarse de nuevo, dado que, como ya se indicó, la afiliación es única para toda la vida del trabajador o de la trabajadora.

Población ocupada

Personas de 16 y más años que durante la semana de referencia tuvieron un trabajo por cuenta ajena o ejercieron una actividad por cuenta propia, en alguna de las siguientes situaciones:

  • trabajando por lo menos una hora por un sueldo, salario o beneficio empresarial o ganancia familiar en metálico o en especie
  • con empleo pero sin trabajar por razones de enfermedad o accidente, vacaciones, fiestas, mal tiempo o razones análogas . También se consideran dentro de esta categoría las personas que, estando suspendidas o separadas de su empleo como consecuencia de una regulación de empleo, esperan reincorporarse a su empresa.

Precio adquirible

El precio adquirible se define como el precio máximo que se puede permitir pagar el asalariado medio por una vivienda estándar para que no tenga que dedicar más de un tercio de su salario anual al pago de la cuota anual correspondiente a un préstamo hipotecario medio por el 80% del precio de la vivienda.
Si en lugar de considerar el plazo hipotecario medio se considera un plazo hipotecario fijo de 20 años se obtiene este indicador a 20 años.

Precio de la vivienda/Salario anual

El cociente entre el precio medio de una vivienda estándar y el salario anual medio de un trabajador representa el número de años de salario íntegro que una persona necesita para poder comprar sin financiación una vivienda estándar.

Producción

En Confianza empresarial se define como el conjunto de todos los bienes y servicios creados por una unidad económica durante un período de tiempo utilizando para esto mano de obra, capital y materias primas.

En las Cuentas económicas anuales, Cuentas económicas trimestrales, en el Marco input-output y en el Seguimiento y análisis de la construcción se define como una actividad realizada bajo el control y la responsabilidad de una unidad institucional que utiliza mano de obra, capital y bienes y servicios para producir otros bienes y servicios (SEC-2010, 3.07 y siguientes). La producción incluye, independientemente de que sean actividades ilegales u ocultas, los siguientes casos:

  • La producción de todos los bienes y servicios individuales o colectivos suministrados a unidades distintas de sus productores
  • La producción por cuenta propia de aquellos bienes que son consumidos por los propios productores de los bienes o que incrementan sus activos (por ejemplo, la construcción de viviendas por cuenta propia)
  • La producción por cuenta propia de servicios de alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios
  • Los servicios domésticos y personales producidos por el personal doméstico remunerado
  • Las actividades de voluntariado (no remuneradas) que producen bienes.
En la Cuenta Satélite de Producción Doméstica (CSPD) se amplía la frontera de producción definida por el SEC para los hogares y utilizada en las Cuentas Económicas Anuales y Trimestrales, así como en el Marco Input-Output de Galicia. De esta manera, las actividades productivas de los hogares abarcarán los tipos ya incluídos dentro del concepto SEC, esto es:
  • la producción de mercado realizada por las empresas no constituídas en sociedades
  • la producción voluntaria de bienes realizada por los hogares y la producción de bienes para uso final propio (producción agrícola para autoconsumo, la construcción de la vivienda propia, los servicios de alquiler de viviendas ocupadas por sus propietarios, etc.)
más un tercer tipo de actividades, no consideradas de tipo productivo según la definición del SEC, que incluye los servicios domésticos y personales que se producen y consumen en el seno del hogar (la producción doméstica). Estes servicios abarcan:
  • la limpieza, decoración y mantenimiento de la vivienda
  • la preparación y el servicio de comidas
  • el cuidado, la formación y la educación de los niños
  • el cuidado de enfermos, impedidos o ancianos
  • el transporte de miembros del hogar o de sus bienes

Producto inteior bruto (PIB)

Es el resultado de la actividad productiva de las unidades de producción residentes. En las cuentas económicas se estima por tres vías: oferta, demanda y rentas.

  • Suma del valor añadido bruto (VAB) de las ramas de actividad, más los impuestos netos de subvenciones sobre los productos (oferta).
  • Suma de la demanda final de bienes y servicios de las unidades institucionales residentes más el saldo exterior de bienes y servicios (demanda)
  • Suma de remuneración de asalariados, impuestos sobre la producción y las importaciones netos de subvenciones, renta mixta y excedente de explotación bruto (rentas).

Puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo

Se define como el total de horas trabajadas dividido por la media anual de las horas trabajadas en puestos de trabajo a tiempo completo en el territorio económico.

Régimen de la vivienda

Se refiere al régimen de protección de la vivienda, es decir, si es de precio libre o tiene algún tipo de protección oficial:

  • Vivienda de precio libre: cuando la vivienda no está sometida a ningún tipo de protección.
  • Vivienda sujeta a algún régimen de protección: aquella que recibe cualquier tipo de subvención a su construcción, independientemente del organismo que la conceda, y donde se tienen en cuenta limitaciones de superficie y precio.

Régimen de tenencia

Hay tres tipos principales: en propiedad, en alquiler y otras formas. En el primer tipo se clasifican por compra (a su vez, totalmente pagada o con pagos pendientes) y por herencia o donación.

Registro de la propiedad

El Registro de la Propiedad es un registro público que tienen por objeto la inscripción de bienes inmuebles, de su titularidad así como de todos los cambios y limitaciones que experimenten.

Residente

Se considera residente a toda persona física que tiene su residencia habitual en uno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segunda vivienda

En el Censo de viviendas 2001 se considera como segunda vivienda (o vivienda secundaria) la vivienda familiar que es utilizada sólo parte del año, de forma estacional, periódica o esporádica (por ejemplo, durante las vacaciones o fines de semana), o bien, siendo utilizada de manera continuada y no estacional a lo largo de todo el año, no constituye residencia habitual de un grupo de personas (por ejemplo, para alquileres sucesivos de corta duración).

En el módulo Viviendas familiares: características y medio de la Encuesta de condiciones de vida de las familias se entiende toda vivienda no principal destinada al trabajo, estudios, esparcimiento o bien comprada por inversión, cualquiera que sea su régimen de posesión: en propiedad con y sin hipoteca, alquilada o cedida por la empresa u organización en la que trabaja algún miembro del hogar o por otros hogares o instituciones, etc.

Sobreocupación

Se considera que una persona reside en una vivienda con sobreocupación cuando la vivienda no tiene un número de habitaciones igual a:

  • una habitación para el hogar,
  • una habitación por pareja en el hogar,
  • una habitación por persona soltera de 18 o más años,
  • una habitación por pareja de solteros del mismo sexo entre los 12 y 17 años de edad,
  • una habitación para cada persona soltera de entre 12 y 17 anos de edad no incluida en la categoría anterior,
  • una habitación por pareja de niños menores de 12 años.

Superficie a construir

Total de metros cuadrados que resulta de sumar los correspondientes a cada una de las plantas del edificio construido.

Superficie útil de la vivienda

Es la superficie comprendida dentro de los muros exteriores de la vivienda que es habitable. Incluye, por lo tanto, no sólo la superficie destinada a habitaciones, sino también la superficie de los corredores, vestíbulos, cuartos de baño y otros espacios. No incluye los muros, tabiques, terrazas abiertas, jardines, así como los sótanos y trasteros … que no sean habitables.

Tipo de interés

Cantidad que se paga como remuneración por la disponibilidad de una suma de dinero tomada en concepto de crédito. Puede ser fijo o variable (MIBOR, EURIBOR, RPH, otros).

Título de adquisición

Los títulos de adquisición se desagregan en compraventa, donación, permuta, herencia, etc. No contempla la transmisión de hipotecas, porque están incluidas dentro de subrogación de hipotecas.

  • Compraventa: por el contrato de compraventa de uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente.
  • Donación: es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de un bien en favor de otra que lo acepta. Para que sea válida la donación del bien inmueble debe realizarse en escritura pública, expresándose en ella individualmente los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.
  • Permuta: la permuta es un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa para recibir otra.
  • Herencia: cuando por disposición testamentaria o legal se consigue la propiedad de un bien perteneciente a una persona fallecida. Podrán suceder por testamento o abintestato los que no estén incapacitados por la ley.
  • Otros: todos los no contemplados en la relación anterior. En ocasiones puede reflejar concentraciones parcelarias o divisiones horizontales. En otros casos puede tratarse de una operación conjunta, mezcla de varios títulos de adquisición, o de transmisiones con título de adquisición indefinido.

Transacciones inmobiliarias

Compraventa de viviendas elevadas a escritura pública ante notario.
La compraventa es un contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a transmitir la propiedad de un bien determinado y la otra parte se obliga a pagar por el un precio cierto.

Transmisiones de derechos de la propiedad

Número de derechos sobre bienes inmuebles transmitidos durante el periodo de referencia, cuya transmisión queda inscrita en los Registros de la Propiedad. La Estatística registral inmobiliaria recoge las escrituras inscritas en el registro que corresponden exclusivamente a compraventas, con la transmisión del 100% del dominio sobre la propiedad.

Valor añadido bruto (VAB)

Para cada unidad dedicada a una actividad productiva es la diferencia entre la producción y los consumos intermediosconsumos intermedios. La suma de los valores añadidos brutos, más los impuestos netos de subvenciones sobre los productos, dan como resultado el Producto Interior Bruto por el lado de la oferta.

Valor de compraventa

Precio o valor de transmisión que figura en la escritura.

Visados de dirección de obra

Visados de encargo profesional de dirección de obra y de los certificados fin de obra. Esto significa que no se incluyen proyectos excepto que correspondan a visados de proyecto y dirección de obra conjuntamente.

Visados de Encargo profesional de dirección de obra

Se recogen:

  • Trabajos de edificación en las modalidades de obra nueva, ampliación y reforma y/o restauración de edificios.
  • Obras de refuerzo o consolidación de edificios.
  • Obras de urbanización.
  • Derrumbamientos o demoliciones.
  • Decoración interior de edificios y locale.
  • Trabajos realizados al servicio de la Administración Pública.
  • Trabajos realizados para la Administración Pública.

No se incluyen:
  • Deslindes y mediación de terrenos, solares y edificios.
  • Reconocimientos, consultas, examen de documentos, diligencias, informes, dictámenes, certificaciones, actuaciones periciales, etc.
  • Trabajos especiales excepto derrumbamientos.

Vivienda

Es el recinto estructuralmente separado e independiente que, por la forma en que fue construido, reconstruido, transformado o adaptado, está concebido para ser habitado por personas y está dotado de acceso desde la vía pública o desde recintos comunes privados. Hay dos tipos de viviendas: viviendas colectivas y viviendas familiares.
En el Censo de población y viviendas se consideran también viviendas aquellos recintos que aunque no estuviesen concebidos para ser habitados por personas constituyen la residencia habitual de alguien en el momento censal. No se consideran viviendas los recintos que, a pesar de estar concebidos inicialmente para la habitación humana, en el momento censal están dedicados totalmente a otros fines.

Vivienda colectiva

Es la vivienda destinada a ser habitada por un colectivo, es decir, por un grupo de personas sometidas a una autoridad o régimen común no basados en lazos familiares ni de convivencia, como por ejemplo: residencias de personas mayores, cuarteles, conventos, instituciones para personas con discapacidad, cárceles, etc. Puede ocupar sólo parcialmente un edificio, o más frecuentemente, la totalidad del mismo.

Vivienda con deficiencia grave

Aquella que presenta simultáneamente los siguientes problemas: goteras, humedades, podredumbre en suelos o ventanas y deficiencias de aislamiento térmico y/o acústico.

Vivienda familiar

Es la vivienda destinada a ser habitada por una o varias personas, general pero no necesariamente unidas por parentesco, y que no constituyen un colectivo. A pesar de no cumplir estrictamente la definición, también se consideran viviendas familiares los alojamientos.

Las viviendas familiares se incluyen en el Censo de Viviendas, con independencia de que estén ocupadas o no en el momento censal.

Vivienda familiar principal

Vivienda familiar que se utiliza toda o la mayor parte del año como residencia habitual de una o más personas.

Vivienda libre

Se entiende por vivienda libre toda vivienda que no se encuentra sujeta a ningún régimen de protección pública y puede ser transmitida sin restricción entre partes.

Vivienda protegida

Se entiende por viviendas de protección oficial o viviendas protegidas las así calificadas o declaradas por el órgano competente de las comunidades autónomas y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla que cumplan los requisitos establecidos en la normativa estatal que regula los planes de vivienda, o los establecidos en normativa específica de las comunidades autónomas que regula sus propios planes de vivienda, para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda.

Vivienda vacía

Es toda vivienda que permanece sin ser ocupada, está disponible para la venta o alquiler o incluso abandonada.

 

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