Definiciones. Población y condiciones sociales


Abandono educativo precoz

Población entre 18 y 24 años (ambos inclusive) que no completó el nivel de educación de secundaria segunda etapa y no sigue ningún tipo de formación (reglada o no reglada). Las categorías incluidas en el cálculo del sindicador son: analfabetos, educación primaria, formación e inserción laboral que no precisa título de primera etapa de secundaria, primera etapa de educación secundaria, formación e inserción laboral que precisa título de primera etapa de secundaria y garantía social/iniciación profesional.

Abstención

Está formada por el conjunto de individuos incluidos en el censo electoral que el día de la votación no hicieron efectivo su derecho a sufragio. Es la diferencia entre el censo en escrutinio y el número de votantes.

Accidente

Acontecimiento fortuito e imprevisto que sobreviene al individuo y le produce un daño corporal identificable. Se incluyen las caídas, quemaduras, golpes, accidentes de tráfico (tanto como conductor, pasajero o peatón), intoxicaciones, envenenamiento y heridas provocadas por animales o insectos. Se excluye la auto-lesión.

Accidente laboral

El concepto de accidente laboral se ajusta a la definición dada por las estadísticas europeas de accidentes laborales para garantizar la comparabilidad, e incluye:

  • Los accidentes durante la jornada laboral: aquellos que se producen durante la jornada laboral, es decir, en el trabajo o en el transcurso del trabajo.
  • Los accidentes “in itinere”: aquellos que tienen lugar en alguno de los desplazamientos que se realizan entre el domicilio y el puesto de trabajo, o entre el lugar habitual de comida y el puesto de trabajo.

Accidentes laborales

Se consideran los accidentes de trabajo con baja en la jornada de trabajo, incluidos los accidentes de tráfico y los originados por causas naturales siempre que se produzcan durante la jornada de trabajo.

Acoso o intimidación

Se refiere a un comportamiento intencionado en contra de una persona o grupo de personas que tenga como consecuencia un daño físico, mental, moral o consecuencias negativas en el comportamiento social de la persona. La violencia psicológica debe ser considerada en esta categoría; este cubre todas las formas de comportamiento abusivo, conductas sistemáticas o repetitivas contra una persona, palabras, actos, gestos o escritos que pudieran afectar negativamente en la personalidad, la dignidad o bienestar de la persona.

Acoso sexual

Se refiere a una conducta no deseada de carácter sexual, o a otra conducta en relación al sexo, afectando a la dignidad del hombre o de la mujer en el trabajo. Incluye la ofensa verbal.

Actividad física intensa

Esta categoría agrupa actividades que requieren mucho esfuerzo físico y que hacen que las personas respiren más fuerte de lo normal, realizadas bien el trabajo, en el hogar, o en el tiempo de ocio. Entre ellas se encuentran las siguientes: cargar pesos pesados, cavar, cortar madera, hacer aeróbic, correr, nadar rápido, montar en bicicleta a gran velocidad, jugar al fútbol, etc.

Actividad física ligera

Esta categoría agrupa actividades que no requieren esfuerzo físico, como caminar al menos durante 10 minutos seguidos a paso tranquilo.

Actividad física moderada

Esta categoría agrupa actividades que requieren un esfuerzo físico moderado y hacen que las personas respiren de forma más agitada de lo normal, pero no demasiado fuerte; dichas actividades pueden llevarse a cabo en el trabajo, en casa o durante el tiempo de ocio. Ejemplos de actividades físicas moderadas son las siguientes: cargar con pesos ligeros, ir en bicicleta a velocidad normal, fregar la casa o limpiar el jardín, etc.

Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD)

Son las actividades de autocuidado que una persona realiza diariamente. Incluye las siguientes:

  • Alimentarse: comer y beber
  • Levantase y acostarse de la cama
  • Levantarse y sentarse en una silla
  • Vestirse y desvestirse
  • Ir al servicio
  • Ducharse o lavarse todo el cuerpo

Actividades habituales del hogar

Se refiere a tareas domésticas, tales como:

  • Preparación de comidas
  • Utilización del teléfono
  • Realizar compras
  • Suministro de medicamentos propios
  • Realizar tareas domésticas ligeras, como cocinar, fregar la loza, planchar, cuidar a los niños, etc.
  • Realizar tareas domésticas pesadas, como mover muebles pesados, fregar pisos con un cepillo, limpiar ventanas, etc.
  • Administrar su propio dinero

Acupuntor

Especialista que trata las dolencias insertando agujas en distintas partes del cuerpo del paciente en función de los órganos afectados por la enfermedad.

Admisión/ingreso en un hospital de día

Se refiere a las admisiones a una cama hospitalaria para diagnóstico y/o tratamiento programado, en las que se recibe el alta antes de medianoche del mismo día. Incluye los ingresos en cama o sillón cama. No incluye estancias en urgencias ni en observación.

Adulto

En la Encuesta estructural a hogares (EEF) se consideran adultas a las personas de 25 o más años y aquellas de 18 a 24 que percibieron ingresos de trabajo o prestaciones en el año natural anterior a la realización de la encuesta o no conviven con alguno de sus padres.

Afiliación principal

Se trata de la afiliación que se va a empregar para asignar las características de la relación laboral (tipo de contrato, tipo de jornada, actividad económica y grupo de cotización) a la persona cotizante, en la estadística Bases de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social por municipio de residencia de la persona afiliada. Para determinar cuál es la afiliación principal, se utilizan los siguientes criterios:

  • En primer lugar, la de mayor duración en el mes de referencia.
  • En caso de empate en duración en dos o más afiliaciones, se selecciona aquella con la base de cotización de mayor importe en el mes de referencia.
  • En caso de empate en los dos criterios anteriores, esto es, que la persona cuente con dos o más afiliaciones de igual duración e igual base de cotización en el mes de referencia, se selecciona la afiliación en la que el código de cuenta de cotización tenga un valor numérico superior.

Agrupaciones de cámara

Se trata de agrupaciones españolas públicas y privadas, de profesionales y aficionados, de jóvenes y especializadas en música antigua o música contemporánea. En estas agrupaciones se contemplan las de cuerda, metal, viento, vocal/instrumental y otro tipo de formación no tan convencional.

Agrupaciones líricas

Se tata de agrupaciones españolas públicas y privadas, de profesionales y aficionados y/o de jóvenes. Estas agrupaciones comprenden a grupos dedicados a la zarzuela y/o la ópera, la mayor parte de ellos de carácter aficionado.

Ahorro en alimentos

Se refiere al ahorro que tuvo el hogar en alimentos ya que los produjo el propio hogar o bien se los regaló algún familiar o amigo y, por lo tanto, le evitó al hogar su compra.

Ahorro en reparaciones

Se refiere a si algún miembro del hogar, familiar o amigo realizó tareas tales como pintar, reparar averías, hacer o montar muebles... que supusieron para el hogar un ahorro de más de 500 euros.

Alojamiento

Es la vivienda familiar que presenta la particularidad de ser móvil, semipermanente o improvisada, o bien que no ha sido concebida en un principio con fines residenciales pero, sin embargo, constituye la residencia de una o más personas. Los alojamientos no están situados en edificios por lo que no forman parte de los inmuebles.

Alquiler imputado

Se considera como tal el alquiler que sería pagado por el hogar por una vivienda como la que ocupa, se fuese inquilino de la misma. Esta valoración imputada del consumo de la vivienda afecta tanto a la vivienda familiar habitada por el hogar propietario, como al uso de la vivienda cedida gratuita o semigratuitamente al hogar, por otros hogares, organismos o instituciones.

Alta hospitalaria

Procedimiento por lo que un paciente ingresado en un centro o establecimiento sanitario deja de ocupar una capa de hospitalización por curación, mejoría, fallecimiento, traslado o alta voluntaria.

Altas

Se considera que un asalariado genera alta en el año t si en ese año forma parte del mercado de trabajo como asalariado, pero en el año t-1 no formaba parte del mercado de trabajo como tal.

Altas de demandantes de empleo

Se refieren a todos los movimientos de cambio de situación de alta anotados en el registro de demandantes que solicitan empleo.
Las altas de demanda pueden ser nuevas inscripciones que se inscriben por primera vez en un registro público de empleo, reactivación de una demanda ya inscrita que se encontraba en baja o por traslado de un servicio público de empleo a otro. No se incluyen como altas las reactivaciones de las demandas suspendidas temporalmente o el paso de demandante sin disponibilidad a demandante de empleo.

Ámbito/Campo de estudio

Clasificación estadística propia del Sistema Integrado de Información Universitaria (SIIU) que agrupa los estudios oficiales, elaborada a partir de la Clasificación Internacional Normalizada de Educación CINE-F 2013.

Ambulatorio / Centro de especialidades

Centros en los que se presta asistencia de atención especializada a beneficiarios de la Seguridad Social. En su modalidad ambulatoria comprende todas las especialidades médicas y quirúrgicas legalmente reconocidas. El acceso del paciente se realiza, con carácter general, por indicación del médico/a de atención primaria para la asistencia ambulatoria.

Analfabeto

Se considera que una persona es analfabeta cuando no sabe leer o escribir en ningún idioma

Áreas (Encuesta estructural a hogares)

Las áreas definidas a partir de la edición 2008 de la Encuesta estructural a hogares son:

  • Provincia de A Coruña
    • Ferrol-Eume-Ortegal: comprende las comarcas de Ferrol, Eume y Ortegal.
    • Área de A Coruña: comprende las comarcas de A Coruña y Betanzos.
    • Área de la Costa da morte: comprende las comarcas de Bergantiños, Fisterra, Muros, Terra de Soneira y Xallas.
    • Coruña suroriental: comprende las comarcas de Arzúa, Ordes y Terra de Melide.
    • Área de Santiago: comprende las comarcas da Barcala, O Sar y Santiago.
    • A Barbanza-Noia: comprende las comarcas de Barbanza y Noia.
  • Provincia de Lugo
    • Lugo oriental: comprende las comarcas de Fonsagrada, Os Ancares y Sarria.
    • Lugo sur: comprende las comarcas de Chantada, Quiroga y Terra de Lemos.
    • Lugo central: comprende las comarcas da Ulloa, Lugo, Meira y A Terra Chá.
    • A Mariña: comprende las comarcas de A Mariña Central, A Mariña Oriental y A Mariña Occidental.
  • Provincia de Ourense
    • O Carballiño-O Ribeiro: comprende las comarcas de O Carballiño y O Ribeiro.
    • Ourense central: comprende las comarcas de Allariz y Maceda, Terra de Caldelas, Terra de Trives y Valdeorras.
    • Ourense sur: comprende las comarcas da Limia, Baixa Limia, Terra de Celanova, Verín y Viana.
    • Área de Ourense: comprende la comarca de Ourense.
  • Provincia de Pontevedra
    • Pontevedra nororiental: comprende las comarcas de Deza y Tabeirós-Terra de Montes.
    • Pontevedra sur: comprende las comarcas da Paradanta, O Baixo Miño e O Condado.
    • Área de Pontevedra: comprende la comarca de Pontevedra.
    • Caldas-O Salnés: comprende las comarcas de Caldas y O Salnés.
    • Área de Vigo: comprende la comarca de Vigo.
    • O Morrazo: comprende la comarca de O Morrazo.

Asalariados

En las operaciones del Sistema de cuentas económicas son todas las personas que, mediante un acuerdo, trabajan para otras unidades institucionales residentes y reciben una remuneración..

En la información procedente de las fuentes tributarias se define como el número de personas que reciben una contraprestación pecuniaria en concepto de rendimiento del trabajo, contadas de forma única independientemente de que trabajasen para una o varias empresas o entidades. Este colectivo está formado por las personas que reciben percepciones declaradas en la clave A del Modelo 190 de la “Declaración anual de retenciones sobre las rentas del trabajo” (empleados por cuenta ajena en general).

En la Encuesta a los demandantes de empleo comprende a todas las personas que en la semana de referencia estuvieran trabajando para un empresario privado o público a cambio de un sueldo, salario, comisión, pagos según resultado, gratificación o cualquier otra forma de remuneración en metálico o en especie. Las personas que trabajan en la empresa de un familiar percibiendo una remuneración reglamentaria deben incluirse en esta categoría. Se incluyen también como asalariados los socios o trabajadores de las sociedades anónimas laborales que tengan una situación laboral y legal de asalariados. Las personas que cumplan los requisitos para ser asalariados no pierden dicha condición aún en el caso de que paguen directamente los impuestos por rendimiento del trabajo personal y/o las cotizaciones a la Seguridad Social. Los gerentes, directores u otros empleados asalariados que no son dueños de la empresa en la que trabajan, se clasifican como trabajadores por cuenta ajena, aunque ejerzan las mismas funciones que los empresarios como, por ejemplo, la contratación o el despido, en nombre de las empresas, de otros trabajadores.
Como regla general, se puede decir que un asalariado es una persona remunerada directa o indirectamente, en dinero o en especie, en función de la cantidad de trabajo que realiza (incluyendo el pago a comisión), con independiencia del valor de la producción o de la rentabilidad del proceso productivo. Puede ocurrir que por razones legales un asalariado tenga un contrato de autónomo. En este caso consideraremos a la persona como asalariada si cumple las condiciones antes descritas. Por el contrario, un trabajador independiente recibe una renta que está en función del valor de la producción del proceso productivo del que es responsable, sea mucho o poco el trabajo aportado.

En la Encuesta de población activa los asalariados son personas con trabajo por cuenta ajena o asalariados todas las que entren en las siguientes categorías:

  • Trabajando: personas que durante la semana de referencia trabajaron, incluso de forma esporádica u ocasional, por lo menos una hora a cambio de un sueldo, salario u otra forma de retribución conexa, en metálico o en especie.
  • Con empleo pero sin trabajar: personas que, ya habiendo trabajado en su empleo actual, estén ausentes del mismo durante la semana de referencia (por causa de enfermedad, accidente, conflicto laboral, suspensión disciplinaria de empleo y sueldo, vacaciones, licencias de estudios,...) y mantengan un estrecho vínculo con el empleo. La fuerza de este vínculo se determina de acuerdo con la creencia del entrevistado de reincorporarse o no a la empresa y en la percepción o no de algún tipo de remuneración.
Los miembros activos de las fuerzas armadas figuran también entre la población asalariada. Non se consideran asalariados:
  • Los empresarios y los trabajadores independientes, aunque estuviesen contratados como asalariados en su propia empresa.
  • Los trabajadores familiares no remunerados (ayudas familiares) y los miembros de cooperativas que trabajan en ellas.
  • Las personas ausentes de su trabajo, con licencia o suspendidas que estén débilmente vinculadas a su empleo.
  • Los trabajadores estacionales, ocasionales o discontinuos por cuenta ajena en la época de menor actividad que no estuviesen trabajando en la semana de referencia.
Se Considera que los asalariados tienen un contrato o relación laboral temporal cuando su finalización queda fijada por condiciones objetivas, tales como la expiración de un plazo, la realización de una tarea de terminada, etc. En otro caso, se considera que el contrato, o relación laboral es indefinido.

Los asalariados se subdividen en: asalariados del sector público y asalariados del sector privado. Entre los primeros están incluidos tanto los funcionarios como los contratados laborales, independientemente de que trabajen con carácter fijo o temporal.

Asistencia personal

Ayuda recibida por otra persona.

Atención domiciliaria

Hace referencia a la atención tanto médica como no médica a personas con algún tipo de enfermedad física o mental, con algún tipo de discapacidad o a personas que por su avanzada edad no pueden realizar actividades de cuidado personal o tareas del hogar. Incluye servicios a domicilio proporcionados por un enfermero o matrona de un hospital, por agencias, asociaciones o por voluntarios.

Atención especializada

Es la asistencia que se realiza en hospitales y centros de especialidades dependientes funcionalmente de aquellos, prestándose atención a los problemas de salud de mayor complejidad y desenvolviéndose las demás funciones propias de los hospitales

Atención primaria

Es la atención asistencial prestada en las siguientes dependencias: centros de salud, ambulatorios, consultorios municipales y consultorios parroquiales. Esta prestación asistencial no tiene como única finalidad la resolución de demanda de los ciudadanos ante la enfermedad, cuando ésta se presenta, sino que además realiza actividades de prevención de enfermedades, promoción de salud y educación sanitaria de la población

Autoconsumo

Por autoconsumo se entiende los bienes (principalmente alimenticios) producidos en la propia explotación agraria, fábrica o taller, por alguno de los miembros del hogar, que son consumidos o regalados por el hogar. Se valoran a precios de mercado local minorista (precios de adquisición).

Automatizadores

Son dispositivos que funcionan como difusores de agua.

Autosuministración

Comprende los bienes retirados (sin abono de su importe) del propio comercio por alguno de los miembros del hogar propietario, que los consume en el período de referencia. Se valoran a precios de mercado local minorista (precios de adquisición).

Ayuda domiciliaria para las tareas domésticas

Este servicio incluye tareas tales como limpiar la casa, preparar la comida, hacer la colada, planchar, dar o recordar la medicación, ayudar con tareas económicas o financieras del hogar, hacer compras, etc. Estos servicios son ofrecidos por los ayuntamientos, asociaciones privadas, ONG´s, etc., con el fin de permitir a aquellas personas con necesidades seguir viviendo en sus propios domicilios.

Ayuda familiar

Personas que trabajan sin remuneración reglamentaria en la empresa de un familiar con el que conviven

Ayudas de emergencia social (AES)

Son prestaciones económicas, no contributivas, de carácter extraordinario y pago único, destinadas a paliar situaciones de emergencia de personas con hogares independientes afectados por un estado de necesidad. Se consideran situaciones de emergencia social aquellas que originen gastos extraordinarios para cubrir necesidades específicas de carácter básico y urgente, tales como: gastos imprescindibles para el uso de la vivienda habitual o para el mantenimiento de la habitabilidad o accesibilidad de la vivienda habitual, equipamiento mobiliario básico y necesidades primarias (alimentación, vestido, atención sanitaria, etc.)

Ayudas técnicas y adaptaciones en el hogar

Incluye sillas de ruedas, bastones, baños o cocinas adaptadas, pasillos anchos, etc.

Bachillerato

Forma parte de la Educación Secundaria postobligatoria, y por tanto, tiene carácter voluntario. Comprende dos cursos académicos, que se realizarán ordinariamente entre los 16 y 18 años de edad. Desde el curso 2015-2016 las modalidades de Bachillerato que podrán ofrecer las administraciones educativas serán: Ciencias, Humanidades y Ciencias Sociales y Artes.

Baja intensidad laboral (estrategia Europa 2030)

Una persona vive en un hogar con baja intensidad laboral cuando el número de días que las personas de 18 a 64 años de ese hogar (excluyendo las personas estudiantes de 18 a 24 años, las personas retiradas o jubiladas y las personas de 60 a 64 años inactivas que viven en un hogar cuyo ingreso principal son las pensiones) han tenido ingresos por trabajo, prestaciones por ERTE o prestaciones por cese de actividad debidas a la pandemia supone hasta el 20% del número total de días que podrían haberlos tenido durante el año natural anterior a la realización de la encuesta.
Este indicador sólo se aplica a las personas de 0 a 64 años.

Bajas

Se considera que un asalariado causó baja en el año t si en el año t no forma parte del mercado de trabajo como asalariado, pero si formaba parte del mercado de trabajo en el año t-1.

Bajas de demandantes de empleo

Son los cambios de situación de una demanda de empleo a baja por haber tenido el demandante una colocación, no haber hecho la renovación de la demanda en el periodo establecido o por otras causas (baja a petición del demandante, rechazo de ofertas, …)

Bajos niveles educativos

El indicador de personas con bajos niveles educativos se calcula como el porcentaje de adultos de entre 25 y 64 años que alcanzaron un nivel educativo igual o menor que el primer ciclo de enseñanza secundaria. Las categorías incluidas para la obtención de este indicador son: analfabetos, educación primaria, formación e inserción laboral que no precisa título de primera etapa de secundaria, primera etapa de educación secundaria, formación e inserción laboral que precisa título de primera etapa de secundaria y garantía social/iniciación profesional.

Bandas

Abarca las agrupaciones bandísticas españolas tanto públicas como privadas, civiles, militares (bandas y músicas) y de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado (policías y guardia civil), de formación clásica (solo instrumentos de viento) y sinfónicas (con sección de cuerda) y compuestas tanto por aficionados como por profesionales. Además se incluyen las bandas de cornetas y tambores y las coblas (formación típica catalana).

Base de cotización para contingencias comunes por cuenta ajena

La base de cotización para las diversas contingencias y situaciones amparadas por la acción protectora de la Seguridad Social está constituida por la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, que con carácter mensual tenga derecho a percibir la persona trabajadora o asimilada, o la que efectivamente perciba de ser esta superior. Las percepciones de vencimiento superior al mensual se distribuirán a lo largo de los doce meses del año.
Se considera remuneración a la totalidad de las percepciones económicas, sean en dinero o en especie. Así mismo, hay que tener en cuenta que las bases de cotización al Sistema de la Seguridad Social no pueden ser superiores al límite fijado para cada ejercicio económico en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. En algunos regímenes de cotización, como es el caso del Régimen General, también se fijan unos límites mínimos de cotización, en función del grupo de cotización de la persona. Si la base no se encuentra comprendida entre la cuantía mínima y máxima correspondiente al grupo de cotización del trabajador o de la trabajadora, esta cotizará por la base mínima (si la cantidad resultante es menor) o máxima (si es mayor).

Base de cotización por continguencias comunes por cuenta propia

La base de cotización para las diversas contingencias y situaciones amparadas por la acción protectora del Sistema de la Seguridad Social está constituida por la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, que con carácter mensual tenga derecho a percibir la persona trabajadora o asimilada, o la que efectivamente perciba de ser esta superior, por razón del trabajo que realice. Esta denominación se aplica a casi todos los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social. No obstante, para las personas que cotizan al Régimen Especial de Autónomos/as no depende estrictamente de la remuneración real que perciban por el desempeño de sus actividades, sino que el Sistema les ofrece la posibilidad de escoger el importe mensual por el que van a cotizar, dentro de unos límites mínimo y máximo. Dichos valores son fijados cada año por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Biblioteca pública

Una biblioteca es pública cuando cumpla los siguientes criterios:

  • Dispone de una colección de fondos de carácter general, ofrece servicios informativos de tipo cultural, educativo, recreativo y social y es accesibles a todos los ciudadanos.
  • Ofrece los servicios de préstamo y consulta de documentos de forma libre y gratuita.
  • Los fondos de las bibliotecas públicas son de libre acceso y susceptibles de ser dejados en préstamo. No obstante, cuando es necesario por razones de seguridad y conservación, pueden limitar el acceso a una parte de estos fondos.

Brecha salarial

Representa la diferencia entre la ganancia media por hora de los hombres y la ganancia media por hora de las mujeres como porcentaje de la ganancia media por hora de los hombres. Se calcula sólo para aquellas empresas de 10 o más asalariados incluidas en alguna de las secciones B a S (excluida la O) de la CNAE 2009. Para el cálculo de la brecha, en la ganancia media por hora no se tienen en cuenta los pagos extraordinarios.

Calefacción

Se considera que una vivienda tiene calefacción, cuando dispone de alguna instalación o sistema que permite elevar la temperatura en toda la vivienda o en la mayor parte de la misma. Se incluyen los sistemas de alimentación de aire caliente o por agua caliente.

Calefacción colectiva

Una vivienda tiene calefacción colectiva (calefacción central), cuando la generación de calor se produce desde un sistema de alimentación común para el edificio o conjunto de edificios.

Calefacción individual

Una vivienda tiene calefacción individual, cuando la generación del sistema de calor se produce desde un sistema de alimentación situado en la vivienda propiamente dicha.

Cama en funcionamiento (establecimientos sanitarios)

Es aquella cama que está efectivamente en servicio. No se incluyen las camas habilitadas

Cama instalada (establecimientos sanitarios)

Aquella considerada como dotación fija del centro, que esté en condiciones de funcionar, a pesar de que no lo haga por no contar con el personal y el equipamiento necesario

Carencia material

Una persona vive en un hogar con carencia material cuando tiene carencia por lo menos en tres conceptos de los siguientes:

  • No puede permitirse ir de vacaciones por lo menos una semana al año
  • No puede permitirse una comida de carne, pollo o pescado por lo menos cada dos días
  • No puede permitirse mantener la vivienda con una temperatura adecuada
  • No tiene capacidad para hacer frente a gastos imprevistos
  • Tuvo atrasos en el pago de gastos relacionados con la vivienda principal (hipoteca o alquiler, gas, comunidad, etc.)
  • No puede permitirse disponer de coche
  • No puede permitirse disponer de ordenador personal

Carencia material severa

Una persona vive en un hogar con carencia material severa cuando tiene carencia por lo menos en cuatro conceptos de los siguientes:

  • No puede permitirse ir de vacaciones por lo menos una semana al año
  • No puede permitirse una comida de carne, pollo o pescado por lo menos cada dos días
  • No puede permitirse mantener la vivienda con una temperatura adecuada
  • No tiene capacidad para hacer frente a gastos imprevistos
  • Tuvo atrasos en el pago de gastos relacionados con la vivienda principal (hipoteca o alquiler, gas, comunidad, etc.)
  • No puede permitirse disponer de coche
  • No puede permitirse disponer de teléfono (fijo o móvil)
  • No puede permitirse disponer de televisor en color
  • No puede permitirse disponer de lavadora

Carencia material y social severa (estrategia Europa 2030)

Una persona está en situación de carencia material y social severa cuando tiene carencia, al menos, en siete conceptos de los siguientes:
A nivel de hogar:

  • No se puede permitir ir de vacaciones al menos una semana al año.
  • No se puede permitir una comida de carne, pollo o pescado al menos cada dos días.
  • No se puede permitir mantener la vivienda con una temperatura adecuada.
  • No tiene capacidad para hacer frente a gastos imprevistos.
  • Ha tenido atrasos en el pago de gastos relacionados con la vivienda principal (hipoteca o alquiler, gas, comunidad...) .
  • No se puede permitir disponer de coche.
  • No se puede permitir sustituir los muebles deteriorados o viejos.
A nivel de persona:
  • No se puede permitir sustituir la vestimenta deteriorada por otra nueva.
  • No se puede permitir tener dos pares de calzado.
  • No se puede permitir reunirse con amistades y/o familiares para comer o tomar algo al menos una vez al mes.
  • No se puede permitir participar regularmente en actividades de ocio.
  • No se puede permitir gastar una pequeña cantidad de dinero en sí misma cada semana.
  • No se puede permitir disponer de conexión a internet para uso personal en el hogar.

Carga de población

Representa el número medio de personas equivalentes a tiempo completo que realmente soporta un municipio; se obtiene a partir de la población residente, sumándole el saldo poblacional entre los no residentes presentes (población de entrada) y los residentes ausentes (población de salida)

Carga de población diúrna

Representa el número medio de personas equivalentes a tiempo completo que pasan el día en el municipio; se obtiene a partir de la población residente, sumándole el saldo poblacional entre los no residentes que pasan el día (población de entrada) y los residentes que no pasan el día (población de salida)

Carga de población que pernocta

Representa el número medio de personas equivalentes a tiempo completo que pasan la noche en el municipio; se obtiene a partir de la población residente, sumándole el saldo poblacional entre los no residentes que pasan la noche (población de entrada) y los residentes que no pasan la noche (población de salida)

Causa de defunción

Enfermedad o lesión que inició la cadena de acontecimientos patológicos que condujeron directamente a la muerte. Cuando la causa es una lesión traumática, se considera causa básica las circunstancias del accidente o violencia que produjo la lesión fatal. La causa de muerte se clasifica según la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) 1ª revisión

Censo de electores residentes (CER)

También se llama censo ordinario y engloba a todos los electores españoles residentes en el territorio nacional. Son inscritos de oficio por la Oficina del Censo Electoral en las listas de las secciones electorales de su lugar de residencia.

Censo de escrutinio

Es aquel que se obtiene del censo electoral tras las reclamaciones presentadas en la propia mesa electoral el día de la celebración de las elecciones.

Censo de personas con discapacidad

El censo de personas con discapacidad de Galicia se refiere al conjunto de personas que tienen reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.

Censo de población

Es el conjunto de operaciones que consisten en recopilar, resumir, valorar, analizar y publicar los datos de carácter demográfico, cultural, económico y social de todos los habitantes del país y de sus divisiones político-administrativas, referidos a un momento o período dado y a todas las personas que residen en viviendas, ya sean familiares o colectivas.

Censo electoral

Contiene la inscripción de las personas que reúnan los requisitos para ser elector y no estén privadas, definitiva o temporalmente, del derecho de sufragio. Es la suma de todos los censos electorales previstos para cada proceso electoral:

  • Elecciones generales: CER + CERA (desde as elecciones generales de 1986, una vez aprobada la LOREG en 1985).
  • Elecciones municipales: CER + CERA (desde as elecciones municipales de 1987 hasta las municipales de 2007) + CERE (desde 1995). Desde las Elecciones Municipales de 2011: CER+CERE.
  • Elecciones al Parlamento Europeo: CER + CERA + CERE (sólo electores de la UE).
  • Referéndum: CER + CERA.

Censo electoral de residentes ausentes (CERA)

Figuran los ciudadanos de nacionalidad española ausentes del territorio nacional que están oficialmente residiendo en un país extranjero (para lo cual deben de estar inscritos en un registro consular).

Censo electoral de residentes extranjeros (CERE)

En este censo figuran inscritos los ciudadanos extranjeros residentes oficialmente en España, pertenecientes a los estados miembros de la Unión Europea o también, los ciudadanos de otros estados que hayan suscrito con España acuerdos (tratados) de reciprocidad.

Centro de salud/consultorio

Centros en los que se presta asistencia de atención primaria a beneficiarios de la Seguridad Social. La asistencia es prestada por médicos generales, pediatras y personal de enfermería. Además existen una serie de servicios de apoyo: unidades de planificación familiar, salud mental, fisioterapia, salud buco-dental, en las que se integran otros profesionales (tocoginecólogos/as, odontólogos/as, psiquiatras, psicólogos/as y farmacéuticos/as) que manejan problemas relacionados con su formación específica.

Certificado de discapacidad

Es el reconocimiento administrativo de la discapacidad. Su objectivo es compensar las desventajas sociales que la discapacidad implica, proporcionando acceso a los derechos y prestaciones de distinto tipo, con vistas a equiparar oportunidades.
Para la concesión de este certificado es preciso que la valoración del grado de discapacidad otorgada sea superior o igual al 33%. La clasificación del grado de discapacidad responde a criterios técnicos unificados y serán objeto de valoración tanto las discapacidades que presente la persona como, en su caso, los factores sociales que dificulten su integración social.

Ciclos formativos de formación profesional

Son enseñanzas que tienen una estructura modular. Incluyen un módulo de formación en centros de trabajo (FCT), que se desarrolla en una empresa. A los ciclos de grado medio se accede con el título de graduado en educación secundaria o mediante una proba regulada por las administraciones educativas y a los ciclos de grado superior se accede con el título de bachillerato o a través de una prueba regulada por las administraciones educativas.

Cine

Conjunto de salas de proyección de películas ubicadas en un mismo domicilio con un sistema único de gestión de taquillas, que permite el control de la programación y venta de las distintas salas.

Citología vaginal

Consiste en la toma de una muestra de células que son analizadas en el laboratorio. Es un medio de diagnóstico de cáncer de cuello de útero y vaginal y de determinadas infecciones. Permite también conocer la actividad hormonal de la mujer.

Clasificación de bienes y servicios (COICOP)

  • GRUPO 01: ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS
    • 01.1 PRODUCTOS ALIMENTICIOS
        01.1.1 Pan y cereales.
      • 01.1.2 Carne.
      • 01.1.3 Pescado.
      • 01.1.4 Leche, queso y huevos.
      • 01.1.5 Aceites y grasas.
      • 01.1.6 Frutas.
      • 01.1.7 Hortalizas incluyendo patatas y otros tubérculos.
      • 01.1.8 Azúcar, confituras, miel, chocolate y confitería.
      • 01.1.9 Productos alimenticios no comprendidos anteriormente.
    • 01.2 BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS.
      • 01.2.1 Café, té, cacao.
      • 01.2.2 Aguas minerales, bebidas gaseosas y zumos.
    • 01.3 GRAN COMPRA.
      • 01.3.1 Gran compra.
    • 01.4 GASTOS NO DESGLOSABLES EN ALIMENTOS, Y BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS.
      • 01.4.1 Gastos no desglosables en alimentos, y bebidas no alcohólicas.
  • GRUPO 2: BEBIDAS ALCOHÓLICAS, TABACO Y NARCÓTICOS
    • 02.1 BEBIDAS ALCOHÓLICAS.
      • 02.1.1 Espirituosos y licores.
      • 02.1.2 Vinos.
      • 02.1.3 Cerveza.
      • 02.2 TABACO.
        • 02.2.1 Tabaco.
      • 02.3 NARCÓTICOS.
        • 02.3.1 Narcóticos.
      • 02.4 GASTOS NO DESGLOSABLES EN BEBIDAS ALCOHÓLICAS, TABACO Y NARCÓTICOS.
        • 02.4.1 Gastos no desglosables en bebidas alcohólicas, tabaco y narcóticos.
    • GRUPO 03: ARTÍCULOS DE VESTIR Y CALZADO
      • 03.1 ARTÍCULOS DE VESTIR.
        • 03.1.1 Telas.
        • 03.1.2 Prendas de vestir.
        • 03.1.3 Otros artículos y accesorios de vestir.
        • 03.1.4 Reparación y alquiler de ropa.
      • 03.2 CALZADO.
        • 03.2.1 Zapatos y otro tipo de calzado.
        • 03.2.2 Reparación y alquiler de calzado.
      • 03.3 GASTOS NO DESGLOSABLES EN VESTIDO Y CALZADO.
        • 03.3.1 Gastos no desglosables en vestido y calzado.
    • GRUPO 04: VIVIENDA, AGUA, ELECTRICIDAD, GAS Y OTROS COMBUSTIBLES
      • 04.1 ALQUILERES REALES.
        • 04.1.1 Alquileres reales.
        • 04.1.2 Alquiler o realquiler (vivienda secundaria).
        • 04.1.3 Otros alquileres.
      • 04.2 ALQUILERES IMPUTADOS.
        • 04.2.1 Alquileres imputados a la vivienda en propiedad.
        • 04.2.2 Otros alquileres imputados.
      • 04.3 GASTOS CORRIENTES DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE LA VIVIENDA.
        • 04.3.1 Materiales para el mantenimiento y las reparaciones corrientes de la vivienda cuando la reparación la realiza el propio hogar.
        • 04.3.2 Servicios de mantenimiento y reparaciones corrientes de la vivienda.
      • 04.4 OTROS SERVICIOS RELACIONADOS CON LA VIVIENDA.
        • 04.4.1 Servicios de recogida de basura.
        • 04.4.2 Servicios de alcantarillado.
        • 04.4.3 Distribución del agua.
        • 04.4.4 Otros servicios relativos a la vivienda no incluidos anteriormente.
      • 04.5 ELECTRICIDAD, GAS Y OTROS COMBUSTIBLES.
        • 04.5.1 Electricidad.
        • 04.5.2 Gas.
        • 04.5.3 Combustibles líquidos.
        • 04.5.4 Combustibles sólidos.
        • 04.5.5 Calefacción, agua caliente central, vapor y hielo.
      • 04.6 GASTOS NO DESGLOSABLES EN VIVIENDA, AGUA, ELECTRICIDAD, GAS Y OTROS COMBUSTIBLES.
        • 04.6.1 Gastos no desglosables en vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles.
    • GRUPO 05: MOBILIARIO, EQUIPAMIENTO DEL HOGAR Y GASTOS CORRIENTES DE CONSERVACIÓN DE LA VIVIENDA
      • 05.1 MUEBLES, ARTÍCULOS DE AMUEBLAMIENTO , ALFOMBRAS Y OTROS REVESTIMIENTOS PARA SUELOS Y SUS REPARACIONES.
        • 05.1.1 Muebles y artículos de amueblamiento.
        • 05.1.2 Alfombras y otros revestimientos de suelos.
        • 05.1.3 Reparación de muebles, artículos de amueblamiento y revestimiento de suelo.
      • 05.2 ARTÍCULOS TEXTILES PARA EL HOGAR Y REPARACIONES.
        • 05.2.1 Artículos textiles para el hogar y sus reparaciones.
      • 05.3 APARATOS DE CALEFACCIÓN Y DE COCINA, NEVERAS, LAVADORAS Y OTROS GRANDES ELECTRODOMÉSTICOS, ACCESORIOS Y REPARACIONES DE LOS MISMOS.
        • 05.3.1 Grandes electrodomésticos eléctricos o no.
        • 05.3.2 Pequeños aparatos electrodomésticos.
        • 05.3.3 Reparaciones y accesorios de todos los aparatos del hogar.
      • 05.4 CRISTALERÍA, VAJILLA, UTENSILIOS DEL HOGAR Y REPARACIONES.
        • 05.4.1 Cristalería, vajilla, utensilios del hogar y reparaciones.
      • 05.5 HERRAMIENTAS PARA CASA Y JARDÍN.
        • 05.5.1 Grandes herramientas y sus reparaciones.
        • 05.5.2 Pequeñas herramientas y accesorios diversos y sus reparaciones.
      • 05.6 BIENES Y SERVICIOS PARA EL MANTENIMIENTO CORRIENTE DEL HOGAR
        • 05.6.1 Artículos no duraderos para el hogar.
        • 05.6.2 Servicios domésticos y otros servicios para la vivienda.
      • 05.7 GASTOS NO DESGLOSABLES EN MOBILIARIO, EQUIPAMIENTO DEL HOGAR Y GASTOS CORRIENTES DE CONSERVACIÓN DE LA VIVIENDA.
        • 05.7.1 Gastos no desglosables en mobiliario, equipamiento del hogar y gastos corrientes de conservación de la vivienda.
    • GRUPO 06: SALUD
      • 06.1 MEDICAMENTOS Y OTROS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, APARATOS Y MATERIAL TERAPÉUTICO.
        • 06.1.1 Productos, aparatos y equipos médicos.
      • 06.2 SERVICIOS MÉDICOS Y PARAMÉDICOS EXTRA-HOSPITALARIOS.
        • 06.2.1 Servicios médicos.
        • 06.2.2 Servicios de dentistas.
        • 06.2.3 Servicios paramédicos no hospitalarios.
      • 06.3 SERVICIOS HOSPITALARIOS.
        • 06.3.1 Servicios hospitalarios.
      • 06.4 GASTOS NO DESGLOSABLES EN SALUD.
        • 06.4.1 Gastos no desglosables en salud.
    • GRUPO 07: TRANSPORTES
      • 07.1 COMPRA DE VEHÍCULOS.
        • 07.1.1 Automóviles.
        • 07.1.2 Motos.
        • 07.1.3 Bicicletas.
      • 07.2 UTILIZACIÓN DE VEHÍCULOS PERSONALES.
        • 07.2.1 Compra de piezas de repuesto y accesorios de vehículos personales para reparaciones realizadas por los miembros del hogar.
        • 07.2.2 Carburantes y lubricantes.
        • 07.2.3 Mantenimiento y reparaciones.
        • 07.2.4 Otros servicios relativos a los vehículos personales.
      • 07.3 SERVICIO DE TRANSPORTE.
        • 07.3.1 Transportes por ferrocarril (tren, metro, tranvía,... urbano, interurbano y de larga distancia).
        • 07.3.2 Transportes por carretera (local y larga distancia).
        • 07.3.3 Transporte aéreo.
        • 07.3.4 Transporte de viajeros por mar y vías navegables interiores.
        • 07.3.5 Otros servicios de transporte.
      • 07.4 GASTOS NO DESGLOSABLES EN TRANSPORTES.
        • 07.4.1 Gastos no desglosables en transportes.
    • GRUPO 08: COMUNICACIONES
      • 08.1 COMUNICACIONES.
        • 08.1.1 Servicios postales.
        • 08.1.2 Equipos de teléfono y fax.
        • 08.1.3 Servicios de teléfono, telégrafo y fax.
      • 08.2 GASTOS NO DESGLOSABLES EN COMUNICACIONES.
        • 08.2.1 Gastos no desglosables en comunicaciones.
    • GRUPO 09: OCIO, ESPECTÁCULOS Y CULTURA
      • 09.1 EQUIPOS Y ACCESORIOS AUDIO-VISUALES, FOTOGRÁFICOS Y DE PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN, INCLUYENDO SUS REPARACIONES.
        • 09.1.1 Aparatos receptores, registradores y reproductores de sonido y de la imagen.
        • 09.1.2 Equipo fotográfico y cinematográfico, instrumentos ópticos.
        • 09.1.3 Material de tratamiento de la información.
        • 09.1.4 Soporte para el registro de imagen y sonido.
        • 09.1.5 Reparación de equipos y accesorios audiovisuales, fotográficos y de procesamiento de la información.
      • 09.2 OTROS BIENES DURADEROS IMPORTANTES PARA EL OCIO Y LA CULTURA.
        • 09.2.1 Otros bienes duraderos importantes para el ocio y la cultura.
        • 09.2.2 Reparación de otros bienes duraderos importantes para el ocio y la cultura.
      • 09.3 OTROS ARTÍCULOS Y EQUIPAMIENTO RECREATIVOS; FLORES, JARDINERÍA Y MASCOTAS.
        • 09.3.1 Juegos, juguetes y hobbies, equipo para deporte y entretenimiento al aire libre
        • 09.3.2 Jardinería y flores.
        • 09.3.3 Animales domésticos.
      • 09.4 SERVICIOS RECREATIVOS Y CULTURALES.
        • 09.4.1 Servicios recreativos y deportivos.
        • 09.4.2 Servicios culturales.
        • 09.4.3 Juegos de azar.
      • 09.5 PRENSA, LIBRERÍA Y PAPELERÍA.
        • 09.5.1 Libros.
        • 09.5.2 Prensa.
        • 09.5.3 Impresos diversos.
        • 09.5.4 Materiales de papelería y pintura.
      • 09.6 VACACIONES TODO INCLUIDO.
        • 09.6.1 Vacaciones todo incluido.
      • 09.7 GASTOS NO DESGLOSABLES EN OCIO, ESPECTÁCULOS Y CULTURA.
        • 09.7.1 Gastos no desglosables en ocio, espectáculos y cultura.
    • GRUPO 10: ENSEÑANZA
      • 10.1 SERVICIOS DE ENSEÑANZA.
        • 10.1.1 Educación infantil, educación preescolar y educación primaria.
        • 10.1.2 Enseñanza secundaria.
        • 10.1.3 Enseñanza superior.
        • 10.1.4 Enseñanza no definida por el grado.
      • 10.2 GASTOS NO DESGLOSABLES EN ENSEÑANZA.
        • 10.2.1 Gastos no desglosables en enseñanza.
    • GRUPO 11: HOTELES, CAFÉS Y RESTAURANTES
      • 11.1 RESTAURANTES Y COMIDAS FUERA DEL HOGAR.
        • 11.1.1 Restaurantes y cafés.
        • 11.1.2 Cantinas y comedores.
      • 11.2 SERVICIOS DE ALOJAMIENTO.
        • 11.2.1 Servicios de alojamiento.
      • 11.3 GASTOS NO DESGLOSABLES EN HOTELES, CAFES Y RESTAURAN TES.
        • 11.3.1 Gastos no desglosables en hoteles, cafes y restaurantes.
    • GRUPO 12: OTROS BIENES Y SERVICIOS
      • 12.1 CUIDADOS PERSONALES.
        • 12.1.1 Peluquería y estética personal.
        • 12.1.2 Aparatos, artículos y productos para los cuidados personales.
        • 12.1.3 Otros servicios para los cuidados personales n.c.o.p.
      • 12.2 EFECTOS PERSONALES NO DECLARADOS ANTERIORMENTE.
        • 12.2.1 Joyería, bisutería y relojería.
        • 12.2.2 Otros efectos personales.
      • 12.3 PROTECCIÓN SOCIAL.
        • 12.3.1 Servicios de protección social.
      • 12.4 SERVICIOS DE SEGURO.
        • 12.4.2 Seguros ligados a la vivienda.
        • 12.4.3 Seguros ligados a la sanidad. Seguros de enfermedad y accidente.
        • 12.4.4 Seguros ligados al transporte.
        • 12.4.5 Otros seguros.
      • 12.5 SERVICIOS FINANCIEROS NO DECLARADOS EN OTRA PARTE.
        • 12.5.1 Servicios financieros no declarados en otra parte.
      • 12.6 OTROS SERVICIOS NO DECLARADOS ANTERIORMENTE.
        • 12.6.1 Otros servicios no declarados anteriormente.
      • 12.7 DINERO DE BOLSILLO A MENORES RESIDENTES EN EL HOGAR.
        • 12.7.1 Dinero de bolsillo a menores residentes en el hogar.
      • 12.8 REMESAS A MIEMBROS DEL HOGAR NO RESIDENTES EN LA VIVIENDA.
        • 12.8.1 Remesas a miembros del hogar no residentes en la vivienda.
      • 12.9 GASTOS NO DESGLOSABLES EN OTROS BIENES Y SERVICIOS.
        • 12.9.1 Gastos no desglosables en otros bienes y servicios.

CNAE-09 (Clasificación Nacional de Actividades Económicas)

Es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas resultante del proceso internacional de revisión denominado Operación 2007. Fue elaborada según las condiciones recogidas en el Reglamento de aprobación de la NACE Rev.2. El objetivo de esta clasificación es establecer un conjunto jerarquizado de actividades económicas que pueda ser empleado para:

  • Favorecer la implementación de estadísticas nacionales que puedan ser diferenciadas de acuerdo con las actividades establecidas
  • Clasificar las unidades estadísticas y entidades según la actividad económica ejercida
Acceso a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009)

CNAE-93 Rev.1 (Clasificación Nacional de Actividades Económicas)

Es la Clasificación Nacional de Actividades Económicas elaborada según las condiciones recogidas en el Reglamento de implantación de la NACE Rev. 1.1. El objetivo de esta clasificación es establecer un conjunto jerarquizado de actividades económicas que pueda ser empleado para:

  • Favorecer la implementación de estadísticas nacionales que puedan ser diferenciadas de acuerdo con las actividades establecidas
  • Clasificar las unidades estadísticas y entidades según la actividad económica ejercida

Código de la cuenta de cotización

código al cual se vinculan los trabajadores por cuenta ajena. Cada empresa puede tener uno o varios códigos de cuenta de cotización pero sólo hay un principal. Los demás (secundarios) están vincularos al principal. Los empresarios deben disponer, por lo menos, de un código de cuenta de cotización por cada provincia donde realicen una actividad económica y por cada régimen. Los códigos de cuenta de cotización no identifican necesariamente a los centros de trabajo.

Colocaciones

Son los puestos de trabajo cubiertos por trabajadores durante el período de referencia. Pueden ser :

  • Colocaciones gestionadas: son las realizadas durante el período de referencia mediante gestión de la oficina de empleo, tanto en el proceso de colocación como en procesos previos de preparación del trabajador para su inserción laboral
  • Colocaciones comunicadas: son las realizadas durante el período de referencia sin gestión de la oficina de empleo. Son conocidas a través de las comunicaciones de contratación realizadas por los empleadores y por presentación de contratos a registro, si estos contratos no son consecuencia de una colocación gestionada por la oficina de empleo.

Comidas a domicilio

Es un servicio que tiene como finalidad proporcionar la comida a personas que no pueden salir de casa para hacer su compra o que tienen dificultad en preparar su propia comida debido a que padecen algún tipo de enfermedad física o mental, tienen algún tipo de discapacidad o porque su avanzada edad se lo impide.

Complementos salariales

Conjunto de retribuciones pagadas por encima de las retribuciones básicas (salario base y pagas extraordinarias) que el empleador abona habitualmente previo pacto en convenio colectivo. Destacan los complementos personales, que valoran la antigüedad en el puesto de trabajo, la cualificación individual mediante titulación académica o profesional, los conocimientos de idiomas, informática, etc.; los complementos relacionados con el puesto de trabajo, que se concretan en las específicas circunstancias en que se desarrolla el trabajo; los pluses de nocturnidad, los de trabajo en días festivos, así como los pluses de peligrosidad, penosidad o toxicidad; ...

Conciliaciones

Es el intento obligatorio de acuerdo entre los intereses en conflicto de los trabajadores y empresas, con participación de la Administración y como procedimiento previo a la vida judicial. Pueden ser individuales o colectivas. En ambos casos las conciliaciones se resuelven:

  • Con avenencia: cuando se llega a acuerdo entre las partes.
  • Sin avenencia: cuando no se llega a acuerdo entre las partes.
  • Intentadas sin efecto: cuando no comparezca la parte o las partes demandadas.
  • Tenidas por no presentadas: cuando, debidamente citadas las partes, la promotora no comparezca en el acto.
  • Desistidas: cuando comparezca la parte promotora, para el único efecto de desistir del conflicto producido.
  • Otros tipos: reclamación improcedente recibida por correo e debidamente rexistrada, etc

Consulta externa de un hospital

Consultas realizadas en el propio hospital para aquellos pacientes que necesitan medios diagnósticos, tratamiento y/o rehabilitación que no se pueden proporcionar en el nivel de Atención Primaria, incluyendo la realización de procedimientos quirúrgicos menores. No requieren ingreso en el hospital, sino que se llevan a cabo de forma ambulatoria.

Consulta médica

Cualquier visita a un profesional médico titulado (personal o telefónicamente), para diagnóstico, examen, tratamiento, seguimiento, consejo o cualquier otro trámite. También se considera consulta médica las revisiones y peticiones de recetas. No se considera consulta médica los exámenes médicos colectivos (laborales, escolares, etc.), la simple petición de hora o cita, las consultas al estomatólogo, dentista o higienista dental, la realización de cualquier prueba diagnóstica (radiografías, análisis, etc.) el procedimiento terapéutico indicado por un médico, ni los contactos con farmacéuticos u ópticos para la adquisición de prescripciones médicas.

Consultas a especialistas

Hace referencia a las consultas a médicos especialistas en consultas externas o de urgencias, incluyendo al cirujano maxilofacial y otros cirujanos, pero no a dentistas generales. También se consideran las consultas médicas en el lugar de trabajo o centro de estudios, o a un especialista en el extranjero. No se incluyen las visitas realizadas en el hospital como paciente ingresado o atendido en el hospital de día.

Consumo intensivo de alcohol

Consumo en una misma ocasión de 6 o más bebidas. Se entiende en una misma ocasión el consumo en una misma situación, por ejemplo, un tiempo continuado de ocio, una comida, una fiesta, etc.

Contrato de interinidad

Contrato de duración temporal para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto, en jornada completa o parcial..

Contrato de obra o sercicio

Son los concertados para la realización de obras o servicios determinados, en jornada completa o parcial, en la actividad de la empresa y cuya duración es temporal.

Contrato de relevo

Contrato de duración indefinida o hasta el momento de la jubilación del trabajador al que sustituye por jubilación parcial, con jornada parcial o completa.

Contrato de sustitución por jubilación a los 64 años

Contrato para trabajadores desempleados que sustituyan a otros trabajadores que anticipan la edad de jubilación en un año.

Contrato en prácticas

Contratos destinados a completar la formación de trabajadores con títulos universitarios o de formación profesional. Son contratos de duración temporal, con jornada a tiempo parcial o completa, indistintamente..

Contrato eventual por circunstancias de la producción

Contrato de duración temporal, en jornada completa o parcial, para atender las exigencias circunstaciales del mercado.

Contrato indefinido fomento de empleo

Contrato de duración indefinida acogido a Fomento de la Contratación Indefinida y jornada completa, parcial o fijo discontinuo, orientado a incentivar la contratación de trabajadores desempleados.

Contrato indefinido ordinario

Es el concertado sin establecer límites de tiempo a la prestación de servicios con jornada a tiempo completo, parcial o fijo discontinuo.

Contrato indefinido personas con discapacidad

Contrato de duración indefinida dirigido a la integración laboral de personas con discapacidad y que puede ser de jornada completa o a tiempo parcial.

Contrato para la formación

Contrato destinado a los jóvenes de 16 a 24 años, (hasta el 31 de diciembre de 2013 se puede celebrar con trabajadores de hasta 30 años), para la adquisición por parte del trabajador de la cualificación necesaria para el desempeño de un oficio o puesto de trabajo concreto..

Contrato por jubilaciónparcial

Contrato de duración determinada y jornada parcial, complementario del de relevo, que se firma con el trabajador que se jubila parcialmente..

Contrato temporal

Con carácter general, un empleo se define como temporal cuando la finalización del contrato o relación laboral queda determinada por condiciones objetivas, como la expiración de un plazo, la realización de una tarea determinada, la reincorporación de un empleado al que se substituiría temporalmente, la realización de un período de prácticas, etc. En todo caso, en este tipo de contratos las condiciones de su finalización generalmente aparecen recogidas en el contrato.

Contrato temporal para personas con discapacidad

Contrato temporal de doce meses a tres años, con jornada completa o parcial, para personas con discapacidad..

Contratos convertidos en indefinidos

Bajo este concepto se indican los contratos por tiempo determinado que, al amparo de la normativa en vigor, son transformados en indefinidos. Los contratos susceptibles de ser convertidos en indefinidos son:

  • Contrato de obra o servicio.
  • Contrato de eventuales por circunstancias de la producción.
  • Contrato de interinidad.
  • Contrato temporal de personas con discapacidad.
  • Contrato de substitución por jubilación a los 64 años.
  • Contrato en prácticas.
  • Contrato de relevo.
  • Contrato de formación.
  • Otros contratos.

Convenio colectivo

Es el acuerdo firmado por las comisiones negociadoras e inscrito en el Registro de Convenios Colectivos de la autoridad laboral competente. A efectos estadísticos se recogen, tanto los convenios firmados, como las revisiones de carácter anual que se realizan para aquellos convenios cuya vigencia es de dos o más años. También se incluyen las adhesiones, arbitrajes voluntarios, extensiones de convenios y otros acuerdos registrados con eficacia general de convenio, así como los pactos de eficacia limitada o convenios extraestatutarios en la medida en que se tiene conocimiento de sus datos, puesto que, aunque formalmente no tienen reconocida eficacia de convenio, la entidad económica que tienen algunos de estos pactos así lo aconseja. Según el ámbito del convenio puede ser:

  • Convenios de empresa: engloban tanto a los convenios que afectan a todo el cuadro de personal de una empresa como parte de ella. Se identifica cada convenio con una empresa, sin embargo algunas empresas tienen más de un convenio por lo que el número de estas puede estar sobrevalorado.

  • Convenios de otro ámbito: se refiere a los convenios de ámbito superior a la empresa.
    Os convenios tanto de empresa como doutro ámbito poden ser provinciais, cando afectan unha soa provincia; autonómicos, cuando afectan a más de una provincia de una misma comunidad autónoma o interautonómicos, cuando afectan a más de una provincia perteneciente a más de una comunidad autónoma.

Correspondencia entre los sectores utilizados en las tablas de la Agencia Tributaria y la CNAE-2009

Correspondencia entre los sectores utilizados en las tablas de la Agencia Tributaria y la CNAE-2009

  • Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca: sección A de la CNAE-2009
  • Industria extractiva, energía y agua: secciones B, D e E de la CNAE-2009
  • Industria: sección C de la CNAE-2009
  • Construcción y actividades inmobiliarias: secciones F e L de la CNAE-2009
  • Comercio, reparaciones y transporte: secciones G e H de la CNAE-2009
  • Información y comunicaciones: sección J de la CNAE-2009
  • Entidades financieras y aseguradoras: sección K de la CNAE-2009
  • Servicios a las empresas: secciones N e M de la CNAE-2009
  • Servicios sociales: secciones P, Q e O de la CNAE-2009
  • Otros servicios personales y de ocio: secciones I, R e S de la CNAE-2009
Para más información consultar la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009).

Coste laboral

Se define el coste laboral como el coste en el que incurre el empleador por la utilización del factor trabajo. Incluye:

  • el coste salarial
  • otros costes: percepciones no salariales y cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social.

Coste salarial

Comprende todas las percepciones económicas realizadas a los trabajadores, en efectivo o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, que retribuyen el trabajo en efectivo (cualquiera que sea la forma de remuneración) o los periodos de descanso computables como de trabajo. Las percepciones salariales comprenden: el salario base, los complementos salariales, pagos por horas extraordinarias y/o complementarias, gratificaciones extraordinarias y salario en especie.

Cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social

Son las aportaciones legalmente establecidas y que el empleador hace al sistema de la Seguridad Social en favor de sus empleados, para cubrir las prestaciones que el sistema establece, y que son las derivadas de situaciones de enfermedad, maternidad, accidente laboral, invalidez, jubilación, familia, supervivencia, desempleo, formación profesional, garantía salarial, o cualquier otra contingencia cubierta por el sistema de Seguridad Social.

Cotizaciones voluntarias

Recogen las aportaciones del empleador a circuitos privados de seguridad social u otras entidades de seguros al objeto de cubrir, mejorar o complementar las prestaciones establecidas por el sistema de Seguridad Social. Tales cotizaciones no tienen carácter obligatorio sino que se suelen establecer en los convenios colectivos de manera negociada. Entre estas cotizaciones destacan: planes y fondos de pensiones, seguros de enfermedad, maternidad o accidente, otros planes o seguros.

COVID-19

Dolencia respiratoria, altamente contagiosa, causada por el coronavirus SARS-CoV-2, que tiene como síntomas más característicos fiebre, tos seca, dispnea, mialgia y cansancio, y que en algunos casos graves puede producir neumonía, síndrome de dificultad respiratoria aguda, sepsis y choque séptico. Esta palabra es el acrónimo del inglés Coronavirus Disease 2019 'dolencia por coronavirus 2019'

Crecimiento migratorio

Para cada ámbito territorial, es la diferencia entre el número de inmigraciones y el número de emigraciones. Si es positivo indica que las entradas de población superan las salidas y si es negativo lo contrario.

Crecimiento vegetativo

Es la diferencia existente entre los nacimientos y las defunciones ocorridas durante un período de tiempo definido.

Cuidado a adultos dependientes

En el módulo sobre conciliación entre vida laboral y familiar de la Encuesta de población activa (EPA) se consideran cuidados a adultos dependientes las siguientes actividades:

  • Cuidado personal (aseo, ayuda para vestirse, ayuda para comer, etc.)
  • Ayuda física (por ejemplo, para moverse o caminar).
  • Ayuda en asuntos financieros.
  • ayuda en tareas domésticas (limpieza de la casa, lavado de ropa, etc.)
  • Hacer compañía, visitar, conversar.
No se considera como cuidado a adultos dependientes la ayuda económica ni el voluntariado de cualquier tipo.

Cuidado a menores

En el módulo sobre conciliación entre vida laboral y familiar de la Encuesta de población activa (EPA) se consideran cuidados a menores las siguientes actividades

  • Cuidado personal (aseo, ayuda para vestirse, ayuda para comer, etc.)
  • Ayuda en la realización de tareas escolares.
  • Juegos.
  • Lectura.
  • Vigilancia.
  • Paseos.
No se considera como cuidado a niño la ayuda económica ni el voluntariado de cualquier tipo.

Defunción

El concepto estadístico de defunción utilizado tradicionalmente en España comprendía a todos los fallecidos con más de 24 horas de vida. A partir de 1975 el concepto se amplió con la incorporación de los nacidos con vida fallecidos durante las primeras 24 horas. Con este cambio se adopta el criterio recomendado por los organismos internacionales.

Defunciones teóricas (dx)

Número de muertes que ocurren entre las edades exactas x y x+n.

Demandantes de empleo no ocupados

El concepto de demandante de empleo no ocupado (DENO) intenta aproximar el concepto de paro basado en los criterios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Su definición no está regulada por ningún precepto legal y se calcula a partir de la cifra de paro registrado a la que se suman los siguientes cinco colectivos que, según los criterios de la OIT, podrían cumplir las condiciones para ser considerados parados: los estudiantes, los demandantes de servicios previos al empleo, los demandantes de empleo coyuntural, los demandantes de empleo de jornada reducida (inferior a 20 horas) y los trabajadores eventuales agrarios subsidiarios.

Demandas de empleo registradas

Son las solicitudes de puestos de trabajo registradas en las oficinas públicas de empleo realizadas por los trabajadores en edad laboral que desean trabajar por cuenta ajena. Incluyen las de trabajadores que no tienen empreo, tanto de aquellos que no trabajaron anteriormente y buscan empleo por primera vez como las de los que tuvieron un empleo anterior, y las de trabajadores ocupados que buscan empleo para sustituir o complementar el que tienen. 

Densidad de población

Es el cociente entre la población de un territorio y su extensión superficial, es decir, el número de habitantes por cada kilómetro cuadrado de superficie

Densidad media de cotización posible

Cociente entre el tiempo total cotizado en situación de alta laboral y la vida laboral posible de la persona, considerando como fecha de inicio de esta el momento en que se cumplen los 16 años (edad mínima legal para trabajar actualmente en España) y como fecha de fin el 31/12/2018.

Densidad media de cotización real

Cociente entre el tiempo total cotizado en situación de alta laboral y la vida laboral real de la persona, considerando como fecha de inicio de esta el momento en el que se accede al mercado de trabajo y como fecha de fin el 31/12/2018.

Dependencia

Estado de carácter permanente en el que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, enfermedad o discapacidad, y ligadas a la falta o pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesitan de la atención de otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

Dependencia funcional

Déficit de una persona en alguno de los siguientes aspectos: - Actividades de cuidado personal: tomar sus medicinas, comer, vestirse y desnudarse, peinarse y afeitarse, cortar las uñas de los pies, lavar la cara y el cuerpo de cintura para arriba, ducharse o bañarse y quedarse solo durante la noche. - Labores domésticas: utilizar el teléfono, comprar comida o ropa, preparar el desayuno o la comida, cortar pan, fregar la vajilla, hacer la cama, cambiar las sábanas, lavar la ropa ligera a mano, lavar ropa a máquina, limpiar la casa, limpiar una mancha del suelo y coser un botón. - Actividades de movilidad: coger un transporte público, administrar su dinero, andar (con o sin bastón), levantarse de la cama y acostarse, andar una hora seguida y subir diez escalones

Desempleados

En el Mercado de trabajo y pensiones en las fuentes tributarias es el número de personas que a lo largo de un ejercicio recibieron alguna prestación por desempleo. Es el colectivo formado por la totalidad de personas perceptoras de prestaciones o subsidios por desempleo, independientemente de cuál sea su forma de pago, incluyendo las percepciones declaradas en la clave C del Modelo 190 de la "Declaración Anual de Retenciones sobre las Rentas de Trabajo" (prestaciones o subsidios por desempleo) y en la clave D (prestaciones de desempleo abonadas en la modalidad de pago único). En este colectivo no se produce el fenómeno de pluralidad, al ser únicas las prestaciones por desempleo y pagadas siempre por el mismo retenedor.

Desfase relativo de la renta baja mediana

Distancia entre el límite de riesgo de pobreza y la mediana de los ingresos equivalentes de las personas en riesgo de pobreza expresada como porcentaje del límite de riesgo de pobreza.

Diagnóstico principal

Afección que motivó el ingreso en el hospital, según el criterio del servicio clínico o facultativo que atendió al enfermo, aunque durante su estancia aparezcan complicaciones importantes e incluso otras afecciones independientes

Dieta

Hace referencia a los alimentos (o mezcla de alimentos) que en unas determinadas cantidades son ingeridos de forma habitual, generalmente a diario, y representa el modelo o patrón de alimentación que sigue un individuo. Se entiende que una persona sigue una dieta o régimen especial si modifica su hábito alimentario, por consejo médico o decisión propia, sea cual sea el motivo

Dietista, nutricionista

Especialista que desarrolla actividades orientadas a la alimentación de la persona o de grupos de personas, adecuadas a las necesidades fisiológicas y, en su caso, patológicas de las mismas, y de acuerdo con los principios de prevención y salud pública. Recomendando dietas específicas o cambio en los hábitos alimenticios previenen y tratan ciertos tipos de enfermedad.

Directiva INSPIRE

La Directiva INSPIRE (Infrastructure for Spatial Information in Europe) determina las reglas generales para el establecimiento de una Infraestructura de Información Espacial en la Unión Europea. Se inicia ante la necesidad de organizar y poner en común la información espacial de las diferentes Infraestructuras de datos Espaciales de los Estados Miembros y con el objetivo de superar los problemas de disponibilidad, calidad, gestión, accesibilidad y puesta en común de toda la geo-información.

Discapacidad

Según la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) de la Organización Mundial de la Salud, se entiende por discapacidad la situación resultante de la interacción entre la condición de la salud y los factores contextuales que restringe la participación de la persona.

Discriminación

Se refiere a un tratamiento despectivo hacia una persona debido a sus características personales o a la categoría de personas a la que pertenece (raza, condición social, etc.).

Disfunción psicológica

Se trata de un indicador que mide el estado de salud mental de una persona. Se construye a partir de cinco preguntas:

  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia estuvo especialmente tenso?
  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia se sintió tan bajo de moral que nada podía animarlo?
  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia se sintió calmado y tranquilo?
  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia se sintió desanimado y deprimido?
  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia se sintió feliz?
Los valores de este indicador oscilan entre 0 y 100 puntos. Una puntuación de 100 representaría la salud mental óptima.

Disolución matrimonial

El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio.

Distribución de la renta S80/S20

Indica, para cada ámbito geográfico, el cociente entre el total del ingreso equivalente del quintil más rico y el total del ingreso equivalente del quintil más pobre de la población en ese ámbito.

Divorcio

Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro, cuando concurran los requisitos y circunstancias exigidos en el artículo 81 del Código Civil:

  1. A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio.
  2. A petición de uno solo de los cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. No será preciso el transcurso de este plazo para la interposición de la demanda cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.
La acción de divorcio se extingue por la muerte de cualquiera de los cónyuges y por su reconciliación, que deberá ser expresa cuando se produzca después de interpuesta la demanda.

La reconciliación posterior al divorcio no produce efectos legales, si bien los divorciados podrán contraer entre sí nuevo matrimonio.

La disolución del matrimonio por divorcio sólo podrá tener lugar por sentencia que así lo declare y producirá efectos a partir de su firmeza.

Edad media a 1 de enero

Media aritmética de las edades de los individuos que componen una población.

Edad media a la maternidad

Media aritmética de las edades a las que las mujeres tienen hijos, en grupos quinquenales, ponderada por las tasas específicas de fecundidad de cada grupo de edad.

Edad media a la maternidad

Media de las edades a las que las mujeres tienen hijos ponderada por las tasas específicas de fecundidad por edad.<\p>

Edad media a la migración

Media aritmética de las edades a las que se producen las migraciones

Edad media a la paternidad

Media aritmética de las edades a las que los hombres tienen hijos, en grupos quinquenales, ponderada por las tasas específicas de fecundidad de los hombres de cada grupo de edad.

Edad media al matrimonio

Media de las edades a las que se contrae matrimonio (de 14 a 60 años) ponderada por las tasas específicas de nupcialidad por edad.

Edad media al primer matrimonio

Media aritmética de las edades a las que los solteros contraen matrimonio, en grupos quinquenales, ponderada por las tasas específicas de nupcialidad de los solteros.

Edad media al primer matrimonio

Media de las idades a las que los solteros contraen matrimonio (de 14 a 60 anos) ponderada por las tasas específicas de nupcialidad de los solteros por edad.

Edad media de la madre al nacimiento del primer hijo

Media aritmética de las edades a las que las mujeres tienen a su primer hijo, en grupos quinquenales, ponderada por las tasas específicas de fecundidad de cada grupo de edad de las madres que tienen su primer hijo.

Educación especial

Es una educación dirigida a los alumnos con necesidades educativas especiales, temporales o permanentes, para que puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. La escolarización en unidades o centros de educación especial sólo se lleva a cabo en los casos en los que las necesidades del alumno no puedan ser atendidas en un centro ordinario.

Educación infantil

Enseñanza de régimen general, de carácter voluntario. Comprende hasta los seis anos de edad. Se estructura en dos ciclos: el primero hasta los tres años y el segundo desde los tres hasta los seis años de edad.

Educación primaria

Forma parte de la enseñanaza básica y tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende seis cursos académicos que se cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad . Se organiza en asignaturas y áreas que tendrán un carácter global e integrador. Los alumnos se incorporarán, con carácter general, al primer curso en el años natural en el que hagan los seis años

Educación reglada / Planes oficiales de estudio

Educación o formación con las siguientes características:

  • Su objetivo y formato están predeterminados.
  • Están contemplados en los sistemas de educación de colegios, escuelas, universidades y otras instituciones de enseñanza.
  • Normalmente, constituyen una mejora en la educación.
  • Se estructuran en términos de objetivos de aprendizaje, tiempo de aprendizaje y soporte de aprendizaje.
  • Normalmente, suponen obtener un título reconocido por las autoridades nacionales que cualifica a quien lo obtienen para una educación / programa específico.
  • Se corresponde con los programas recogidos por los cuestionario de la UOE (UNESCO/OECD/Eurostat).

Educación secundaria obligatoria

Es una etapa educativa obligatoria y gratuita que completa la educación básica. Consta de cuatro cursos académicos que se realizan ordinariamente entre los 12 y 16 años de edad. Desde el curso 2015-2016 comprende dos ciclos: el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno.

Ejecución hipotecaria

Se refiere a los procedimientos que, tramitados en los Juzgados de Primera Instancia, permiten exigir el pago de las deudas garantizadas por garantía o hipoteca al acreedor con escritura de hipoteca a su favor, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.

Electricidad

En la Encuesta social 2008: hogares y medio ambiente, se considera que en una vivienda disponen de electricidad cuando esta procede de una red general de distribución y es conducida al interior de la vivienda por una instalación fija, o es producida por un generados propio del edificio.

Emigración

Para un ámbito geográfico determinado es aquella migración que tiene origen en ese ámbito y destino fuera del mismo. Se habla de emigración interna cuando el destino es otro municipio de Galicia y de emigración externa cuando el destino es otro municipio del resto de España o el extranjero.

Empleo del tiempo. Actividades prinicpales

Se define la actividad principal como la acción principal realizada por la persona informante durante un momento dado matizada por las circunstancias o el contexto que acompañen a la acción. La actividad principal se clasifica en una estructura jerárquica de hasta tres dígitos. Se puede consultar esta clasificación en el siguinte enlace: actividades principales

Empreario o profesional que emplea personal

Se considera en esta categoría toda persona que lleva su propia empresa, industria, comercio, explotación agrícola o ejerce por su cuenta una profesión liberal u oficio y que con este motivo contrata a un o más empleados o trabajadores a los que remunera mediante un sueldo, jornal, comisión, etc.
Por lo tanto se incluye en este apartado a los patrones, empresarios o los profesionales que emplean personal asalariado. También se incluyen en esta rúbrica los empresarios de empresas en franquicia que a través del contrato de franquicia, adquieren el derecho a realizar actividades de producción o venta de productos o servicios bajo la razón social y marca de un empresario (franquiciador). Los trabajadores que tienen un empleo en una empresa constituida en sociedad anónima (excepto sociedades anónimas laborales y cooperativas), sociedad limitada, etc., en la que:

  • Solos, o junto con otros miembros de la familia o un o varios socios, tienen una participación significativa en la empresa y
  • tienen autoridad para actuar en nombre de la empresa en lo que se refiere a firmar contratos con otras empresas u organizaciones y a contratar y despedir asalariados de la empresa
se consideran empleadores si la empresa tienen asalariados, independientemente de que su empresario tenga además un contrato como asalariado en su propia empresa, y empresario sin asalariados si no los tiene. La participación en la empresa se considera que es significativa cuando el encuestado tenga su propio puesto de trabajo en virtud de la cuantía de esta participación. Los integrantes de un consejo de administración de una empresa constituida en sociedad no se considerarán trabajadores de la empresa sólo por el hecho de acudir al consejo de administración. Para se considerados trabajadores de ella deberán ser empresarios, ayudas familiares o asalariados de la misma, codificándose la situación profesional que corresponda.

Enfermedad

Alteración más o menos grave de la salud

Enfermedad crónica o de larga duración

Se refiere a enfermedades o problemas de salud permanentes (con una duración aproximada de al menos 6 meses) y que pueden necesitar un largo período de supervisión, observación o cuidado. Se incluyen las enfermedades congénitas, lesiones debidas a accidentes y problemas estacionales o intermitentes, como las alergias.

Enfermedad laboral

Enfermedad laboral es toda aquella provocada o empeorada a causa de su trabajo actual o pasado.

Enfermedades de declaración obligatoria (EDOs)

Son las enfermedades consideradas suficientemente importantes desde el punto de vista de la salud pública y que es obligatorio comunicar su ocurrencia a las autoridades sanitarias. Su notificación es obligatoria reglamentariamente. Están obligados a declarar todos los médicos en activo, tanto del sistema público como privado. La declaración de estas enfermedades al Sistema General de Notificación Obligatoria de Enfermedades, en general, se hace bajo sospecha clínica

Enfermos dados de alta

Representa el número de enfermos que causaron alta durante el año. Únicamente se consideran como altas la de aquellos pacientes que produjeron, por lo menos, una estancia. No se contabilizan como altas los traslados entre servicios

Enseñanzas básicas de adultos. Nivel II

Están dirigidas a personas sin ninguna titulación que deseen acceder a la educación secundaria para personas adultas, seguir con garantía de éxito cursos de cualificación profesional o potencia su participación activa en la vida social, cultura, política y económica. Abarca contenidos relacionados con las necesidades y la realidad de las personas adultas, estructurados en tres ámbitos globalizados, en horarios flexibles, con un mínimo de 16 períodos lectivos semanales.

Enseñanzas básicas de adultos. Nivl I

Están dirigidas a personas adultas que no dominan las técnicas instrumentales elementales y que necesitan adquirir técnicas básicas de lectura, escritura y cálculo. Están organizadas para grupos reducidos, con una metodología individualizada y con materiales específicos, en horarios flexibles, con un mínimo de 12 períodos lectivos semanales.

Enseñanzas de adultos

Las enseñanzas de adultos pueden ser regladas o no regladas
Las enseñanzas regladas son: enseñanzas básicas de niveis I, II, III; bachillerato para personas adultas y ciclos formativos para personas adultas.
Las enseñanzas básicas de nivel III y el bachillerato pueden cursarse en las modalidades presencial y a distancia.

Enseñanzas de régimen general

  • Enseñanzas ordinarias:
    • Educación infantil
    • Educación primaria
    • Educación secundaria obligatoria (ESO)
    • Bachillerato
    • Ciclos formativos
    • Programas de cualificación profesional inicial
  • Enseñanzas de adultos:
    • Nivel I
    • Nivel II
    • ESO adultos
    • Bachillerato
    • Ciclos formativos

Episodio continuado de empleo

Periodo continuado durante el cual no se produce la interrupción del vínculo laboral de la persona con la Seguridad Social; durante este periodo, la persona puede solapar contratos, cambiar de modalidad contractual dentro de la empresa o incluso cambiar de empresa, pero se encuentra en todo momento en situación de alta laboral (no puede pasar a situación de inactividad ni percibir una prestación o subsidio por desempleo). De este modo, se diferencian los periodos en los que la persona está trabajando de aquellos en los que no lo está.

Escuelas taller y casas de oficios

Son programas públicos de empleo-formación que tienen como finalidad la inserción laboral de los jóvenes, desempleados y menores de veinticinco años, mediante su cualificación en alternancia con la práctica profesional en ocupaciones o actividades de utilidad pública o interés social.

ESO adultos

Constituyen la segunda etapa de la formación básica para personas adultas, que se organiza en dos niveles, I y II, organizados de forma modular en tres ámbitos: ámbito, científico-tecnológico, ámbito de comunicación y ámbito social. A cada uno de los ámbitos de conocimientos le corresponden cuatro módulos, que estarán distribuidos cuadrimestralmente y, a cada uno de los niveles, le corresponderán dos módulos. En la modalidad presencial, el total de períodos lectivos de estas enseñanzas no podrá ser, en ningún caso, inferior a 1.250.

Espacios escénicos

Espacios que se caracterizan por su carácter estable, hayan tenido o no actividad durante el año de referencia y en buena parte polivalentes para representaciones de teatro, música y danza.

Esperanza de vida (ex)

Promedio de años que le quedan por vivir a un individuo que llega con vida a la edad x, en el caso de que las condiciones de mortalidad se mantuviesen constantes.

Esperanza de vida a los 65 años

Promedio de años que le quedaría por vivir a unha persona que llega con vida a los 65 años, en el caso de que las condiciones de mortalidad se mantuviesen constantes.

Esperanza de vida a los 80 años

Promedio de años que le quedaría por vivir a unha persona que llega con vida a los 80 años, en el caso de que las condiciones de mortalidad se mantuviesen constantes.

Esperanza de vida al nacer

Es el número medio de años vividos por una generación de nacidos bajo unas condiciones de mortalidad dadas

Esperanza de vida sin limitación

Número de años que puede esperar vivir sin limitación una persona en el desarollo de las actividades cotidianas

Establecemiento hotelero

Son establecimientos hoteleros aquellos establecimientos que prestan servicios de alojamiento colectivo mediante precio con o sin otros servicios complementarios (hotel, hotel-apartamento o apartahotel, motel, hostal, pensión, etc.).

Establecimiento sanitario con régimen de internado

Es todo centro sanitario que, con independencia de su denominación, y bajo una misma unidad de dirección, tenga como finalidad principal la prestación de asistencia médica, quirúrgica o médico-quirúrgica a los enfermos ingresados en él. Un establecimiento sanitario con régimen de internado puede estar constituido por un único centro hospitalario o por dos o más que se organizan e integran en el llamado complejo hospitalario. En estos casos es la unidad de dirección y gestión la que sirve para su identificación. De esta forma, un complejo hospitalario puede estar constituido por dos o más centros hospitalarios, incluso distantes entre si y uno o varios centros de especialidades

Estado de salud

Esta característica trata de medir la percepción que tiene la persona sobre su estado de salud.

Estancia en los establecimientos sanitarios con régimen de internado

Conjunto de pernoctas y el tiempo que correspondería al suministro de una comida principal (almuerzo o cena). Se incluyen las estancias causadas durante el año por todos los enfermos que permanecieron ingresados, incluyendo las causadas por pacientes ingresados antes del 1 de enero del año de referencia

Estimaciones de la población actual (ePOBa)

Aproximación estadística a la población residente en un ámbito geográfico. Toma como población de partida la población residente en una determinada área geográfica a comienzos del año en curso y estima la evolución en ese año de los tres fenómenos demográficos básicos (mortalidad, fecundidad y migración) para obtener la población residente en dicha área a 1 de enero del año siguiente.

Estudiante

Se considera estudiante a toda persona que tiene como actividad única (o principal) la adquisición de una instrucción sistemática de cualquier nivel y tipo de estudio.

Expediente de Regulación de Empleo (ERE)

Es un procedimiento administrativo-laboral que deben seguir las personas empresarias para poder adoptar una serie de medidas de regulación del empleo, ya sean de reducción de jornada, suspensión o extinción de los contratos de trabajo, cuando concurran determinadas causas y garantizando los derechos de las personas trabajadoras

Expediente de Regulación Temporal de Emprego (ERTE)

Es una medida laboral por la que se suspende el contrato de la persona trabajadora de forma temporal o se hace una reducción de jornada durante un periodo determinado por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor

Expedientes de regulación de empleo

Son las fichas estadísticas que se cumplimentan a partir de los expedientes administrativos presentados por las empresas o por los representantes legales de los trabajadores para solicitar la suspensión o extinción de las relaciones de trabajo o la reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o de fuerza mayor, o por extinción de la personalidad jurídica del contratante.

Factores de separación (ax)

Promedio de años vividos en el último año de vida por los individuos de sexo s, que fallecen con edad cumplida x.

Familia

Es el grupo de personas que, residiendo en la misma vivienda familiar (por tanto formando parte de un hogar), comparten algunos gastos comunes y están vinculadas por lazos de parentesco, ya sean de sangre o políticos, e independientemente de su grado. Las diferencias entre hogar y familia son que el hogar puede ser unipersoal y que los miembros de un hogar multipersonal no tienen necesariamente que estar emparentados.
En los Censos de Población de 2001 se excluye la condición de compartir algunos gastos en común.

Familia numerosa

Para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la unidad familiar deberá estar formada por uno o dos ascendientes y se necesitan:

  1. Tener tres o más hijos, sean o no comunes. Podrán ser sólo dos en los siguientes casos:
    • que uno de ellos tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% o la condición de incapacitado para el trabajo.
    • que los dos progenitores tengan la condición de reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33% o estén incapacitados para el trabajo o, por lo menos, un de ellos tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  2. También tendrán la condición de familia numerosa las formadas por:
    • Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre o dos, si uno de ellos es discapacitado, mayores de 18 años que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
    • Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador pero no a sus expensas.
  3. Los hijos deberán cumplir las siguientes condiciones:
    • Ser solteros.
    • Convivir con padre/madre.
    • Depender económicamente del padre/madre. Se considera que existe dependencia económica cuando sus ingresos no superen el indicador público de renda de efectos múltiples (IPREM) en cómputo anual.
    • Ser menor de 21 años, excepto si es discapacitado. La edad podrá ampliarse hasta los 25 años si cursan estudios adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
  4. Todos los miembros de la unidad familiar deberán ser españoles o nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de los restantes estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo y tener su residencia en territorio español o ejercer una actividad por cuenta propia o ajena en España, aunque resida en alguno de los países aludidos anteriormente.

Familia numerosa. Categoría especial

Las familias numerosas de categoría especial son:

  • Las de cinco o más hijos.
  • Las de cuatro, en los siguientes supuestos:
    • Si por lo menos tres de los hijos proceden de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
    • Si sus ingresos anuales, divididos por el número de miembros que las componen, no superan en cómputo anual el 75% del IPREM, incluidas las pagas extraordinarias.
En el caso de que existan hijos discapacitados se computará cada uno como dos para determinar la categoría en la que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte.

Familia numerosa. Categoría general

Familias numerosas no clasificadas dentro de la categoría especial.

Fisioterapeuta

Tratan problemas de huesos, músculos, problemas circulatorios o del sistema nervioso. El fisioterapeuta aplica una o más de las siguientes terapias para recuperar o mejorar las funciones motoras: terapia de movimiento, masaje terapéutico y terapia física en sentido estricto, es decir, la aplicación de estímulos físicos, electroterapia, hidroterapia, balneoterapia, etc.

Flujos de movilidad geográfica

En la población permanente, es decir, aquellos asalariados que lo son en los dos años de cada bienio, se definen los flujos de movilidad geográfica, entendiendo éstos como los cambios de domicilio fiscal de los asalariados que suponen cambio de comunidad autónoma.
Las permanencias en el mercado de trabajo se clasifican atendiendo a la Comunidad Autónoma de residencia fiscal en el ejercicio de referencia y en el anterior, y presenta tres situaciones posibles

  • Permanencias puras: que se corresponde con la situación en la que el trabajador reside en la misma comunidad autónoma en los dos años consecutivos.
  • Flujo de entrada: que analiza la movilidad de asalariados desde la perspectiva de la comunidad receptora.
  • Flujo de salida: que muestra la situación de partida o perspectiva de la comunidad emisora.
Folleto

Publicación impresa no periódica que consta de 5 a 48 páginas, sin contar las de la cubierta, impresa y editada en el país y puesta a disposición del público.

Fondo de garantía salarial

Es un Organismo Autónomo de carácter administrativo dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que tiene por finalidad la gestión de las prestaciones de garantía salarial contempladas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, según redacción dada por el Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, destinadas a garantizar a los trabajadores la percepción de salarios adeudados e indemnizaciones pendientes de pago. Tal protección es cubierta por el citado Organismo, que se financia con cotizaciones empresariales específicas y con los ingresos provenientes de su obligatoria subrogación de los derechos y acciones de los trabajadores frente a los empresarios deudores. Las prestaciones por insolvencia incluyen el importe de las indemnizaciones y salarios pendientes de pago, motivados por declaración de insolvencia en los Juzgados de lo Social, suspensión de pagos, quiebra, concurso de acreedores y fuerza mayor, así como los salarios de tramitación acordados por la jurisdicción competente.
Las prestaciones por regulación recogen, únicamente, las indemnizaciones correspondientes al 40 por ciento de la indemnización legal que corresponda a los trabajadores de empresas de menos de veinticinco trabajadores en los casos de despido colectivo y despido por causas objetivas derivadas de la necesidad de amortizar puestos de trabajo fundados ambos en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Ganancia por hora

Es el cociente entre el salario bruto mensual y las horas trabajadas (normales y extraordinarias) en el mes de referencia (octubre).

Gasto en consumo final

En las operaciones del Sistema de cuentas económicas consiste en el gasto realizado por las unidades institucionales residentes en bienes y servicios que se utilizan para satisfacer directamente las necesidades individuales, o las necesidades colectivas de los miembros de la comunidad. Este gasto puede realizarse en el territorio económico o en el resto del mundo (SEC-2010, 3.94 y siguientes).

En la Cuenta Satélite de Producción Doméstica la función productiva de los hogares se amplía, lo que da origen a que parte del consumo final de este sector se reclasifique en consumo intermedio o formación bruta de capital. Deste modo, la partida incluida en esta operación como consumo final del sector hogares no se corresponde necesariamente con las incluidas en las restantes operaciones del Sistema de cuentas de Galicia. Más información en la metodología de la operación.

En la Encuesta de presupuestos familiares, el gasto en consumo final de los hogares corresponde al gasto efectuado por los hogares con el fin de consumir bienes y servicios. Comprende:

  • Las compras efectuadas de modo monetario.
  • El valor estimado de ciertos bienes y servicios, tales como:
    • El valor de los productos procedentes del autoconsumo (tanto si son consumidos por el hogar como si son regalados a otros hogares).
    • El valor de los productos procedentes del autosuministro (cuando los consume el hogar).
    • Las remuneraciones en especie de los empleadores a sus asalariados.
    • Los alquileres imputados a los propietarios de viviendas o a los que las utilizan de forma gratuita o semigratuita.
    • Comidas o cenas gratuitas o bonificadas en el lugar de trabajo o en el establecimiento de hostelería propiedad del hogar.

Gastos "de su propio bolsillo"

Se considera el coste de cualquier asistencia sanitaria que se haya recibido (médica, dental o farmacéutica) y no haya sido rembolsado por alguna mutualidad pública, compañía de seguros o empresa privada. No se consideran como gastos "de su propio bolsillo" los pagos realizados a las compañías en concepto de primas de seguros.

Gastos de carácter social

Son un conjunto de gastos de muy diversa naturaleza que tienen como objetivo la mejora de la calidad de vida de los trabajadores a través de la acción social impulsada por los colectivos laborales. Destacan los gastos derivados del mantenimiento o adecuación de comedores para uso de los trabajadores, así como los pagos indirectos a estos trabajadores en forma de cheques de comida, gastos de mantenimiento y reparación de edificios e instalaciones destinados a guarderías, actividades deportivas, culturales y de ocio. No se incluyen los costes del personal encargado de estos servicios cuando este pertenezca a la empresa.

Gastos de transporte

Son los ocasionados a la empresa por el transporte gratuito o a precios reducidos de los trabajadores, desde su domicilio al lugar de trabajo. No se incluyen los costes del personal de mantenimiento y conductores cuando estos pertenecen al equipo de la empresa, ni tampoco las cantidades pagadas directamente a los trabajadores como compensación cuando utilizan medios de transporte ajenos a la empresa.

Gastos en formación profesional

Son los ocasionados por proporcionar conocimientos y preparación en técnicas profesionales a los trabajadores con los que existe vínculo laboral y que son de interés para la empresa. No se consideran los gastos derivados de ayudas a los trabajadores que estén siguiendo enseñanzas reguladas. Se consideran gastos en formación profesional a los gastos de mantenimiento, adecuación y equipamiento de edificios e instalaciones destinados a la formación, la participación en cursos, los honorarios y ayudas de formadores externos (nunca del personal de la empresa), el material didáctico y de herramienta, y las cantidades pagadas a organismos de formación, pero siempre en termos brutos sin descontar las subvenciones y ayudas recibidas del INEM o de otros organismos públicos formativos.

Grado de ocupación en los establecimientos sanitarios con régimen de internado

Se calcula como el cociente entre las estancias causadas multiplicadas por 100 y las camas en funcionamiento multiplicadas por 365

Grado de ocupación por plazas

Relación, en porcentaje, entre el total de las pernoctaciones y el producto de las plazas, incluyendo las camas supletorias, por los días a que se refieren las pernoctaciones. Se entiende por camas supletorias todas aquellas que no tengan carácter fijo y que no estén en las plazas declaradas oficialmente por el establecimiento y que constan en el directorio.

Grao de dependencia

Indicador construido para cada persona en situación de dependencia en función del grado de apoyo indicado en las ocho actividades ABVD consideradas.
Para cada ABVD se construye un grado de apoyo de acuerdo con la siguiente escala:

  • 1: No apoyo: no necesita ayuda para realizar esa actividad
  • 2: Supervisión/Preparación: sólo necesita que le preparen los elementos necesarios para realizar la actividad y/o le hagan indicaciones para realizarla correctamente
  • 3: Apoyo moderado: requiere que le ayuden físicamente en la realización de la actividad
  • 4: Apoyo completo: requiere que lo sustituyen en la realización física de la actividad
  • 5: Apoyo especial: presenta trastornos de comportamiento que dificultan la prestación de apoyo para la realización de la actividad
Para construir el grado de dependencia se toma el correspondiente grado de apoyo indicado en cada una de las ocho ABVD y se calcula su suma, que variará entre:
  • 8 (1*8), la persona no necesita apoyo para ninguna de las 8 ABVD (aunque si para alguna de las AIVD)
  • 40 (5*8), la persona necesita o máximo grado de apoyo para cada una de las 8 ABVD
A partir de lo anterior se clasifican las personas dependientes en: < br >
  • dependencia moderada: cuando 8 <= suma(ABVD) <=16
  • dependencia severa: cuando 16 < suma(ABVD) <=24
  • gran dependencia: cuando 24 < suma(ABVD) <=40

Gratificaciones extraordinarias

Son aquellas retribuciones que tienen una periodicidad en su percepción superior al mes: pagas extraordinarias, pagos por participación en beneficios, primas, objetivos y cualquiera otro pago de carácter excepcional.

Grifo monomando

Se entiende por grifo monomando el que tiene un único mando para regular su flujo, la cantidad y la temperatura del agua.

Grifo termostático

Un grifo termostático es el que dispone de un selector de temperatura que mantiene el calor deseado. La elección se hace con una escala en grados que vienen en el mando del grifo.

Herborista, fitoterapeuta

Especialista que utiliza plantas o extractos de plantas para tratar una enfermedad o mejorar la salud del paciente.

Hogar

Es el conjunto de personas que, residiendo en la misma vivienda, comparten gastos comunes ocasionados por el uso de la vivienda y/o gastos de alimentación.
En los Censos de 2001 se excluye la condición de que compartan gastos comunes.

Hogar principal

Se considera hogar principal aquel en el que uno de sus miembros tiene la titularidad de la vivienda que ocupa, ya sea en propiedad o alquiler. En el caso de que la vivienda esté cedida, el hogar principal será aquel en el que esté la persona a favor de la que se hizo la cesión.

Hogar privado

Persona o conjunto de personas que ocupan en común una vivienda principal o parte de ella, y consumen y/o comparten alimentos u otros bienes con cargo a un mismo presupuesto.

Homeópata

Especialista que proporciona pequeñas dosis de sustancias, por motivos curativos, las cuales dadas en proporciones mayores proporcionarían los mismos síntomas de la enfermedad a personas completamente sanas. Selecciona las dosis de las sustancias según la persona, no teniendo solamente en cuenta su enfermedad, sino también su estilo de vida, estado emocional, mental y otros factores.

Hospital

Establecimiento sanitario con régimen de internado que, con independencia de su denominación, tiene como finalidad principal la prestación de asistencia médica o médico quirúrgica a los/as enfermos/as ingresados en el mismo. No se incluyen las residencias de ancianos, orfelinatos, guarderías infantiles, casas de beneficencia, etc.

Hospitalización

Todo ingreso en un hospital para recibir asistencia médica o médico quirúrgica que suponga, al menos, pasar una noche en el mismo o tener una cama asignada. No se considera hospitalización permanecer menos de 24 horas en un servicio de urgencias o en otro servicio para la realización de pruebas diagnósticas o terapéuticas. Tampoco se considera hospitalización la permanencia de las personas que acompañan al enfermo aunque ocupen una cama y estén más de un día, ni los recién nacidos sanos que ocupen una cama más de un día.

Huelgas y cierres patronales

Comprenden las huelgas y cierres patronales convocadas excepto las siguientes:

  • Las que no implican jornadas no trabajadoras, como las llamadas huelgas de celo
  • Las que no suponen una reducción definitiva de la jornada y, en concreto, las de duración inferior a una hora.
  • Las que se refieren a actividades convencionalmente 'no productivas', como las huelgas de estudiantes, consumidores, etc.
  • Las que afectan a colectividades sin derecho a huelga, como es el caso de los funcionarios militares y de las fuerzas de seguridad del Estado

Huésped (hogares)

Se considera huésped a toda persona que, sin tener la consideración de miembro del hogar, comparte alimentos con el mismo considérase hóspede a toda persoa que, sen ter a consideración de membro do fogar, comparte alimentos co mesmo y/o habita en la vivienda aportando al hogar una contraprestación monetaria previamente estipulada, persiguiendo en consecuencia el hogar con su estancia fines lucrativos.

Indemnizaciones por despido

Incluyen el total de los pagos efectuados por despido y extinción del contrato, así como los salarios dejados de percibir en el transcurso de la tramitación de despido que el empleador debe abonar en esta situación (salario de tramitación). Se consideran tanto las indemnizaciones por despidos individuales como las indemnizaciones por despidos colectivos.

Indicador de Confianza del Consumidor (ICC)

Es una media simple de los resultados de las preguntas relativas a la situación económica futura del hogar y de la Comunidad Autónoma, capacidad futura de ahorro y evolución del número de parados. Presenta valores que oscilan entre -100 y +100, siendo los resultados más optimistas tanto para el momento actual como para el futuro los que más se acerquen al punto máximo.
Los resultados de las preguntas se obtienen mediante una media, multiplicando el porcentaje de respuestas por un peso (los que responden NS/NC no computan). Los pesos serán los siguientes: mejora total +1, leve mejora +0,5, neutral 0, pequeño empeoramiento -0,5, empeoramiento -1.
En las preguntas relativas a los precios, dado que éstes tienen una tendencia natural al alza, el coeficiente 0 es el del porcentaje de respuestas que suponen una pequeña subida de precios y el +0,5 si los precios se mantienen igual. En las que se refienren al desempleo se asigna la ponderación +1 al descenso significativo de éste, el +0,5 al ligero descenso, el 0 si permanece estable y pesos negativos para las situaciones de aumento del desempleo.

Indicador de Sentimiento del Consumidor (ISC)

Se calcula como una media de los resultados de las preguntas relativas a la oportunidad de hacer compras y a la situación financiera personal y de Galicia (tanto la evolución pasada como las perspectivas de evolución). Presenta valores que oscilan entre -100 e +100, siendo los resultados más optimistas tanto para el momento actual como para el futuro los que más se acerquen al punto máximo.
Los resultados de las preguntas se obtienen mediante una media, multiplicando el porcentaje de respuestas por un peso (los que responden NS/NC no computan). Los pesos serán los siguientes: mejora total +1, leve mejora +0,5, neutral 0, pequeño empeoramiento -0,5, empeoramiento -1.
En las preguntas relativas a los precios, dado que éstes tienen una tendencia natural al alza, el coeficiente 0 es el del porcentaje de respuestas que suponen una pequeña subida de precios y el +0,5 si los precios se mantienen igual. En las que se refieren al desemprego se asigna la ponderación +1 al descenso significativo de éste, el +0,5 al ligero descenso, el 0 si permanece estable y pesos negativos para las situaciones de aumento del desempleo.

Indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM)

Se utiliza como indicador o referencia del nivel de renta que sirve para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinados beneficios, prestaciones o servicios públicos, sustituyendo al salario mínimo interprofesional en esta función, de forma obligatoria para el caso de las normas del Estado y de forma potestativa para el caso de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades de Ceuta y Melilla y de las entidades que integran la Administración local.

Índice de criminalidad

Cociente entre el número de delitos por cada mil habitantes

Índice de dependencia global

Relación entre los grupos de población potencialmente dependientes (población menor de 15 años y población mayor de 64 años) y el grupo de población en edad potencialmente activa (población entre 15 y 64 años).

Índice de dependencia juvenil

Relación entre la población joven (población menor de 15 años) y la población en edad potencialmente activa (población entre 15 y 64 años).

Índice de dependencia senil

Relación entre la población mayor (población mayor de 64 años) y la población en edad potencialmente activa (población entre 15 y 64 años).

Índice de envejecimiento

Relación entre la población mayor de 64 años y la población menor de 20 años expresada en %, es decir, el número de personas de 65 o más años por cada 100 menores de 20 años.

Índice de envejecimiento

Relación entre la población mayor de 64 años y la población menor de 16 años.

Índice de estructura de la población en edad activa

Relación entre la población entre 40 y 64 años y la población entre 15 y 39 años.

Índice de feminidad

El cociente entre la población activa femenina y la población activa masculina señala el número de mujeres activas por cada hombre activo.

Índice de Gini

Es el índice más utilizado para medir la concentración de una distribución de rentas entre los miembros de un colectivo. Para su cálculo se utiliza el ingreso equivalente por persona siendo éste el ingreso equivalente del hogar al que pertenece.
Sean X i ; i=1, ..., n los ingresos, ordenados de menor a mayor, de las n personas de la muestra y wi ; i=1, ..., n los correspondientes factores de elevación; sea Q=S i=1,n(Xi wi) el ingreso total estimado, de manera que Qi= S j=1,i(Xj wj)/Q es la proporción de ingreso total acumulado por las personas con ingreso equivalente menor o igual a X i ; i=1, ..., n ; que nos da las ordenadas de la curva de Lorenz; por último N= S i=1,n(wi) representa el total poblacional de personas. La fórmula empleada para el índice es:
IG=1- 1/N S i=1,n(Qi-1+Qi) wi; con Q0=0
que resulta de simplificar la fórmula: IG=1-2A, donde A es el área dentro del cuadrado unidad bajo la curva de Lorenz que se estima por:
A=S i=1,n(Qi-1+Qi) wi/2N

Índice de incidencia de accidentes de trabajo

Se calcula como el cociente entre los accidentes en jornada de trabajo con baja y la media anual de los trabajadores afiliados en situación de alta laboral en los regímenes que tengen cubierta la contingencia de accidente de trabajo.

Índice de juventud

El índice de juventud se define como el cociente entre la población activa entre los 16 y 39 años y la población activa entre los 40 y 64 años.

Índice de Masa Corporal (IMC)

Se define como la relación entre el peso del individuo (expresado en kilogramos) y el cuadrado de la talla (expresada en metros): IMC=kg/m2. La clasificación de los individuos en función de su IMC en personas con peso insuficiente, peso normal, sobrepeso y obeso se ha realizado atendiendo a los estándares marcados por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Índice de masculinidad

Número de hombres por cada 100 mujeres en un determinado grupo de individuos.

Índice de recambio de la población en edad activa

Relación entre la población entre 60 y 64 años y la población entre 15 y 19 años. Mide la capacidad de una población para substituir los individuos que se van jubilando.

Índice de rotación (establecimientos sanitarios)

Se calcula como el cociente entre las altas y las camas en funcionamiento

Índice de sobreenvejecimiento

Relación entre la población mayor de 84 años y la población menor de 64 años expresada en %, es decir, el número de personas de 85 o más años por cada 100 de 65 o más años.

Índice sintético de fecundidad o número medio de hijos por mujer

Representa el número esperado de hijos por mujer a lo largo de su vida fértil (de 15 a 49 años). Se obtiene como la suma de las tasas específicas de fecundidad por edad.

Índice sintético de nupcialidad

Suma de las taxas específicas de nupcialidad (de primeras nupcias) y refleja el número total de matrimonios en una cohorte ficticia a lo lardo de su vida

Ingreso equivalente del hogar

Este concepto corrige el efecto del número de personas en el volumen de ingresos del hogar, haciendo comparables los ingresos de hogares con distinto número de miembros. Para eso se calculan las unidades de consumo del hogar empleando la escala de equivalencia de la OCDE modificada que tiene la expresión:
[1+0,5*(a-1)+0,3*(b)]
donde
a es el número de persoas de 14 o más años del hogar,
b es el número de persoas menores de 14 años del hogar.
Se define el ingreso equivalente del hogar como el ingreso medio mensual del hogar dividido por la expresión anterior.

Ingreso medio mensual del hogar

Es la media mensual de los ingresos netos monetarios de todos los miembros del hogar en el año natural anterior a la realización de la encuesta, sean estudiantes regulares o no.

Inmigración

Para un ámbito geográfico determinado es aquella migración con destino este ámbito y origen fuera del mismo. Se habla de inmigración interna cuando el origen es otro municipio de Galicia e inmigración externa cuando el origen es otro municipio de España o el extranjero.

Inmigración de retorno a Galicia

Movimiento migratorio con destino y lugar de nacimiento Galicia. Se incluyen tanto las inmigraciones procedentes del extranjero como las procedentes de cualquier municipio de España.

Inmigración de retorno al municipio de nacimiento

Movimiento migratorio con destino el municipio de nacimiento. Se incluyen tanto las inmigraciones procedentes del extranjero como las procedentes de cualquier municipio de España.

Intensidad de ingresos de trabajo en el hogar

Es la suma del número de días con ingresos de trabajo que tuvieron los adultos del hogar entre el número máximo de dias con ingresos de trabajo que podrían tener en el año natural anterior a la realización de la encuesta. La intensidad varía entre 0 y 1, 0 cuando ningún adulto del hogar tuvo ingresos de trabajo y 1 cuando todos los adultos del hogar tuvieron ingresos de trabajo todo el año.

Intensidad de ingresos regulares

Es el número de días con ingresos procedentes del trabajo, prestaciones y subsidios por desempleo, prestaciones contributivas y no contributivas, rentas de alquiler y transferencias por convenios de divorcio en el año natural anterior a la realización de la encuesta para las personas de 18 o más años.

Intensidad de ingresos regulares del hogar

Es la suma del número de días con ingresos regulares que tuvieron los adultos del hogar entre el número máximo de días con ingresos regulares que podrían tener en el año natural anterior a la realización de la encuesta. La intensidad varía entre 0 y 1, 0 es cuando ningún adulto del hogar tuvo ingresos regulares y 1 cuando todos los adultos del hogar tuvieron ingresos regulares todo el año.

Intensidad de trabajo remunerado

Es el número de días con ingresos procedentes del trabajo en el año natural anterior a la realización de la encuesta para las personas de 18 a 64 años.

Intervalo genésico

Es el período de tiempo que hay entre dos nacimientos consecutivos. Este intervalo se calcula tanto para los nacidos vivos dentro como fuera del matrimonio, siempre que haya un nacido vivo anterior.

Intervalo protogenésico

Es el período de tiempo comprendido entre la fecha del matrimonio y la fecha de nacimiento del primer hijo nacido vivo.

Intoxicación

Es una alteración del estado de salud de una persona producida por ingestión de drogas y/o medicamentos (incluye la intoxicación producida por alcohol), ingestión de productos corrosivos, cáusticos, pinturas, barnices y otras sustancias tóxicas bien sean sólidas, líquidas o gaseosas o ingestión de otros productos tóxicos.

ISFAS (Instituto Social de las Fuerzas Armadas)

Organismo público encargado de gestionar el Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.

Jornada continua

Cuando se inicia y finaliza la jornada con una única interrupción de quince a treinta minutos para descansar o tomar algún alimento.

Jornada partida

Cando á metade da xornada hai unha interrupción do traballo de polo menos unha hora de duración

Jornadas no trabajadas por huelga

En los conflictos de días completos y con participación constante, se obtiene multiplicando el número de trabajadores participantes por el número de días laborales de duración del conflicto. En otros casos, en los que la participación no es constante y/o la interrupción del trabajo no afecta a la jornada completa, entendiendo por jornada completa la jornada laboral normal que realiza un trabajador sin tener en cuenta las horas extraordinarias, el cálculo de las jornadas no trabajadas en cada huelga se obtiene multiplicando el número efectivo de participantes en cada uno de los días por parte de la jornada no trabajada de cada día y sumando este resultado para todos los días de duración.

Jubilación anticipada

La jubilación anticipada se produce cuando el trabajador se retira de su empleo remunerado antes de cumplir los 65 años, recibiendo a cambio un pago periódico que intenta mantener sus ingresos. Esto puede traer consigo una reducción de la pensión normal. La jubilación anticipada puede solicitarse atendiendo a varios motivos:

  • Por razón del grupo profesional: la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y tengan elevados índices de morbilidad o mortalidad; es el caso de los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero, el personal de vuelo de trabajos aéreos, los trabajadores ferroviarios, entre otros.
  • Por discapacidad: la edad ordinaria de jubilación puede verse reducida en el caso de trabajadores con discapacidad igual o superior al 65%, o también con una discapacidad igual o superior al 45% siempre que, en este último caso, se trate de discapacidades reglamentariamente determinadas que puedan determinar una reducción apreciable de la esperanza de vida de esas personas.
  • Por tener la condición de mutualista: podrán tener derecho a la pensión contributiva de jubilación a partir de los 60 años (o a una parte de ella) los trabajadores afiliados en alta o en situación asimilada a la de alta que reúnan los requisitos generales exigidos (período mínimo de cotización y hecho causante) y se encuentren en uno de los siguientes grupos:
    • Los trabajadores que cotizasen en alguna de las Mutualidades Laborales de trabajadores por cuenta ajena con anterioridad al 1/01/1967.
    • Los trabajadores ingresados en la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles (RENFE), con anterioridad al 14/07/1967.
    • Los trabajadores pertenecientes a Ferrocarriles Españoles de Vía Estrecha (FEVE), a las Compañías Concesionarias de Ferrocarriles de uso público y a la empresa Ferrocarriles Vascos, Sociedad Anónima (SA), con anterioridad al 19/12/1969.
    • Quien estuviera comprendido en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Minería del Carbón el día 1/04/1969 y fuese cotizante de alguna de las Mutualidades Laborales del Carbón el 31/01/1969 o con anterioridad.
    • Los trabajadores comprendidos en el campo de aplicación del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar el día 1/08/1970.
  • Sin tener la condición de mutualista, siempre y cuando se reúnan los siguientes requisitos:
    • Tener 61 años de edad.
    • Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 30 años; además, del período total de cotización, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
  • Jubilaciones anticipadas desde el 1/01/2004 por expediente de regulación de empleo: todas las jubilaciones, causadas desde el 1/01/2014, motivadas por cese en la relación laboral en virtud de expedientes de regulación de empleo, y siempre que la persona cumpliera los 61 años o gozase de la condición de mutualista, serán consideradas jubilaciones anticipadas.
También se considerará que están cobrando una jubilación anticipada los trabajadores con jubilación a tiempo parcial (personas que continúan trabajando pero reducen sus horas de trabajo mediante un contrato parcial y, a la vez, reciben un pago periódico por una parte de la pensión total de jubilación).

Libro

Toda publicación impresa no periódica que consta como mínimo de 49 páginas, sin contar las de la cubierta, impresa y editada en el país y puesta a disposición del público.

Limitación funcional física

Una persona tiene una limitación en el funcionamiento si manifiesta algún problema o grado de limitación para realizar alguna de las siguientes actividades: desplazarse a pie, subir y bajar tramos de escalera, arrodillarse o doblarse, levantar y llevar objetos, hacer uso fino de la mano y dedos, morder y masticar.

Limitación para las actividades de la vida cotidiana

Limitaciones que una persona puede tener en el desempeño de las actividades en su entorno real como consecuencia de un problema de salud. El desempeño que se espera de una actividad determinada es lo que presentan las personas de la población general que no tienen una condición específica de salud. Una actividad está limitada cuando así lo estima el propio entrevistado. Se consideran actividades de la vida cotidiana tanto aquellas relacionadas con la actividad principal (trabajo, estudios, tareas domésticas, etc.) como aquellas que se llevan a cabo en el tiempo libre (relaciones con amigos, práctica de deportes, asistencia a espectáculos, etc.).

Limitadores de descarga para cisterna

Son dispositivos que se colocan en el tubo del sumidero o sobre la válvula del descargador del inodoro. Este accesorio cerrará automáticamente la válvula cuando se descarguen dos litros.

Logopeda

Especialista que desarrolla actividades de prevención, evaluación y recuperación de los trastornos de la audición, la fonación y del lenguaje. Trabaja con personas que no pueden producir sonidos o no pueden producirlos claramente, con personas con problemas de fluidez (por ejemplo, tartamudos), además de con gente con desórdenes de voz (por ejemplo, graves y agudos inapropiados). También trabaja con personas que desean mejorar sus habilidades de comunicación modificando su acento y con personas con problemas de comunicación tales como atención, memoria, etc.

Mamografía

Radiografía o imagen de rayos X de las mamas que es usada para el diagnóstico de diversas lesiones en las mamas.

Matrimonio

El concepto estadístico de matrimonio utilizado es el de matrimonio inscrito en el Rexistro Civil.

Mediana de ingresos de los hogares

Es el valor que, ordenando todos los hogares de menor a mayor ingreso, deja una mitad de ellos por debajo de dicho valor y la otra mitad por encima.

Mediana de las ganancias medias por hora

Se define como el valor tal que la mitad de la población en esa región/país gana menos que ese valor y la otra mitad gana más. Los datos son relativos a asalariados de empresas de 10 o más asalariados incluidas en alguna de las secciones B a S (excluida la O) de la CNAE 2009.

Medicamento

Toda sustancia medicinal y sus asociaciones o combinaciones destinadas a su utilización en las personas, que se presente dotada de propiedades para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias, o para afectar a funciones corporales o al estado mental. Sólo son medicamentos las especialidades farmacéuticas, las fórmulas magistrales, los preparados o fórmulas oficiales y los medicamentos prefabricados. Se excluyen los productos de higiene personal, vendas y otros apósitos, productos de alimentación, cosmética, caramelos, etc.

Medicamento recetado

Es aquel que un médico ha prescrito o recomendado. Si los ha recomendado un farmacéutico no se consideran recetados.

Medidas de fomento del empleo

Pretenden la contratación indefinida o temporal, o conversión de determinados contratos temporales en indefinidos, de diferentes colectivos de trabajadores mediante la concesión de ayudas económicas e incentivos fiscales y/o bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Miembro de cooperativa de trabajo asociado que trabaja en la misma

Son todos aquellos socios de una cooperativa de producción (incluidos los socios de las sociedades anónimas laborales) que trabajan en ella. Por lo tanto, se incluyen los socios trabajadores de las sociedades anónimas laborales, de las cooperativas de trabajo asociado, de las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, etc. No se incluyen los asalariados que trabajen en las cooperativas.

Miembro del hogar

En la Encuesta estructural a hogares para establecer si una persoan es miembro o no de un hogar setiene en cuenta se pernocta habitualmente cuatro o más noches a la semana en la vivienda (persona presente) o si no lo hace (persona ausente).
Las personas presentes son miembros del hogar si llevan tres o más meses presentes, tanto si ocupan otra vivienda permanentemente como si no, y si llevan menos de tres meses presentes y non ocupan otra vivienda permanentemente.
Las personas ausentes son miembros del hogar si llevan menos de tres meses ausentes y no ocupan otra vivienda permanentemente.
Existen las siguientes excepciones:

  • Personal doméstico interno, que es miembro del hogar salvo que tenga otro hogar que considere como o su hogar principal.
  • Personas desplazadas temporalmente a otro lugar, que son miembros del hogar en el que está su núcleo familiar. Entre ellos están:
    • Varones que cumplen el servicio militar (hasta el año 2001)
    • Enfermos en sanatorios.
    • Personas en viajes de negocio u ocio.
    • Pescadores en el mar.
    • Personal navegante de compañías aéreas o marítimas, nacionales o extranjeras.
    • Personal desplazado por cuidado de familiares.
  • Estudiantes y trabajadores desplazados temporalmente, que se consideran miembros del hogar si piensan volver a reunirse con el núcleo familiar cuando finalice a causa por la que se desplazaron. En el caso de desconocer esta circunstancia, son miembros del hogar si llevan ausentes menos de un año.

Migración

Es el cambio de residencia de un municipio a otro. Si el cambio de residencia se realiza entre los municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia se denomina migración interior. Cuando el movimiento es hacia o desde el resto de España o el extranjero se habla de migración exterior.

Migrante

Toda persona que ha realizado una migración.

Movilidad alternativa

Categoría que incluye las combinaciones posibles de desplazamiento a pie y/o bicicleta.

Muerte fetal tardía

A efectos estadísticos, se considera como muerte fetal tardía el feto muerto con seis o más meses de gestación.

MUFACE (Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado)

Organismo público encargado de gestionar el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

MUGEJU (Mutualidad General Judicial)

Organismo público encargado de gestionar el Régimen Especial de la Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.

Nacimiento

En el campo demográfico el concepto de nacimiento se identifica con el concepto biológico de nacido con vida.

Niño a cargo

Todas las personas no consideradas adultos.

Nivel de estudios alcanzado (EEF)

En la Encuesta de condiciones de vida de las familias (ECV) se utiliza la siguiente clasificación armonizada con la Clasificación Nacional de Educación 2000 (CNED-2000):

  • Analfabetos: personas que no saben leer y/o escribir.
  • Estudios primarios o equivalente
    • Estudios primarios incompletos o equivalente: personas que saben leer y escribir y fueron menos de cinco años a la escuela.
    • Estudios primarios completos o equivalente: personas que fueron más de cinco años a la escuela sin acreditación correspondiente, educación primaria LOGSE completa o cinco cursos de EGB aprobados.
  • Educación secundaria o equivalente
    • Educación secundaria de primera etapa o equivalente: personas que estuvieron escolarizadas todo el período de educación obligatoria y no están en posesión del graduado escolar o equivalente; personas que tienen el certificado de escolaridad, graduado escolar, graduado en educación secundaria (ESO), bachillerato elemental (o tener cursado cuarto curso sin superarlo), o certificado de estudios primarios (antes de la Ley general de educación) o equivalente a algún de los anteriores; personas con programas para la formación e inserción laboral que no precisan de una titulación de estudios secundarios de primera etapa.
    • Educación secundaria de segunda etapa o equivalente: personas que tienen una titulación de bachillerato (LOGSE), bachillerato (BUP), COU o preuniversitario, FP I, ciclos formativos de formación profesional de grao medio o equivalente a alguno de los anteriores; personas con programas para a formación e inserción laboral que precisan de una titulación de estudios secundarios de primera etapa.
  • Educación superior: comprende todos los titulados diplomados universitarios, licenciados universitarios, FP II, ciclos formativos de formación profesional de grao superior o equivalente a alguno de los anteriores.

Nivel de formación (CNED-2000)

  • Z Analfabetos
    • 80 Analfabetos
  • B Educación primaria
    • 11 Estudios primarios incompletos
    • 12 Estudios primarios completos
  • C Enseñanzas para a formación e inserción laboral que no precisan de una titulación académica de la primera etapa de secundaria para su realización (más de 300 horas)
    • 21 Enseñanzas para la formación e inserción laboral que no precisan de una titulación académica de la primera etapa de secundaria para su realización (más de 300 horas)
  • D Primera etapa de educación secundaria
    • 22 Primera etapa de educación secundaria sin título de graduado escolar o equivalente
    • 23 Primera etapa de educación secundaria con título de graduado escolar o equivalente
  • E Enseñanzas para la formación e inserción laboral que precisan de una titulación de estudios secundarios de primera etapa para su realización (más de 300 horas)
    • 31 Enseñanzas para la formación e inserción laboral que precisan de una titulación de estudios secundarios de primera etapa para su realización (más de 300 horas)
  • F Segunda etapa de educación secundaria
    • 32 Enseñanzas de bachillerato
    • 33 Enseñanzas de grado medio de formación profesional específica, artes plásticas y diseño y deportivas
    • 34 Enseñanzas de grado medio de música y danza
  • G Enseñanzas para la formación e inserción laboral que precisan de una titulación de estudios secundarios de segunda etapa para su realización (más de 300 horas)
    • 41 Enseñanzas para la formación e inserción laboral que precisan de una titulación de estudios secundarios de segunda etapa para su realización (más de 300 horas)
  • H Enseñanzas de grao superior de formación profesional específica y equivalentes, artes plásticas y diseño y deportivas
    • 51 Enseñanzas de grao superior de formación profesional específica y equivalentes, artes plásticas y diseño y deportivas
  • I Otras enseñanzas de 2 y más años que precisan del título de Bachiller
    • 52Títulos propios de universidades y otras enseñanzas que precisan del título de bachiller (2 y más años)
    • 53Enseñanzas para la formación e inserción laboral que precisan de una formación profesional de grado superior para su realización (más de 300 horas)
  • J Enseñanza universitaria de primer ciclo y segundo ciclo
    • 54 Enseñanzas universitarias de primer ciclo y equivalentes o personas que aprobaron 3 cursos completos de una licenciatura o créditos equivalentes
    • 55 Enseñanzas universitarias de primer y segundo ciclo, de sólo segundo ciclo y equivalentes
  • K Estudios oficiales de especialización profesional
    • 56 Estudios oficiales de especialización profesional
  • L Enseñanza universitaria de tercer ciclo
    • 61 Doctorado universitario

Nivel de satisfacción con el trabajo

En los resultados referentes al módulo de condiciones en el trabajo (2007) de la Encuesta de condiciones de vida de las familias, los ocupados se clasifican según su puntuación en nivel de satisfacción con el trabajo en:

  • Poco satisfecho: comprende las puntuaciones 1, 2, 3 o 4.
  • Satisfecho: comprende las puntuaciones 5, 6 o 7.
  • Mui satisfecho: comprende las puntuaciones 8, 9 o 10.

Núcleo familiar

El núcleo familiar expresa una idea restringida de la familia, limitada a los vínculos de parentesco más estrechos. El núcleo familiar estará compuesto por un padre o una madre con hijos, o por una pareja con hijos o sin hijos.
Para formar parte del núcleo familiar, los hijos no deben estar emparejados o la pareja no ser miembro del hogar. Además, para la determinación de los núcleos familiares se deben tener en cuenta los siguientes criterios:

  • la relación padre/madre-hijo tiene siempre preferencia sobre la de hijo-padre/madre
  • la relación de pareja tiene siempre preferencia sobre la relación hijo-padre/madre

Nulidad matrimonial

Es nulo cualquier que sea la forma de su celebración:

  1. El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial.
  2. El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 (menores de edad no emancipados y los que estén ligados con vínculos matrimoniales) y 47 (parientes en línea recta por consanguinidad o adopción, los colaterales con consanguinidad hasta el tercer grado y los condenados como autores o cómplices de la muerte dolosa del cónyuge de cualquier de ellos) del código civil, salvo los casos de dispensa conforme al artículo 48.
  3. El que se contraiga sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.
  4. El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.
  5. El contraído por coacción o miedo grave.

Orden de la migración

Número de veces que la persona hizo algún cambio de municipio de residencia. Se distingue entre la primera migración y las siguientes. Se considera primera migración a la que tiene su origen en el municipio de nacimiento.

Orden de nacimiento

Es el lugar que ocupa un nacido vivo dentro de la secuencia cronológica del total de hijos de una mujer.

Orquestas de cámara

Se contemplan las orquestas de cámara españolas tanto públicas como privadas, profesionales y aficionadas, además de las jóvenes orquestas y las especializadas en música antigua o música contemporánea. Las orquestas de cámara son agrupaciones sinfónicas de menor tamaño, no hay establecido un número concreto de componentes.

Orquestas sinfónicas

Se contemplan las orquestas sinfónicas españolas tanto públicas como privadas tanto en el ámbito profesional como aficionado, además de las jóvenes orquestas.

Otros gastos

Incluyen los pagos compensatorios (quebranto de moneda, pequeña herramienta...), indemnizaciones por fin de contrato, selección de personal... Asimismo, se incluirán los gastos no recogidos en otros apartados, tales como los producidos por la renovación de piezas y herramientas de trabajo.
Las ayudas y los gastos de viaje no forman parte del coste laboral, puesto que se realizan por necesidad del proceso productivo constituyendo un consumo intermedio.

Padrón de españoles residentes en el estranjero (PERE)

Es un registro administrativo en el que constan las personas que tienen la nacionalidad española y viven habitualmente fuera de España, independientemente de que sea o no su única nacionalidad.
El PERE se elabora con datos existentes en el registro de matrícula de cada oficina consular de carrera o sección consular de las misiones diplomáticas. En el artículo 2 del Real Decreto 3425/2000, del 15 de diciembre sobre inscripción de los españoles en los registros de matrícula de las oficinas consulares en el extranjero, se establece que:

  1. Los españoles que residan habitualmente en el extranjero y aquellos que trasladen allí su residencia habitual deberán inscribirse en el registro de matrícula de la oficina consular o de la sección consular de la misión diplomática que corresponda a la circunscripción donde se encuentren.
  2. El padre o la madre deberán solicitar la inscripción de sus hijos menores de edad sujetos a su patria potestad si están en su compañía. La misma obligación incumbe a los tutores respecto de sus pupilos.

Padrón municipal de habitantes

Es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de residencia en el municipio y del domicilio habitual en él.

Pagas extraordinarias

Fundamentalmente están formadas por las gratificaciones extraordinarias o pagas de Navidad y de verano (reguladas por ley) y las gratificaciones por beneficios. Sus cuantías se conocen de antemano y no dependen de los resultados del trabajador o de la empresa.

Pagos delegados

La prestación por pago delegados es aquella que, reconocida antes por la unidad gestora competente, es pagada por el empresario y luego compensada al practicar la liquidación de las cuotas de la Seguridad Social, que así se hace cargo de la misma.

Pagos extraordinarios

Incluyen el total de pagas extraordinarias, participación en beneficios, objetivos, incentivos, bonus y otros pagos variables en periodicidad o cantidad.

Pagos por desempleo

Pagos efectuados por la empresa a los trabajadores afectados por suspensión temporal o reducción de jornada en caso de regulación de empleo durante el mes de referencia. Incluyen los pagos delegados por desempleo parcial, así como las mejoras voluntarias por desempleo parcial a cargo de la empresa con el objetivo de complementar la prestación del Servicio Público de Empleo Estatal.

Pagos por horas extraordinarias

Corresponde a los pagos por horas extras tanto estructurales como no estructurales. Remuneran el mayor esfuerzo que representa el trabajo adicional realizado fuera de la jornada habitual.

Pagos por horas extraordinarias y/o complementarias

Corresponden a los pagos por horas extras, tanto estructurales (por fuerza mayor) como no estructurales (voluntarias) y los pagos por horas complementarias en el caso de los trabajadores a tiempo parcial.

Pagos por incapacidad temporal

Pagos que la empresa hace directamente a los trabajadores en situación de incapacidad temporal. Incluye los pagos delegados por incapacidad temporal, las prestaciones por incapacidad temporal de exclusivo cargo de la empresa (los quince primeros días) y los complementos o mejoras voluntarias a la prestación por incapacidad temporal.

Paro registrado

Este concepto, establecido en la Orden ministerial del 11 de marzo de 1985, está constituído por el total de demandas en alta existentes a final de mes, excluyendo entre otras las que corresponden a las siguientes situaciones:

  • Pluriemprego: demandantes que solicitan otro empleo compatible con el que ejercen.
  • Mejor empleo: demandantes que, estando ocupados, solicitan un empleo para cambiarlo por el que tienen.
  • Colaboración social: demandantes perceptores de prestaciones por desempleo que participan en trabajos de colaboración social.
  • Jubilados: demandantes que son pensionistas de jubilación, pensionistas por gran invalidez o invalidez absoluta y demandantes de edad igual o superior a 65 años.
  • Empleo coyuntural: demandantes que solicitan un empleo para un período inferior a 3 meses.
  • Jornada < 20 horas: demandantes que solicitan un trabajo con jornada inferior a 20 horas semanales.
  • Estudiantes: demandantes que están cursando estudios de enseñanza oficial reglada siempre que sean menores de 25 años o que superando esta edad sean demandantes de primer empleo o bien, demandantes asistentes a cursos de formación profesional y ocupacional, cuando sus horas lectivas superen las 20 a la semana, tengan una beca por lo menos de manutención y sean demandantes del primer empleo.
  • Demandas suspendidas: demandantes con demanda suspendida en cuanto permanezan en esta situación.
  • Compatibilidad prestaciones: demandantes beneficiarios de prestaciones por desempleo en situación de compatibilidad de empleo para realizar un trabajo a tiempo parcial.
  • Trabajadores eventuales agrícolas subsidiados.
  • Rechazo de acciones de inserción laboral: demandantes que rechacen accións de inserción laboral ajustadas as sus características según se establece en el artículo 17, apartado 2 del Real decreto legislativo 5/2000, del 4 de agosto.

La puesta en marcha del nuevo Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo (SISPE) en mayo de 2005 produce una ruptura de la serie de paro registrado que se venía publicando hasta el momento. La implantación de este nuevo sistema afecta a la estimación del paro registrado, no porque cambie la definición sino por la actualización y gestión automatizada de la información y porque se corrigieron los errores que se venían cometiendo con ciertos colectivos.

Parto

Coincide con el concepto médico-biológico, es decir, expulsión o extracción del claustro materno del producto de la concepción viable; por tanto queda excluído el aborto o expulsión del feto no viable. El concepto de parto incluye tanto los nacimientos como las muertes fetales tardías.

Pensión (Módulo sobre la transición de la vida laboral a la jubilación)

En el Módulo sobre la transición de la vida laboral a la jubilación de la EPA se tienen en cuenta todo tipo de pensiones, es decir, tanto las públicas como las privadas; las obligatorias o las voluntarias; las basadas en los ingresos de los beneficiarios o las pensiones mínimas y, por último, tanto las contributivas (definidas en función de los años de trabajo, el salario percibido y las contribuciones hechas para las pensiones, como las no contributivas. En concreto, las pensiones sobre las que se indaga en el módulo son las siguientes:

  • Pensiones de jubilación
  • Pensiones de prejubilación
  • Pensiones distintas de las de jubilación y prejubilación
Dentro de las pensiones de jubilación se incluyen las siguientes categorías:
  • Pensiones del Sistema Público: las incluidas en la categoría A
    • Pensiones contributivas de jubilación de cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social (Régimen General, Régimen Especial, Régimen Comunitario de la Seguridad Social o Convenios bilaterales con la Seguridad Social)
    • Pensiones de vejez del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)
    • Pensión de jubilación de Clases Pasivas
    • Pensión no contributiva de jubilación del Sistema de la Seguridad Social
    • Pensión de jubilación derivada de la Guerra Civil a Ex-combatientes y Fuerzas e Institutos Armados de la República
    • Pensiones de jubilación derivadas de Actos de Terrorismo
    • Pensiones de jubilación anticipada de cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social
    • Pensión de jubilación anticipada de Clases Pasivas
    • Pensión de jubilación parcial del Sistema de la Seguridad Social
  • Pensiones de Sistemas Ocupacionales: las incluidas en la categoría B:
    • Pensión de jubilación de cualquiera de las Mutualidades de Previsión Social
    • Pensión de jubilación procedente de Planes de Pensiones de Empleo
  • Pensiones de Sistemas Privados: las incluidas en la categoría C, es decir, pensiones de jubilación procedentes de planes individuales de empleo
También se considerarán pensiones de jubilación las denominadas pensiones de jubilación flexibles, que se caracterizan por ser pagos periódicos de parte proporcional de la pensión total de jubilación a los trabajadores mayores que compatibilizan la pensión de jubilación, una vez causada, con un contrato a tiempo parcial. Se aplica a todos los Regímenes de la Seguridad Social, excepto a los Regímenes especiales de Funcionarios Civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y del personal al servicio de la Administración de Justicia.

En el contexto del módulo se considera prejubilación a la situación en la que el trabajador cumple las tres condiciones siguientes:
  • Cesó su actividad laboral por razones del mercado laboral
  • Está percibiendo una asignación económica no considerada pensión de jubilación
  • Aún no ha alcanzado la edad legal para acceder a una pensión de jubilación
En esta categoría se incluyen las ayudas previas a la jubilación ordinaria a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas (prejubilaciones propiamente dichas o expedientes de regulación de empleo).

Dentro de las pensiones distintas a las de jubilación se incluyen los siguientes grupos:
  • Pensiones por discapacidad o invalidez: y dentro de estas, y al igual que en el caso de las pensiones de jubilación, se incluyen distintos tipos de pensiones del Sistema Público, de Sistemas Ocupacionales y de Sistemas Privados
  • Pensiones de supervivencia: y dentro de estas, y al igual que en el caso de las pensiones de jubilación, se incluyen distintos tipos de pensiones del Sistema Público, de Sistemas Ocupacionales y de Sistemas Privados

Pensión contributiva según Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social

Corresponden a pensiones para personas que están o han estado sujetas a la legislación de uno o varios estados miembros, y sean nacionales o refugiados en un estado del Espazo Económico Europeo, en Suíza o bien, sean apátridas o nacionales de terceros países con residencia legal en un estado miembro de la Unión Europea (excepto Dinamarca y Reino Unido).

Pensión de invalidez o incapacidad (Encuesta a los demandantes de empleo)

Los beneficiarios son las personas en situación de incapacidad permanente, entendida como la situación del trabajador que, después de terminada la baja laboral, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyan o anulen su capacidad laboral

Pensión de jubilación

Las pensiones de jubilación tienen como objetivo mantener el nivel de vida de la población que abandona el mercado laboral por razones de edad, protegiéndola de la pobreza. Se incluyen los siguientes tipos de pensiones:

  • Pensiones de jubilación del sistema público
  • Pensiones procedentes de planes de pensiones de jubilación de empresa
  • Pensiones procedentes de planes de jubilación personales
Hay que tener en cuenta que, para los efectos del Módulo sobre pensiones y participación en el mercado laboral de la EPA, una vez que la persona beneficiaria de una pensión de invalidez o de una pensión de supervivencia alcanza la edad de jubilación legal/estándar, se considera que percibe una pensión de jubilación.

Pensión de jubilación (Encuesta a los demandantes de empleo)

Son beneficiarios de pensiones de jubilación los trabajadores que cesan total o parcialmente de su trabajo por causa de su edad.

Pensión de orfandad (Encuesta a los demandante de empleo)

Los beneficiarios son los hijos del causante (trabajador fallecido), los hijos póstumos, los hijos adoptados y los hijos de cónyuge superviviente.

Pensión de vejez del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)

SOVI es un régimen residual que se aplica a los trabajadores, trabajadoras y a sus derechohabientes que, al reunir los requisitos exigidos por la legislación de este régimen extindo, no tengan derecho a una pensión del actual Sistema de la Seguridad Social.

Pensión de viudedad (Encuesta a los demandantes de empleo)

Los beneficiarios de esta pensión son el cónyuge o excónyuge del fallecido

Pensión por emigración (Encuesta a los demandantes de empleo)

  • Pensión asistencial por ancianidad a favor de los emigrantes españoles retornados: es una prestación periódica que trata de garantizar un mínimo de subsistencia a los emigrantes españoles beneficiarios de las pensiones asistenciales de ancianidad que retornen a España.
  • Pensiones a favor de los españoles retornados que emigraron durante el período 1936-1942: los españoles que emigraron a España durante el período 1936-1942 como consecuencia de la guerra civil, tendrán derecho cuando retornen a España, a ser beneficiarios de forma transitoria de las pensiones asistenciales por ancianidad establecidas a favor de los emigrantes españoles, siempre que reúnan todos los requisitos, excepto de residencia en el extranjero, hasta que obtengan el derecho a una pensión del sistema de la Seguridad Social u otra pensión pública.
  • Subsidio de desempleo para emigrantes retornados: es una prestación de carácter periódico dirigida a proteger a los emigrantes retornados en situación de desempleo. Esta no se incluyen dentro de pensión por emigración, sino dentro del apartado de prestaciones por desempleo.

Pensión prestaciones y/o subsidios de otros países (Encuesta a los demandante de empleo)

Aquellas recibidas por personas que estén residiendo en España y que procedan de las administraciones de otros países por el motivo que sea..

Pensiones contributivas de la Seguridad Social

Son prestaciones económicas y de duración indefinida, aunque no siempre, cuya concesión está generalmente supeditada a una previa relación jurídica con la Seguridad Social (acreditar un período mínimo de cotización en determinados casos, ...), siempre que se cumplan los demás requisitos exigidos.Su cuantía se determina en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador y el empresario, si se trata de trabajadores por cuenta ajena, durante el período considerado a efectos de la base reguladora de la pensión de que se trate.
Las clases de pensiones son:

  • incapacidad permanente.
  • jubilación.
  • muerte y supervivenvia.

Pensiones contributivas: incapacidad permanente

Es la pensión percibida por el trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitiva, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.

Pensiones contributivas: jubilación

Consiste en la pensión vitalicia concedida a los trabajadores en las condiciones, cuantía y forma que reglamentariamente se determinan, cuando alcanzada la edad establecida, cesen o hayan cesado en el trabajo.

Pensiones contributivas: muerte y supervivencia

Son las pensiones que se otorgan en caso de muerte del trabajador, cualquiera que fuera su causa, y son las siguientes: pensión de viudedad, pensión de orfandad y pensión vitalicia o subsidio temporal en favor de familiares

Pensiones de jubilación del Sistema Público

Son las que cubren la provisión de protección social contra los riesgos vinculados a la vejez: pérdida de ingresos, ingresos inadecuados y falta de independencia en la realización de tareas cotidianas, menor participación en la vida social, etc. La atención médica de las personas ancianas no se tiene en cuenta, ya que los gastos de asistencia sanitaria se consignan en la partida dedicada a enfermedad y atención sanitaria.
El Sistema Público de Pensiones reconoce dos modalidades:

  • Contributiva: requiere de un periodo mínimo de cotización de los trabajadores y de las trabajadoras a la Seguridad Social; se distinguen cuatro tipos:
      Pensiones del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social
    • Pensión de vejez del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)
    • Pensión contributiva según los Reglamentos Comunitarios de Seguridad Social
    • Pensión según convenios bilaterales de otros países con la Seguridad Social
    No se incluye dentro de las pensiones contributivas del Sistema Público de Pensiones:
    • Las compensaciones mensuales de alguna empresa, prestaciones por desempleo y por pre-jubilación debido a razones del mercado laboral, que son pagos periódicos a trabajadores y trabajadoras mayores que se jubilan antes de alcanzar la edad legal de jubilación, por encontrarse en desempleo o por reducción de los puestos de trabajo como consecuencia de medidas económicas. Normalmente, estes pagos finalizan cuando la persona adquiera el derecho a percibir una pensión de jubilación.
    • Prestación por reducción de la capacidad de trabajo, es decir, por discapacidad
  • No contributiva: son prestaciones económicas que se reconocen a las personas que, encontrándose en situación de necesidad, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aunque no cotizasen nunca o no cotizasen el tiempo suficiente para alcanzar una prestación de nivel contributivo.

Pensiones del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social

Son las que cubren las siguientes casuísticas:

  • Jubilación ordinaria: jubilación a la que pueden acceder los trabajadores y las trabajadoras al llegar a la edad legal establecida para poder jubilarse siempre y cuando hayan cotizado el número mínimo de años requeridos por la Seguridad Social. Si la jubilación se produce a partir de la edad ordinaria y con un porcentaje aplicable a la base reguladora del 100%, se podrá pasar a la situación de jubilación activa, que permite compatibilizar la pensión de jubilación con un trabajo por cuenta propia o ajena, a jornada completa o parcial. En esta situación se percibe el 50% de la pensión, excepto que la actividad que se realice sea por cuenta propia y se acredite tener contratado al menos a un trabajador o trabajadora por cuenta ajena (en este caso, la pensión alcanza el 100%).
  • Jubilación anticipada: cuando se accede a la jubilación antes de la edad legal establecida y siempre que se tenga un mínimo de años cotizados establecidos en cada caso. La jubilación anticipada puede ser con o sin reducción de la pensión normal.
  • Jubilación de clases pasivas (funcionarios y funcionarias en régimen especial): se produce al cumplir los 65 años, con algunas excepciones (los cuerpos docentes universitarios, magistratura, jueces y juezas, fiscales y letrados/as de la Administración de Justicia, así como los registradores y las registradoras de la propiedad -estas última ingresadas antes del 1 de enero de 2015- se jubilan forzosamente a los 70 años).
  • Jubilación de clases pasivas por retiro voluntarios a los 60 años (funcionarios y funcionarias en régimen especial): se produce siempre que tengan reconocidos 30 años de servicio.
  • Jubilación parcial: permite al trabajador o a la trabajadora, de común acuerdo con la empresa, reducir la jornada de trabajo entre un 25% y un 50%, y pasa a percibir la pensión de jubilación en la cantidad proporcional inversa a la reducción de la jornada. En el caso de que la persona no haya cumplido la edad reglamentaria de jubilación, la empresa deberá concertar un contrato relevo con otro trabajador o trabajadora.
  • Jubilación parcial de la industria manufacturera: aplica la regulación para la modalidad de jubilación parcial con celebración de contrato de relevo, vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, a pensiones causadas antes del 1 de enero de 2023 y bajo ciertos requisitos.
  • Jubilación flexible: permite a las personas perceptoras de una pensión de jubilación iniciar un trabajo a tiempo parcial con una reducción de jornada comprendida entre el 25% y el 50% sobre la jornada habitual de la actividad y compatibilizarlo con la pensión que estaba cobrando, reducida proporcionalmente al porcentaje de jornada trabajada a tiempo parcial. Se puede aplicar a todos los regímenes de la Seguridad Social, excepto a los regímenes de funcionarios y funcionarias civiles del Estado, de las Fuerzas Armadas y al personal al servizo de la Administración de Justicia.
  • Jubilación especial a los 64 años: desaparece a partir del día 1 de enero de 2013, aunque se mantiene para las personas a las que les sea de aplicación la Ley 27/2011, esto es, a trabajadores y trabajadoras de empresas que, en virtud de un convenio o pacto, están obligadas a sustituir simultáneamente a la persona que se jubila por otra que se encuentre inscrita como desempleada en la oficina de empleo.

Pensiones no contributivas de la Seguridad Social

Son prestaciones periódicas vitalicias o de duración indeterminada en favor de aquellas personas que no han cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar prestaciones de nivel contributivo por la realización de actividades profesionales. Las clases de prestaciones son invalidez y jubilacións

Pensiones por discapacidad o invalidez

De acuerdo con el manual del Sistema Europeo Integrado de Estadísticas de Protección Social (SEEPROS), las pensiones de invalidez comprenden las prestaciones que proporcionan un ingreso a personas por debajo de la edad legal de jubilación establecida en el régimen de referencia, cuya capacidad para trabajar esté impedida más allá de un nivel mínimo establecido por la legislación por una discapacidad física o mental.
Se incluyen las pensiones por discapacidad o invalidez del sistema público así como los planes de pensiones para personas con discapacidad, tanto de empresas como individuales.
Una vez que la persona beneficiaria de una pensión de invalidez alcanza o supera la edad legal de jubilación, se considera que recibe una pensión de vejez y se registra como percibiendo una pensión de jubilación.

Pensiones por discapacidad o invalidez del Sistema Público

Las pensiones por discapacidad o invalidez del Sistema Público pueden ser contributivas o no contributivas y se tiene derecho a ellas en función de los diferentes grados de incapacidad:

  • Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: a pesar de no alcanzar el grado total, ocasiona al trabajador o a la trabajadora una disminución igual o superior al 33% en su rendimiento normal para la profesión habitual, sin impedirle realizar las tareas fundamentales de dicha profesión.
  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual: inhabilita al trabajador o a la trabajadora para poder realizar la totalidad o las tareas fundamentales de su profesión, siempre y cuando pueda dedicarse a otra distinta.
  • Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: inhabilita al trabajador o a la trabajadora para cualquier profesión u oficio.
  • Gran invalidez: situación del trabajador o de la trabajadora con una incapacidad permanente y que, debido a las pérdidas antómica o funcionales, necesita de asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

Pensiones procedentes de planes de pensiones de jubilación de empresa (PPE)

Estes planes, también llamados planes de pensiones de empleo, son contribuciones que hacen las entidades empleadoras, los y las empleados/as, o ambas, en función de los ingresos, o que hacen las personas que trabajan por cuenta propia inscritas como autónomas. El objetivo es complementar la pensión pública de jubilación de la Seguridad Social. Lo más común es que se establezcan mediante contratos de trabajo o convenios sectoriales o profesionales, negociados por los interlocutores sociales.

Pensiones procedentes de planes de pensiones personales

Son planes privados voluntarios que hacen personas con cualquier entidad financiera sin que tenga que existir ninguna relación laboral entre ellas. Tienen por objetivo proporcionar ahorro para el momento de la jubilación y se realiza con aportaciones de capital. Para los efectos del Módulo sobre pensiones e participación en el mercado laboral de la EPA, no se tiene en cuenta en este grupo de pensiones las que, una vez llegada la edad de jubilación, se cobran en un único pago.

Pensionistas

Es el número de personas distintas que a lo largo del ejercicio recibieron una contraprestación dineraria en concepto de pensión.
En el Mercado de trabajo y pensiones en las fuentes tributarias incluye las personas que recibieron a lo largo del año retribuciones declaradas en la clave B del Modelo 190 de la "Declaración Anual de Retenciones sobre las Rentas del Trabajo" (pensionistas y perceptores de haberes pasivos).

Percepciones no salariales

Son retribuciones percibidas por el trabajador no por el desarrollo de su actividad laboral sino como compensación de gastos ocasionados por la ejecución del trabajo o para cubrir necesidades o situaciones de inactividad no imputables al trabajador.

  • Prestaciones sociales directas: pagos que la empresa hace directamente, al trabajador, antiguo trabajador o a su familia para asistirle en determinadas circunstancias como complemento de determinadas prestaciones sociales, sin implicar a la Seguridad Social ni a otras aseguradores. Su principal características es que se trata de pagos en beneficios para el bienestar. Se distinguen: pagos por incapacidad temporal, pagos por desempleo, pagos por otras prestaciones directas (pagos por jubilación, pagos por muerte y supervivencia, pagos por invalidez o minusvalía, pagos por asistencia médica y pagos por asistencia familiar) y las indemnizaciones por despido.
  • Otras percepciones no salariales: engloban el resto de pagos efectuados al trabajador: compensación por los gastos derivados de la ejecución de su trabajo e indemnizaciones por la finalización del contrato. Comprenden el quebranto de moneda, desgaste de útiles o herramientas, adquisición de prendas de trabajo, gastos de locomoción y dietas de viaje, plus de distancia de transporte urbano, indemnizaciones por traslados, finalización de contrato, productos en especie concedidos voluntariamente por la empresa, entregas de productos a precios rebajados que se realicen en cantinas o comedores de empresa o economatos de carácter social.
Perceptores de ingresos

En la Encuesta de población activa (EPA) se consideran perceptores de ingresos a todas aquellas personas que, en la semana de referencia, percibieron algún tipo de ingreso económico. El concepto de ingreso económico incluye tanto el salario, como los diferentes tipos de pensiones (jubilación, prejubilación, discapacidad, ...) o prestaciones por desempleo.
En la Encuesta estructural a hogares (EEF) los perceptores de ingresos son las personas de 16 o más años que recibieron ingresos monetarios en el año natural anterior a la realización de la encuesta (hasta la edición de 2007 en los doce meses anteriores al mes de domingo de la semana de referencia), independientemente de que la percepción tuviese carácter regular o no, y la fuente de estos ingresos. No se incluyen como perceptores las personas que pertenecen al hogar y que reciben ingresos de otros miembros del hogar si no hay una relación formal de trabajo entre ellos (por ejemplo, las asignaciones semanales o mensuales que perciben los hijos para sus gastos personales o el dinero que percibe de su familia un estudiante para pagar la estancia en la ciudad en la que estudia).

Perlizadores

Son dispositivos que mezclan aire con agua, incluso cuando hay faja presión, saliendo las gotas de agua en forma de “perlas”.

Permanencias

Se considera que un asalariado es una permanencia en el año t si forma parte de la población asalariada en el año de referencia t y en el inmediatamente anterior (t-1).

Pernoctaciones o plazas ocupadas

Se entiende por pernoctación cada noche que un viajero se aloja en el establecimiento.

Persona cuidadora

Aquella persona que, sin percibir remuneración a cambio, ayuda a alguna otra persona en situación de dependencia a realizar tareas de la vida cotidiana. Las personas a las que cuida pueden residir tanto en el mismo hogar como en otro.
Non se consideran como remuneraciones as posibles ayudas de la Ley de dependencia.

Persona de referencia

En la Encuesta estructural a hogares la persona de referencia es aquella persona de 16 o más años que es considerada por los miembros del hogar como el cabeza de familia. Si en un hogar no es posible determinar la persona de referencia, se establece que ésta sea la que proporciona la información sobre el resto de las personas del hogar.
En Empleo del tiempo se considera persona de referencia a aquel miembro del hogar que sea designado por el hogar como tal.
En el censo de 2011 la persona de referencia del hogar es la que ocupa el número 1 de la lista que se incluye en los cuestionarios de personas de la vivienda.

Persona dependiente

Aquella persona que necesita ayuda de alguien para realizar actividades cotidianas de la vida diaria (AVD) por razones de discapacidad, vejez o enfermedad. Las AVD se clasifican en actividades básicas (ABVD) y actividades instrumentales (AIVD):

  • Actividades básicas de la vida diaria (ABVD): son las actividades imprescindibles para que una persona pueda subsistir de forma independiente. Entre ellas se incluyen las actividades de autocuidado, de funcionamiento físico básico y de funcionamiento mental básico.
    En la ECV se pregunta por las siguientes ocho actividades básicas:
    • Asearse y lavarse
    • Vestirse
    • Controlar las necesidades y utilizar solo el baño
    • Comer y beber
    • Cambiar las posiciones del cuerpo
    • Levantarse, acostarse y permanecer de pie o sentado
    • Desplazarse dentro del hogar
    • Mantener relaciones básicas y complejas con otras personas

  • Actividades instrumentales de la vida diaria (AIVD): son actividades más complejas que las ABVD y para su realización se requiere un mayor nivel de autonomía personal. Se asocian a tareas que implican la capacidad de tomar decisiones e implican interacciones más difíciles con el medio.
    En la ECV se pregunta por las siguientes diez actividades intrumentales:
    • Otros cuidados personales: cortar las uñas, lavar los dientes...
    • Desplazarse fuera del hogar
    • Usar el transporte público
    • Ocuparse de las tareas del hogar
    • Ocuparse de las compras y controlar los suministros y servicios
    • Usar y gestionar el dinero
    • Administrar y controlar sus medicinas
    • Evitar peligros dentro del hogar
    • Evitar peligros fuera del hogar
    • Pedir ayuda ante una urgencia

Persona dependiente

Se considera persona dependiente la persona necesitada de ayuda o cuidado por razones de discapacidad, vejez o enfermedad.

Persona principal

En la Encuesta estructural a hogares el criterio para determinar la persona principal del hogar es el siguiente:

  • La persona principal del hogar es la persona de referencia si en el año natural anterior a la realización de la encuesta tuvo ingresos de trabajo al menos durante 6 meses.
  • En el caso de que non cumpla lo anterior, será su cónyuge o pareja siempre que en ese año natural tuviese ingresos de trabajo por lo menos durante 6 meses.
  • En el caso de que no tenga pareja o ésta no cumpla lo anterior, será el hijo de mayor edad que en ese año natural tuviese ingresos de trabajo por lo menos durante 6 meses.
  • En el caso de no existir esa persona, la persona principal será el padre o la madre de la persona de referencia si en ese año natural tuvo ingresos de trabajo por lo menos durante 6 meses. Si ambos cumplen la condición, se escogerá el de mayor edad.
  • Si no se cumple ninguna de las condiciones anteriores, la persona principal es la primera persona con 16 o más años indicada por el hogar.
Hasta la edición de 2007 el criterio para determinar la persona principal del hora era el siguiente:
  • La persona principal del hogar es la persona de referencia si es ocupada.
  • En el caso de que no sea ocupada, será su cónyuge o pareja siempre que sea ocupado.
  • En el caso de que no tenga pareja o ésta no sea ocupada, será el hijo de mayor edad que esté ocupado.
  • En el caso de no existir esa persona, la persona principal será el padre o la madre de la persona de referencia si es ocupada.
  • Si no se cumple ninguna de las condiciones anteriores, la persona principal es la persona de referencia.

Personal doméstico interno

Es aquel que duerme habitualmente cuatro o más noches en el hogar en el que trabaja. Es miembro del hogar en el que trabaja siempre que no tenga otro hogar que considere como su hogar familiar principal.

Personas afiliadas a la Seguridad Social

La afiliación al Sistema de la Seguridad Social es obligatoria para todas las personas incluidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social y única para toda la vida del trabajador o de la trabajadora y para todo el sistema, sin perjuicio de las bajas, altas y demás variaciones que con posterioridad a la afiliación se puedan producir. Es decir, el trabajador o trabajadora se afilia cuando comienza su vida laboral y se da de alta en alguno de los regímenes del Sistema de la Seguridad Social. Esta situación se denomina alta inicial. Si cesa en su actividad será dado o dada de baja pero seguirá afiliado o afiliada en situación de baja laboral. Si retoma la actividad se producirá una alta denominada alta sucesiva a efectos estadísticos, pero no tendrá que afiliarse de nuevo, dado que, como ya se indicó, la afiliación es única para toda la vida del trabajador o de la trabajadora.

Personas egresadas afiliadas

Personas egresadas universitarias que están afiliadas a la Seguridad Social en situación de alta laboral o son mutualistas titulares activos de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) en la fecha de referencia del período de seguimiento.

Población activa

Son las persoas que, en un período de referencia dado, suministran mano de obra para la producción de bienes y servicios económicos o que están disponibles y hacen gestiones para incorporarse a dicha producción. Comprende a todas las personas de 16 o más años que satisfagan las condiciones necesarias para su inclusión entre las personas ocupadas o paradas.

Población contada a parte

Los hombres que cumplen el servicio militar o prestación social sustitutoria son considerados población contada a parte. Este concepto desapareció en diciembre de 2001.

Población estacionaria (Lx)

Número total de años vividos por los individuos con edad cumplida x.

Sobreviventes entre as idades exactas (Lx).

Población inactiva

Comprende a todas las personas de 16 y más años no clasificadas como ocupadas o paradas Los inactivos se clasifican según su situación personal en las siguientes categorías funcionales:

  • Personas que se ocupan de su hogar.
  • Estudiantes.
  • Jubilados ou prejubilados.
  • Personas que perciben una pensión distinta a la de jubilación o prejubilación.
  • Personas que realizan sin remuneración trabajos sociales, actividades de tipo benéfico...
  • Incapacitados para trabajar.
  • Otra situación. Personas que, sin ejercer ningunha actividad económica, reciben ayuda pública o privada y todas aquellas que no están incluidas en ninguna de las categorías anteriores.

Población ocupada

Personas de 16 y más años que durante la semana de referencia tuvieron un trabajo por cuenta ajena o ejercieron una actividad por cuenta propia, en alguna de las siguientes situaciones:

  • trabajando por lo menos una hora por un sueldo, salario o beneficio empresarial o ganancia familiar en metálico o en especie
  • con empleo pero sin trabajar por razones de enfermedad o accidente, vacaciones, fiestas, mal tiempo o razones análogas . También se consideran dentro de esta categoría las personas que, estando suspendidas o separadas de su empleo como consecuencia de una regulación de empleo, esperan reincorporarse a su empresa.

Población parada

Personas de 16 o más años que durante la semana de referencia estuvieron sin trabajo, disponibles para trabajar y buscando activamente empleo. Son parados también los que encontraron un trabajo y están esperando incorporarse, siempre que verifiquen las dos primeras condiciones.
Según el Reglamento 1897/2000 de la Comisión Europea, los únicos métodos de búsqueda de empleo considerados activos son:

  • Estar en contacto con una oficina pública de empleo con el fin de encontrar trabajo, cualquiera que sea la parte que tomase la iniciativa (la renovación de la inscripción por razones puramente administrativas no constituye una postura activa).
  • Estar en contacto con una oficina privada (oficina de emplego temporal, empresa especializada en contratación...) con el fin de encontrar trabajo.
  • Enviar una candidatura directamente a los empladores.
  • Indagar a través de relaciones personales, por mediación de sindicatos, ...
  • Anunciarse o responder a anuncios de periódicos.
  • Estudiar las ofertas de empleo.
  • Participar en una prueba, concurso o entrevista, en el marco de un procedimiento de contratación.
  • Buscar terrenos, locales o material.
  • Realizar gestiones para obtener permisos, licencias o recursos financieros

Población parada de larga duración

Población parada con búsquea de empleo mayor o igual a 2 años

Porcentaje de asalariados con salarios bajos

Porcentaje de asalariados con salarios bajos sobre el total de asalariados. Se consideran asalariados con salarios bajos aquellos que ganan 2/3 o menos de la mediana de las ganancias en la región/país de referencia. Los datos son relativos a asalariados de empresas de 10 o más asalariados incluidas en alguna de las secciones B a S (excluida la O) de la CNAE 2009.

Porcentaje de nacimientos de madre no casada

Relación entre los nacimientos de madre no casada y el total de nacimientos.

Porcentaje de población según ámbito geográfico

Relación entre la población de un territorio y la del ámbito geográfico superior, siendo los niveis considerados, de nivel superior a inferior, los seguintes: España, Galicia, provincias, comarcas y municipios

Porcentajes de población por grandes grupos de edad

Relación entre los grupos de población siguientes y el total de población: menores de 20 años, de 20 a 64 años e mayores de 64 años.

Presona egresada universitaria

Persona que completó todos los créditos docentes o materias que conforman el plan de estudios universitario de la titulación en la que estaba matriculada.

Prestaciones de la LISMI

Las prestaciones de la Ley de Integración Social de los Minusválidos son prestaciones sociales y económicas no contributivas dirigidas a personas afectadas por una disminución previsiblemente permanente de la que se derive una minusvalía (o estan afectadas por un proceso degenerativo que pudiera derivar en minusvalía, en las prestaciones que así se establezca expresamente), que no estan comprendidas en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social, que no son beneficiarias (ni tienen derecho, por edad o por cualquiera otras circunstancias) de prestaciones o ayudas de análoga naturaleza y finalidad y con recursos personales inferiores en cuantía al 70 por ciento, en cómputo anual, del salario mínimo interprofesional vigente en cada año. La acción protectora de estas prestaciones comprende: asistencia sanitaria y prestación farmacéutica, rehabilitación médico-funcional, recuperación profesional, medidas de integración social, subsidio de garantía de ingresos mínimos, subsidio por ayuda de tercera persona y subsidio de mobilidad y compensación por gastos de transporte

Prestaciones del Fondo Nacional de Asistencia Social (FAS)

Son prestacións asistenciais económicas individualizadas de caracter periódico a anciáns, enfermos ou inválidos incapacitados para o traballo. Los beneficiarios de estas ayudas deben reunir las siguientes condiciones:

  • Carecer de medios económicos para la subsistencia. Se considera que carece de dichos medios quien percibe durante el año natural unos ingresos inferiores al importe anual de estas pensiones, ya sea en concepto de rentas, de pensiones o de cualquier otro tipo de retribuciones.
  • No tener familiares obligados a mantenerlos o, si los tienen, que éstos carezcan de la posibilidad material de hacerlo.
  • No pertenecer a ninguna Institución que esté obligada a prestarles asistencia.
  • No ser propietarios o usufructarios de bienes muebles o inmuebles que indiquen la existencia de medios materiales suficientes para atender su subsistencia.
  • Haber cumplido 66 años de edad, en las ayudas por ancianidad, o encontrarse absolutamente incapacitado para toda clase de trabajo, en el caso de ayuda por enfermedad o invalidez

Prestaciones familiares por hijo a cargo

Son prestaciones no contributivas, por lo que no precisa cotización previa a la Seguridad Social. Consiste en una asignación económica que se reconoce por cada hijo o menor acogido, menor de 18 años, a cargo del beneficiario, cuando los ingresos familiares no superan la cuantía que anualmente se establece, ó bien por hijos mayores de 18 años afectados por una minusvalía igual o superior al 65%, sin que en este caso se exija límite de ingresos.

Prestaciones por desempleo

Son prestaciones que protegen la situación por desempleo, pueden ser de varios tipos:

  • Nivel contributivo. Prestaciones por desempleo: se refiere a aquella situación de desempleo de las personas que, queriendo y pudiendo trabajar, pierdan su trabajo de forma temporal o definitiva, o vean reducida temporalmente, por lo menos, en una tercera parte su jornada laboral, por expediente de regulación de empleo, con la correspondiente pérdida o redución análoga de salarios, por alguna de las causas establecidas como situaciones legales de desempleo.
  • Nivel asistencial. Subsidio por desempleo: podrán ser beneficiarios del subsidio por desempleo los parados que, figurando inscritos como demandantes de empleo, sin tener rechazado oferta de empleo adecuada ni tenerse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y careciendo de rentas de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias, se encuentren en alguna de las situaciones contempladas para dicho subsidio.
  • Renta activa de inserción: El objetivo del programa es incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de los traballadores desempleados con especiales necesidades económicas y dificultades para encontrar empleo.

Prestaciones por desempleo de nivel contributivo

Protegen aquellas situaciones de desempleo de las personas que, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva, o se reduzca temporalmente su jornada diaria por decisión empresarial, con la correspondiente pérdida o reducción análoga de salarios, por alguna de las causas establecidas como situaciones legales de desempleo. Los requisitos para recibir esta prestación son los siguientes:

  • Estar afiliado o afiliada a la Seguridad Social en situación de alta o asimilada a la alta en alguno de los regímenes que contemple la contingencia por desempleo.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • Acreditar estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada y suscribir un compromiso de actividad.
  • Haber cotizado por desempleo un período mínimo de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
  • No haber cumplido la edad ordinaria que se exige para la pensión de jubilación, excepto que no se tuviese derecho a ella por falta de cotización o se trate de situaciones de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada autorizados por expediente de regulación de empleo.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, excepto:
    • Las personas que tengan contrato por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores, que podrán compatibilizar el 25% de la prestación con dicho contrato.
    • Cuando lo determine algún programa de fomento del empleo.
  • Non estar incluído ou incluída nalgunha das causas de incompatibilidade.

Prestaciones sociales directas

Son los pagos que la empresa hace directamente al trabajador o a su familia, o también al antiguo trabajador para asistirlo en determinadas circunstancias y como complemento de determinadas prestaciones sociales. Destacan: incapacidad temporal, desempleo, jubilación, muerte y supervivencia, invalidez o minusvalía, asistencia familiar, asistencia médica.

Primer grado (nivel de estudios)

Estudios primarios. Personas que fueron a la escuela 5 años o más sin completar EGB, ESO o bachillerato elemental

Profesores universitarios asociados

Son profesores contratados con carácter temporal por un período de dos años, siendo posible su continuidad de acuerdo con la normativa laboral de aplicación y en los términos establecidos por los estatutos de las universidades, y con dedicación a tiempo parcial, entre especialistas de reconocida competencia que acrediten ejercer su actividad profesional fuera de la universidad.

Profesores universitarios ayudantes

Los profesores ayudantes son contratados entre los que tengan superadas las materias de estudio a las que hace referencia el artículo 38 de la Ley orgánica de universidades (estudios de doctorado) y con la finalidad principal de completar su formación investigadora. La contratación será con dedicación a tiempo completo, por una duración no superior a cuatro años improrrogables. Los ayudantes también podrán colaborar en tareas docentes, en los términos que establezcan los estatutos de las universidades.

Programas de cualificación profesional inicial

Son programas dirigidos al alumnado mayor de dieciséis años que no obtuvo el título de graduado en educación secundaria obligatoria. Su objetivo es que todos los alumnos alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno de la estructura del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. El alumnado que supera los módulos obligatorios obtiene una certificación académica con acreditación de las competencias adquiridas.

Programas de cualificación profesional inicial

Son programas de carácter reglado. Están destinados a los jóvenes entre dieciséis y diecinueve años cumplidos dentro del año de inicio del programa, que no obtuviesen el título de graduado en educación secundaria obligatoria y no cursasen con anterioridad otro programa de cualificación profesional inicial. Tienen como finalidad prevenir el abandono escolar antes de la finalización de la escolaridad obligatoria y abrirles nuevas expectativas de formación y titulación a jóvenes en situación de desventaja sociolaboral y educativa. Tienen una marcada vocación profesional, permiten la relación con el mercado de trabajo y facilitan la inserción laboral en una actividad profesional de modo cualificado.

Programas de garantía social

Estos programas están destinados al alumnado que sobrepasa el límite de edad de la enseñanza obligatoria y abandona la educación secundaria sin alcanzar los objetivos y el título correspondiente.

Prórrogas

Algunos contratos de duración temporal, una vez finalizada su duración inicial, pueden prorrogarse. El número de prórrogas que admite un contrato depende de su tipología. Son los siguientes:

  • Contrato de obra o servicio.
  • Contrato de eventuales por circunstancias de la producción.
  • Contrato de interinidad.
  • Contrato temporal de personas con discapacidad.
  • Contrato de relevo.
  • Contrato de substitución por jubilación a los 64 anos.
  • Jubilación parcial.
  • Contrato en prácticas
  • Contrato de formación.
  • Otros contratos.

Prueba diagnóstica no urgente

Toda prueba solicitada por un/una médico/a para completar el estudio de una enfermedad, siempre y cuando no se requiera su resultado de manera inmediata

Puestos de trabajo ofrecidos

Son los puestos de trabajo ofrecidos por empresas y organismos públicos o privados registrados en las oficinas de empleo durante el período de referencia, para que la oficina gestione su cobertura con los demandantes idóneos.

Quiropráctico

Profesional que trata anomalías del cuerpo que son causadas por interferencias con el sistema nervioso. El tratamiento generalmente incluye la manipulación de la columna vertebral. La quiropráctica se basa en la premisa de que la buena salud depende de un sistema nervioso que funcione correctamente.

Rama de enseñanza

Clasificación académica resultante de la agrupación de las titulaciones oficiales en cinco categorías o áreas de enseñanza: (Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias Sociales y Jurídicas; Ciencias de la Salud; Ingeniería y Arquitectura).

Ratio de personas activas por cada persona inactiva

La ratio de personas activas por cada persona inactiva se define como el cociente entre la población activa y la población inactiva (niños, estudiantes, incapacitados permanentes, jubilados...).

Ratio de personas activas por cada persona inactiva de 65 o más años

El cociente entre la población activa y la población inactiva de 65 o más años representa el número de potenciales trabajadores por cada jubilado, entendiendo el término jubilado en un sentido amplio como toda persona inactiva de 65 o más años.

Recetas médicas oficiales

Son las recetas médicas dispensadas en atención primaria; se excluyen las dispensadas en hospitales

Reductores de caudal

Son dispositivos que reducen el caudal del agua en función de la presión.

Régimen especial agrario

Están incluidos en el régimen especial agrario todos los trabajadores, cualquiera que sea su sexo y estado civil, que de modo habitual y como medio fundamental de vida realicen labores agrarias, sean propiamente agrícolas, forestales o pecuarias, dentro del territorio nacional, siempre que estén incluidos como trabajadores por cuenta ajena, o como trabajadores por cuenta propia.

A partir del mes de enero de 2008 desaparece el régimen especial agrario por cuenta propia y sus afiliados se integran en el régimen especial de autónomos. Es decir, a partir de enero de 2008, el régimen especial agrario lo forman los trabajadores por cuenta ajena, dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona física o jurídica.

Con efecto el día 1 de enero de 2012 los trabajadores del régimen especial agrario (cuenta ajena) se incluyen dentro del régimen general de la Seguridad Social, mediante la creación del sistema especial agrario.

Régimen Especial de Autónomos y Autónomas

Se entiende como trabajador y trabajadora por cuenta propia o autónomo/a, aquella persona que realiza de hecho habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a un contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de una empresa individual o familiar. Se presupondrá, excepto prueba de lo contrario, que la persona afiliada es un trabajador o trabajadora por cuenta propia o autónomo/a si ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietaria, arrendataria, usufructuaria u otro concepto análogo. Estarán incluidos en este régimen especial, entre otras, las siguientes categorías de trabajadores y trabajadoras:

  • Trabajadores y trabajadoras mayores de 18 años que, de forma habitual, personal y directa, realizan una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo.
  • El cónyuge y familiares hasta el 2º grado inclusive por consanguinidad, afinidad o adopción que colaboren con el trabajador o con la trabajadora autónoma de forma personal, habitual y directa y no tengan la condición de asalariados/as.
  • Los escritores e las escritoras de libros
  • Profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia, que la incorporación a un Colegio Profesional cuyo colectivo se integrara en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as.
  • Los socios y las socias de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.
  • Los socios y las socias trabajadoras de las Cooperativas de Trabajo Asociado, cuando estas opten por este régimen en sus estatutos.
  • Comuneros/as o socios/as de comunidades de bienes y sociedades civiles irregulares.
  • Quien ejerza funciones de dirección y gerencia que implique el desempeño del cargo de consejero/a o administrador/a, o preste otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posea el control efectivo, directo e indirecto, de aquella.
  • Los socios y socias trabajadoras de las sociedades laborales, cuando su participación en el capital social (junto con la de su cónyuge y parientes, con los que conviva) alcance al menos el 50%.

En enero de 2008 desaparece el Régimen Especial Agrario por Cuenta Propia y sus afiliados y afiliadas se integraron en el Régimen Especial de Autónomos/as.

Régimen especial de la minería del carbón

Están incluidos en el régimen especial de la minería del carbón los trabajadores por cuenta ajena que prestan sus servicios a empresas que realicen la siguientes actividades relativas a la minería del carbón:

  • Extracción de carbón en las minas subterráneas.
  • Explotación de carbón a cielo abierto.
  • Investigaciones y reconocimientos
  • Aprovechamiento de carbones y aguas residuales con materias carbonosas.
  • Escogido de carbón en escombreras
  • Fabricación de aglomerados de carbón mineral
  • Hornos de producción de Cok (con exclusión de los pertenecientes a la industria siderometalúrgica).
  • Transportes fluviales de carbón.
  • Actividades secundarias o complementarias de las anteriores.

Régimen especial empleados del hogar

Los trabajadores comprendidos dentro del campo de aplicación del régimen especial de empleados de hogar, son los que se dediquen a servicios exclusivamente domésticos para uno o varios cabezas de familia, siempre que estos servicios sean prestados en la casa que habite el cabeza de familia y que perciban un sueldo o remuneración de cualquier clase. Están incluidos los trabajos de guardería, jardinería, conducción de vehículos y otros análogos en los supuestos en que se desarrollen formando parte del conjunto de tareas domésticas.
El encuadramiento dentro de este régimen especial, se efectuará dependiendo del número de horas trabajadas y si se trata de un solo empleador o varios, de acuerdo con lo siguiente:

  • Los empleados de hogar fijos: son los que prestan servicios para un solo cabeza de familia durante un tiempo igual o superior a 80 horas de trabajo efectivo al mes
  • Los empleados de hogar discontinuos: son los que prestan sus servicios para uno o varios cabezas de familia, con carácter parcial o discontinuo, durante un mínimo de 72 horas de trabajo efectivo al mes, que han de realizarse, al menos, durante 12 días en dicho mes
Desde el día 1 de enero de 2012 a los trabajadores incluidos en el régimen especial de empleados del hogar quedan integrados dentro del régimen general, mediante la creación del sistema especial para empleados del hogar. Esta integración afecta tanto los trabajadores que prestan servicios con carácter fijo para un titular del hogar familiar, como a los denominados "discontinuos", cuya actividad se realiza para varios titulares de hogares familiares.
Se establece un período transitorio que comprende del 01-01-2012 al 30-06-2012, para que los empleadores y las personas empleadas procedentes del régimen especial de la Seguridad Social de empleados del hogar, comuniquen a la Tesorería General de la Seguridad Social, el cumplimiento de las condiciones exigidas para su inclusión en el sistema especial para empleados del hogar.

Régimen General

Es el régimen que cuenta con mayor número de personas afiliadas dentro de la estructura del Sistema de la Seguridad Social. Estarán incluidos dentro del Régimen General, entre otras, las siguientes categorías de trabajadores y trabajadoras:

  • Los trabajadores y las trabajadoras españolas por cuenta ajena de la industria y de los servicios y asimilados a estos, que ejercen normalmente su actividad en el territorio nacional.
  • Los socios y socias trabajadoras de sociedades laborales y de sociedades mercantiles capitalistas.
  • Los trabajadores y las trabajadoras españolas no residentes en territorio nacional al servicio de la Administración española en el exterior.
  • Los extranjeros y las extranjeras con permiso de residencia y de trabajo en España que trabajen por cuenta ajena en la industria o en los servicios y ejerzan su actividad en el territorio nacional.
  • Personal (funcionario o laboral) de la Administración Local.
  • Laicos o seglares que presten servicios retribuidos en instituciones eclesiásticas.
  • Las personas que presten servicios retribuidos en entidades o instituciones de carácter benéfico social.
  • Funcionarios y funcionarias en prácticas que aspiren a incorporarse a cuerpos o escalas que no estén sujetos al régimen de clases pasivas, así como los altos cargos de las administraciones públicas que no sean funcionarios; también, los funcionarios y las funcionarias de nuevo ingreso de las Comunidades Autónomas.
  • Funcionarios y funcionarias transferidas a las Comunidades Autónomas, que ingresen voluntariamente en cuerpos o escalas propios de la Comunidad Autónoma de destino; también se incluye el personal interino al servicio de la Administración de Justicia.
  • Los siguientes Regímenes Especiales integrados:
    • Representantes de comercio.
    • Artistas.
    • Profesionales taurinos.
  • Los siguientes Sistemas Especiales:
    • Trabajadores y trabajadoras fijas discontinuas de empresas de estudios de mercado y opinión pública.
    • Trabajadores y trabajadoras fijas discontinuas de cines, salas de baile y de fiesta y discotecas.
    • Manipulado y empaquetado de tomate fresco, realizado por cosecheros/as exportadores/as.
    • Servicios extraordinarios de hostelería.
    • Industria de la resina.
    • Frutas, hortalizas e industria de conservas vegetales.
    • Agrario: con efecto el día 1 de enero de 2012 los trabajadores y las trabajadoras del Régimen Especial Agrario (cuenta ajena) se incluyen dentro del Régimen General de la Seguridad Social, mediante la creación del Sistema Especial Agrario.
    • Empleadores y empleadoras del hogar: desde el día 1 de enero de 2012 los trabajadores y las trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de Empleados/as del Hogar quedan integradas dentro del Régimen General, mediante la creación del Sistema Especial para Empleados/as del Hogar.

Régimesn especial de trabajadores del mar

En el régimen especial del mar están incluídos:

  • Trabajadores por cuenta ajena, retribuidos a salario o a la parte, empleados en cualquiera de las actividades siguientes:
    • Marina mercante
    • Pesca marítima en cualquiera de sus modalidades.
    • Extracción de otros productos del mar.
    • Tráfico interior de puertos y embarcaciones deportivas y de recreo.
    • Trabajos de carácter administrativo, técnico y subalterno de las empresas dedicadas a las actividades anteriores.
    • Trabajo de estibadores portuarios.
    • Servicio auxiliar sanitario y de fonda y cocina prestado a los emigrantes españoles a bordo de las embarcaciones que los transportan.
    • Personal al servicio de las cofradías de pescadores y sus federaciones, y de las cooperativas del mar.
    • Cualquier otra actividad marítimo-pesquera cuya inclusión en este régimen sea determinada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración.
  • Los armadores de embarcaciones que sean de más de 10 toneladas o lleven enrolados más de cinco tripulantes, si figuran en el rol y perciben como retribución por su trabajo una participación en el "Monte Menor" o un salario como tripulante, quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, salvo a efectos de desempleo
  • Trabajadores por cuenta propia que realizan de forma habitual, personal y directa, alguna de las actividades que a continuación se enumeran, siempre que la misma constituya su medio fundamental de vida:
    • Armadores de embarcaciones que no excedan de 10 toneladas de registro bruto, no lleven más de cinco personas enroladas incluido el armador, y en las cuales éste vaya enrolado como técnico o tripulante.
    • Los que se dediquen a la extracción de productos del mar.
    • Los rederos que no realicen sus faenas por cuenta de una empresa pesquera determinada.
  • También se pueden incluir el cónyuge y los familiares, hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción del trabajador autónomo, si trabajan, conviven y dependen económicamente de él, salvo prueba de que son trabajadores por cuenta ajena

Registro único de entidades prestadoras de servicios sociales

El registro único de entidades prestadoras de servicios sociales recoge la información referida a las entidades que desenvuelven programas o son titulares o gestoras de centro o programas de servicios sociales, en los siguientes ámbitos: mayores, discapacidad, igualdad, infancia, menores, familia, inclusión y servicios comunitarios.

Relación de masculinidad al nacimiento

Cociente entre el número de niños y de niñas nacidos durante un año.

Renta de integración social de Galicia. RISGA
null
Residente

Se considera residente a toda persona física que tiene su residencia habitual en uno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Restricción de la actividad habitual

Actividades habituales son las realizadas tanto en el ámbito laboral, como en el trabajo doméstico o en la asistencia a centros de enseñanza o formación y actividades desenvueltas en el tiempo libre y que normalmente comprenden relaciones con amigos y familiares, práctica de deportes, asistencia a espectáculos, etc. Se considera que hay restricción cuando la limitación de la actividad es al menos de la mitad de un día

Riesgo de muerte (qx)

Probabilidad, de un individuo que alcanzó la edad exacta x, de fallecer antes de alcanzar la edad x+n.

Sala de cine

Cada uno de los locales o espacios al aire libre en que se lleva a cabo una proyección.

Salario

Para la determinación de los salaros de los empleados por cuenta ajena, en la Muestra continua de vidas laborales se utilizan las percepciones declaradas en la clave A del modelo 190 "Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta" de la Agencia Tributaria. Esta clave incluye todas las percepciones monetaria o en especie, satisfechas por la persona o entidad declarante en concepto de rendimientos del trabajo. Estas retribuciones incluirán, así mismo, las dietas satisfechas por desplazamientos y los gastos de viaje por motivos de trabajo exentos de gravamen. Es preciso aclarar, además, que se refiere a percepciones salariales brutas, esto es, antes del pago de impuestos y que incluyen, así mismo, los importes correspondientes a las percepciones en especie.

En la "Encuesta de población activa. Decil de salarios en el empleo principal " el concepto de salario utilizado es (según el Reglamento CE núm. 377/2008) de la Comisión el de "salario mensual asociado al empleo principal", siendo éste último el que desenvuelve la persona en la semana de referencia en la que es entrevistada. En el caso de tener varios trabajos, el principal es el que proporciona los ingresos más significativos. En particular, si es un trabajo eventual de duración inferior a un mes, el salario será una estimación del que obtendría para una duración de todo el mes por un trabajo similar. En cambio, si es un trabajo a tiempo parcial, no se transforma en el equivalente a tiempo completo.

Las pagas extras y otros complementos anuales se consideran en la definición, dividiendo su cantidad por 12. También se incluyen los pagos por horas extras regulares, propias y comisiones, referidos en este caso al mes natural anterior a la semana de referencia.

Salario anual ordinario

Es el resultante de eliminar del salario bruto anual los pagos extraordinarios y la valoración en especie.

Salario base

Es la parte fundamental y fija del salario y que se define como el mínimo de retribución acordado en los convenios colectivos. Cuando no hay convenio colectivo ni otro acuerdo entre empleador y empleado se entiende que éste es el Salario Mínimo Interprofesional.

Salario bruto anual

Incluye el total de las percepciones salariales en dinero efectivo (retribuciones dinerarias pagadas por la empresa al trabajador en el año) y las retribuciones en especie. Se computan los devengos brutos, es decir, antes de haber practicado las deducciones de las aportaciones a la Seguridad Social por cuenta del trabajador o las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Salario bruto mensual

Incluye el total de las percepciones salariales en dinero efectivo (salario base, pagas extraordinarias, pagos por horas extraordinarias y complementos salariales). Se computan los devengos brutos, es decir, antes de haber practicado las deducciones de las aportaciones a la Seguridad Social por cuenta del trabajador o las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Salario en especie

El salario en especie comprende la parte de los bienes y servicios suministrados gratuitamente o a precio reducido a alguno de los miembros del hogar a título de remuneración en especie, y que es consumida o regalada por el hogar.

Salario mensual ordinario

Es el resultante de eliminar del salario bruto los pagos extraordinarios. Se determina como la suma del salario base, los complementos salariales y los pagos por horas extraordinarias.

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

La cuantía retributiva mínima que percibirá el trabajador referida a la jornada legal de trabajo en cualquier actividad de la agricultura, industria o servicios, sin distinción de sexo u edad de los trabajadores, sean fijos, eventuales o temporeros, o sean personal al servicio del hogar familiar. El salario mínimo interprofesional se fija anualmente por el Gobierno mediante un real decreto. La cuantía se fija en salario/día y salario/mes y en el caso de empleados de hogar se fija también en salario/hora.

Salas de concierto

Se incluyen todas las salas, tanto de titularidad pública como privada, susceptibles de albergar actividades musicales, excepto al aire libre, de toda España.

Saldo migratorio

Para cada ámbito territorial, es la diferencia entre el número de inmigraciones y el número de emigraciones. Si es positivo indica que las entradas de población superan las salidas y si es negativo lo contrario.

Saldo migratorio externo/exterior

Es la diferencia entre la inmigración externa y la emigración externa. Aparecen dos tipos de saldo migratorio externo: con el resto de España (diferencia entre las altas procedentes de las otras comunidades autónomas y las bajas con destino en las mismas), y con el extranjero (diferencia entre las altas procedentes del extranjero y las bajas con ese mismo destino).

Saldo migratorio interno/interior

Es la diferencia entre la inmigración interna y la emigración interna. Para cada municipio aparecen dos tipos de saldo migratorio interno: el intraprovincial y el del resto de Galicia. El primero se corresponde con la diferencia entre las altas en el municipio procedentes del resto de la provincia y las bajas con destino en la misma, y el segundo es la diferencia entre las altas en el municipio procedentes de las restantes provincias de Galicia y las bajas con destino en esas mismas provincias.

Saldo vegetativo

Es la diferencia existente entre los nacimientos y las defunciones ocorridas durante un período de tiempo definido.

Salud mental positiva

Se trata de un indicador que mide el estado de salud mental de una persona. Se construye a partir de cuatro preguntas:

  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia se sintió lleno de vitalidad?
  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia tuvo mucha energía?
  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia se sintió agotado?
  • ¿Durante las últimas 4 semanas con qué frecuencia se sintió cansado?
Los valores de este indicador oscilan entre 0 y 100 puntos. Una puntuación de 100 representaría la salud mental óptima.

Segundo grado (nivel de estudios)

Estudios secundarios. Se considera que una persona tienen estudios de segundo grado cuando terminaron ESO, EGB, bachillerato elemental, bachiller superior, BUP, bachiller LOGSE, COU, PREU, FP de grado medio, FPI, oficialía industrial o equivalente, FP de grado superior, FPII, maestría industrial o equivalente. En el censo de 2001 las personas que alcanzaron el nivel de formación profesional superor se incluyen en este epígrafe y no en el de “Tercer grado” para facilitar la comparación con los censos anteriores.

Separación matrimonial

Se decretará judicialmente la separación, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio:

  1. A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. A la demanda se acompañará una propuesta de convenio regulador redactada conforme al artículo 90 del Código Civil.
  2. A petición de uno solo de los cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. No será preciso el transcurso de este plazo para la interposición de la demanda cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.
A la demanda se acompañará propuesta fundada de las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación.

La sentencia de separación produce la suspensión de la vida común de los casados, y cesa la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

La reconciliación pone término al procedimiento de separación y deja sin efecto ulterior lo resuelto en él, pero ambos cónyuges separadamente deberán ponerlo en conocimiento del Juez que entienda o haya entendido en el litigio.

Servicio de urgencias

  • Servicio de urgencias de un ambulatorio: servicio constituido en el ambulatorio que cuenta con profesionales para prestar asistencia urgente fuera del horario habitual.
  • Servicio de urgencias de un hospital: servicio constituido en el hospital, entendiendo como tal aquel servicio que cuenta con una plantilla de profesionales organizada, que presta asistencia urgente durante las 24 horas del día.

Servicios de atención para los niños

En el módulo sobre conciliación entre vida laboral y familiar de la Encuesta de población activa (EPA) se consideran servicios de atención para los niños, tanto si son de iniciativa pública como privada, los siguientes:

  • Guarderías.
  • Centros de cuidado de dái.
  • Cuidado familiar organizado (niñeras contratadas por centros de cuidado de niños que se desplazan al domicilio).
  • Centros de actividades en horario extraescolar (se excluyen los clubs deportivos donde van a practicar deporte o centros donde se imparten cursos de idiomas). >li>Niñeras particulares o personal especializado.
No se consideran servicios de atención a niños:
  • La escolarización obligatoria.
  • El cuidado del niño por parte de familiares o amigos, los cuales no reciben contraprestación económica alguna, con independencia si residen o no en el mismo hogar que el niño.
  • El cuidado por parte de hermanos de más de 14 años que cuidan de su hermano o hermana de 14 años o menos.

Servicios especiales de transporte a domicilio

Se trata de servicios que permiten desplazarse a las personas que están confinados en sus casas debido a algún tipo de discapacidad o debido a su avanzada edad. Los desplazamientos pueden ser por distintos motivos, por ejemplo, visitas al médico, ir a la compra, actividades de ocio, etc.

Sin estudios

Personas que saben leer y escribir pero fueron menos de 5 años a la escuela.

Síntoma

Cualquier tipo de manifestación de una enfermedad que afecte a una persona.

Sistema de la Seguridad Social

Es un conjunto de regímenes a través de los cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, por realizar una actividad profesional o por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a sus familiares o asimilados que tuviesen a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define.

Sistema de referencia espacial

Un sistema de referencia espacial permite asignar coordenadas a puntos sobre la superficie terrestre. Son utilizados en geodesia, navegación, cartografía y sistemas globales de navegación por satélite para la correcta georreferenciación de elementos en la superficie terrestre. Estes sistemas son necesarios dado que la Tierra no es una esfera perfecta.

Sistema de referencia ETRS89-LAEA

Sistema de referencia espacial que la Directiva INSPIRE recomienda para la generación de una capa vectorial de celdas uniformes de 1 km de lado que sea homogénea para toda Europa. Usa el sistema de coordenadas Lambert Azimutal Equal Area (LAEA).

Sistema especial agrario

Están incluidos en el sistema especial agrario los trabajadores por cuenta ajena que realicen labores agrarias, forestales o pecuarias o sean complementarias o auxiliares de las mismas, en explotaciones agrarias, así como los empresarios a los que presten sus servicios.

Sistema especial empleados del hogar

Estarán incluidos en este sistema especial, como empleados del hogar todos los trabajadores, cualquiera que sea su sexo y estado civil, y que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 16 años.
  • Que presten servicios exclusivamente domésticos para uno o varios titulares del hogar familiar, o a un grupo de personas, que sin constituir una familia, convivan en el mismo hogar con tal carácter familiar.
  • Que estos servicios sean prestados en la casa que habite el titular del hogar familiar y demás personas que componen el hogar.
  • Que perciba por este servicio un sueldo o remuneración de cualquiera clase que sea.

Situación de afiliación en alta laboral

La afiliación en alta laboral al Sistema de la Seguridad Social es obligatoria para todas las personas incluidas en el campo de aplicación de este cuando se encuentren trabajando, bien por cuenta ajena, bien por cuenta propia, y única (en el sentido de que su número de afiliación no varía) para toda la vida laboral, sin perjuicio de las bajas, altas y variaciones que se puedan producir con posterioridad a la primera afiliación. Es decir, el trabajador o la trabajadora se afilia cuando comienza su vida laboral y la empresa (o el/la propio/a trabajador/trabajadora, en el caso de empleo por cuenta propia) lo/a da de alta en alguno de los regímenes del Sistema de la Seguridad Social. Esta situación se denomina alta inicial. Si cesa su actividad se consigna una baja en el Sistema, pero su número de afiliación sigue activo, en situación de baja laboral. Si retoma su actividad, se producirá una alta, denominada alta sucesiva, pero la persona no tendrá que afiliarse de nuevo; simplemente se procederá a consignar una nueva alta de su número de afiliación.

Subsidio por desempleo

Es una prestación asistencial que tiene por objetivo complementar la protección de la prestación de carácter contributivo de las situaciones de desempleo. Consta de una prestación económica o, en su caso, del abono a la Seguridad Social de la contingencia de jubilación. La duración y cuantía se determinan en función de la modalidad del subsidio al que se tenga derecho:

  • Trabajadores y trabajadoras que agotaron la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares.
  • Trabajadores y trabajadoras que agotaron la prestación contributiva por desempleo mayores de 45 años y que no tienen responsabilidades familiares.
  • Trabajadores y trabajadoras emigrantes retornados/as.
  • Trabajadores y trabajadoras que, cuando se produce la situación legal de desempleo, no tienen cubierto el periodo mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva.
  • Liberados/as de prisión.
  • Trabajadores y trabajadoras declaradas plenamente capaces o que perdiesen la condición de pensionista de incapacidad por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.
  • Subsidio por desempleo para trabajadores y trabajadoras mayores de 55 años.
Para acceder al subsidio por desempleo se deben cumplir, con carácter general, los siguientes requisitos:
  • Estar desempleado o desempleada e inscrito/a como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
  • No tener derecho a percibir una prestación por desempleo de nivel contributivo.
  • Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, en cómputo mensual superior al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.

Subvenciones (costes laborales)

Reducciones, bonificaciones y subvenciones que los empleadores aplican en las liquidaciones de las cotizaciones a la Seguridad Social, motivadas por la contratación de determinados colectivos de trabajadores o por ayudas reconocidas por el servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a cargo de sus presupuestos.

Supervivientes (lx)

Número de individuos que superaron con éxito el riesgo de fallecer antes de la edad x.

Sustentador principal

Es la persona miembro del hogar que tuvo mayores ingresos en el año natural anterior a la realización de la encuesta (hasta la edición de 2007 en los doce meses anteriores al mes del domingo de la semana de referencia).
En el caso de ser varias las que tuviesen el mismo ingreso máximo se aplica el siguiente criterio:

  • Si alguna de las personas con ingresos similares máximos es la persona de referencia, ésta será el sustentador principal.
  • De no estar la persona de referencia entre las que tienen el mismo ingreso máximo, el sustentador principal será aquella que tenga la menor edad de ellas

Taller de empleo

Son programas públicos de empleo-formación que tienen como finalidad la inserción laboral de los desempleados de veinticinco o más años de edad, mediante su cualificación en alternancia con la práctica profesional en ocupacións o actividades de utilidad pública o interés social.

Tasa bruta de divorcios

Número de divorcios por cada 1.000 habitantes

Tasa bruta de emigración

Emigraciones por cada 1.000 habitantes

Tasa bruta de inmigración

Inmigraciones por cada 1.000 habitantes

Tasa bruta de mortalidad

Número de defunciones por cada 1.000 habitantes.

Tasa bruta de natalidad

Número de nacimientos por cada 1.000 habitantes.

Tasa bruta de nupcialidad

Número de matrimonios por cada 1.000 habitantes.

Tasa bruta de población que se gradúa

Las tasas brutas de población que se gradúa en cada enseñanza/titulación se han calculado como la relación entre el alumnado que termina los estudios que se citan, independientemente de su edad, con la población total de la edad teórica de comienzo del último curso de la enseñanza.

Tasa bruta de reproducción

Número medio de hijas que tendría una mujer en ausencia de mortalidad a lo largo de su vida

Tasa de actividad

Porcentaje del número total de activos sobre la población total (población de 16 o más años).

Tasa de analfabetismo

Porcentaje de población de 16 y más años que no sabe leer ni escribir sobre el total de la población de 16 y más años.

Tasa de asalariados

Porcentaje del número medio de asalariados frente al número medio de ocupados totales a lo largo del periodo considerado.

Tasa de carga poblacional

Para cada uno de los conceptos de carga de población, se define como la porcentaxe que representa la carga de población respecto a la población residente

Tasa de crecimiento compuesto continuo de la población

Incremento de la población basado en un modelo de crecimiento exponencial continuo.

Tasa de crecimiento natural de la población

Relación entre el saldo vegetativo (diferencia entre los nacimientos y defunciones) y la población del periodo considerado.

Tasa de enfermedades profesionales

Número de enfermedades profesionales con y sin baja respecto al total de afiliados a la Seguridad Social

Tasa de idoneidad (educación)

Relación entre los alumnos qeu se encuentran matriculados en el curso teórico adecuado para su edad y los alumnos matriculados en dicho curso

Tasa de inserción laboral

Representa el número de personas egresadas afiliadas (en alta laboral según Seguridad Social o MUFACE) en la fecha de referencia de cada período de seguimiento por cada cien personas egresadas. Por otra parte, no se puede interpretar la tasa de inserción laboral como una tasa específica de empleo de egresados universitarios (Personas egresadas ocupadas/Total de personas egresadas), ya que, como se indicó, no se alcanza la exhaustividade en el recuento de la ocupación de este colectivo, al desconocerse su actividad laboral fuera de Galicia o su situación de afiliación a mutualidades de previsión social al margen de MUFACE.

Tasa de mortalidad (mx)

Cociente entre el número de defunciones de individuos con edad entre x y x+n y la población del mismo grupo de edad.

Tasa de mortalidad infantil

Defunciones de menores de un año por cada mil nacidos vivos.

Tasa de mortalidad neonatal

Defunciones de niños de menos de 28 días por cada mil nacidos vivos.

Tasa de mortalidad perinatal

Defunciones de niños menores de 28 días (incluyendo las muertes fetales tardías) por cada mil nacimientos (nacidos vivos más muertes fetales tardías).

Tasa de mortalidad posneonatal

Defunciones de niños de entre 28 y 365 días por cada mil nacidos vivos.

Tasa de ocupación

Porcentaje de ocupados sobre la población de 16 y más años.

Tasa de parcialidad de los asalariados

Porcentaje de asalariados con jornada parcial sobre el total de asalariados.

Tasa de paro

Porcentaje de parados sobre el total de activos.

Tasa de precariedad en el empleo

Porcentaje de asalariados con contrato temporal con respecto al total de asalariados

Tasa de repetición (educación)

Relación entre los alumnos repetidores y los alumnos matriculados

Tasa de riesgo de pobreza

Porcentaje de personas con un ingreso inferior al umbral del riego de pobreza.

Tasa de riesgo de pobreza antes de transferencias sociales

Porcentaje de personas con un ingreso equivalente (antes de transferencias) inferior al umbral de riesgo de pobreza (antes de transferencias). Para su cálculo no se contabilizan dentro de los ingresos de los hogares las transferencias sociales (prestaciones contributivas y no contributivas, prestaciones y subsidios por desempleo) y, posteriormente, se recalculan los ingresos equivalentes, la mediana y el umbral de riesgo de pobreza antes de transferencias (60% de la mediana).

Tasa de riesgo de pobreza antes de transferencias sociales

Porcentaje de personas con un ingreso equivalente (después de alquiler imputado) inferior al umbral de riesgo de pobreza (después de alquiler imputado). Para su cálculo se contabiliza dentro de los ingresos de los hogares el alquiler imputado. El alquiler imputado es el equivalente al alquiler que se pagaría a precio de mercado por una vivienda de características similares a la vivienda en la que reside el hogar menos el alquiler que realmente se paga. Se aplica, por lo tanto, a los hogares que no pagan un alquiler por ser propietarios y aquellos que ocupan una vivienda alquilada a un precio inferior al de mercado. Posteriormente se recalculan los ingresos equivalentes, la mediana y el umbral de riesgo de pobreza después de alquiler imputado (60% de la mediana).

Tasa de riesgo de pobreza después del ahorro en alimentos

Porcentaje de personas con un ingreso equivalente (después de ahorro en alimentos) inferior al umbral de riesgo de pobreza (después de ahorro en alimentos). Para su cálculo se contabilizan dentro de los ingresos de los hogares el ahorro causado al hogar por no tener que comprar algunos alimentos producidos por el propio hogar o bien regalados por algún familiar o amigo y, posteriormente, se recalculan los ingresos equivalentes, la media y el umbral de riesgo de pobreza después de ahorro en alimentos (60% de la mediana).

Tasa de riesgo de pobreza o exclusión social (estrategia Europa 2030)

La población en riesgo de pobreza o exclusión social es aquella que está en alguna de las siguientes situaciones:

  • En riesgo de pobreza: el ingreso por unidad de consumo está por debajo del 60% de la mediana de ingresos por unidad de consumo.
  • En carencia material severa.
  • Personas de 0 a 64 años que viven en hogares con baja intensidad laboral.

Tasa de riesgo de pobreza o exlusión social (estrategia Europa 2020)

La población en riesgo de pobreza o exclusión social es aquella que está en alguna de las siguientes situaciones:

  • En riesgo de pobreza: el ingreso por unidad de consumo está por debajo del 60% de la mediana de los ingresos por unidad de consumo
  • En carencia material severa
  • Personas de 0 a 59 años que viven en hogares sin ingresos de trabajo o con baja ingensidad de ingresos de trabajo, es decir, donde el número de días que los adultos de 18 a 59 años de ese hogar tuvieron ingresos por trabajo supone hasta el 20% del número total de días que podrían haberlos tenido durante el año natural anterior a la realización de la encuesta

Tasa de ruptura matrimonial

Relación entre el total de separados y divorciados con respecto al total de casados, separados y divorciados

Tasa de salarización

Porcentaje de los asalariados sobre el total de ocupados.

Tasa de supervivencia del empleo autónomo

Es la proporción de afiliaciones en el Régimen Especial de Autónomos y Autónomas que siguen en alta laboral a último día hábil del periodo considerado (1 año después, 2 años después, etc.) en relación a todas las afiliaciones que fueran dadas de alta en este régimen en el año de referencia.

Tasa de temporalidad

Porcentaje de los asalariados con contrato de duración temporal sobre el total de asalariados.

Tasa general de actividad

Relación entre la población activa y el total de población

Tasa general de fecundidad

Número de nacimientos por cada mil mujeres en edad fértil (de 15 a 49 anos).

Tasa general de nupcialidad

Número de matrimonios por cada mil individuos de 15 o más años.

Tasas específicas de fecundidad

Cociente entre el número de nacimientos de una determinada cohorte de madres y el total de mujeres en ese grupo de edad.

Tasas específicas de mortalidad

Cociente entre el número de defunciones de personas de un determinado grupo de edad y la población total en ese grupo de edad.

Tasas específicas de nupcialidad

Cociente entre el número de matrimonios de un determinado grupo de edad y la población de ese grupo de edad.

Teatro

Agrupa las representaciones de teatro clásico, cómico, dramático y otras manifestaciones teatrales heterogéneas (lecturas dramatizadas, mimo, marionetas, títeres, etc.)

Terapeuta manual

Fisioterapeuta especialista en intervenciones de terapia manual y técnicas para tratar problemas de movimientos que generan dolor. Trata problemas de espalda, cuello, tensión muscular, problemas de cadera y rodilla y dolores de hombro. La terapia manual se define como la especialidad médica a la que concierne el diagnóstico, evaluación, prevención y tratamiento de la incapacidad encaminados a facilitar, mantener o devolver el mayor grado de capacidad funcional e independencia posibles.

Terapeuta ocupacional

Especialista que aplica técnicas y realiza actividades de carácter ocupacional que tienden a potenciar o suplir funciones físicas o psíquicas disminuidas o perdidas, y a orientar y estimular el desarrollo de tales funciones. Trabajan con individuos que tienen algún tipo de discapacidad mental, física, de desarrollo o emocional. Ayudan a desarrollar, recuperar o mantener las actividades diarias y habilidades en el trabajo.

Tercer grado (nivel de estudios)

Estudios superiores. Se considera que una persona tiene estudios de tercer grado cuando ha terminado una diplomatura, arquitectura o ingeniería técnicas, tres cursos de una licenciatura, ingeniería o arquitectura, una licenciatura, una ingeniería o el doctorado.

Tiempo vivido (Tx)

Número total de años vividos por los supervivientes lx desde el aniversario x hasta la extinción de la generación.

Tipos de accidentes según la Encuesta europea de salud 2009

  • Accidentes de tráfico: todos los accidentes ocurridos en la vía pública, aparcamientos públicos o privados siempre que el accidente no ocurra en el curso de trabajo. El accidente puede ser como conductor, pasajero o peatón
  • Accidentes en el trabajo: todos los accidentes ocurridos en el periodo de jornada laboral, incluso si estos no han ocurrido realizando el trabajo habitual o en el lugar donde normalmente realiza su actividad. Incluye, entre otros, los accidentes ocurridos durante el periodo de comida o cualquier otro descanso, siempre que sea en el establecimiento de la empresa; accidentes de tráfico en el transcurso del trabajo; accidentes en medios de transporte usados en el curso del trabajo; y accidentes ocurridos en casa si el trabajo se realiza directamente desde allí
  • Accidentes en el colegio o centro de estudios: todos los accidentes ocurridos en las instalaciones del centro, incluidos aquellos que pudieran suceder durante la clase de educación física
  • Accidentes en casa o en tiempo de ocio: todos los accidentes ocurridos en el hogar o en las dependencias externas propiedad del inmueble (escaleras, portal, jardín, garaje, etc.). Puede referirse a la propia casa del entrevistado o a la de otra persona. También incluye los accidentes ocurridos en un lugar público o privado mientras se realizan actividades de ocio (gimnasio, pista de fútbol, piscina, rocódromo, etc.)

Tirada

Se Número total de ejemplares impresos de una publicación

Título

Término utilizado para designar una publicación impresa que constituye un todo único, tanto si cosnta de uno como de varios volúmenes.

Toma de la tensión arterial

Es la medición de la tensión arterial sistólica y diastólica realizada por un profesional sanitario. Se considera también la toma de la tensión efectuada por farmacéuticos en la propia farmacia.

Trabajadores afiliados por cuenta ajena

En la edición 2011 de la explotación de la Muestra continua de vidas laborales se consideran trabajadores por cuenta ajena todos los afiliados en alta laboral incluidos en alguno de los siguientes regímenes de afiliación: régimen general, régimen especial de minería del carbón, régimen especial del mar por cuenta ajena, régimen especial agrario por cuenta ajena y régimen especial de empleados del hogar fijos.

Trabajadores afiliados por cuenta propia

En la edición 2011 de la explotación de la Muestra continua de vidas laborales se consideran trabajadores por cuenta propia todos los afiliados en alta laboral incluidos en alguno de los siguientes regímenes de afiliación: régimen especial de trabajadores autónomos, régimen especial del mar por cuenta propia y régimen especial de empleados del hogar discontinuos. Hay que tener en cuenta que a partir de enero de 2008 desaparece el régimen especial agrario por cuenta propia y sus afiliaciones se integran en el régimen especial de autónomos.

TRADE

Son las siglas de trabajador o trabajadora autónoma económicamente dependiente. Su definición exacta viene fijada en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. A grandes rasgos, son aquellas personas que realizan una actividad económica o profesional por cuenta propia, a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominantemente para otra persona física o jurídica, de la que dependen económicamente por percibir de esta, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos del trabajo y de actividades económicas o profesionales.

Trato violento

Hace referencia al uso de fuerza física hacia otra persona o grupo de personas que tenga como consecuencia daño físico, sexual o psicológico. Se consideran tanto las situaciones reales como la sensación de miedo ante estas acciones. En el caso de violencia en el entorno del hogar, se considera la que puede ser causada por personas tanto fuera como dentro del hogar. La violencia en el trabajo no solamente puede provenir de un compañero, superior o subordinado, sino de otra persona con la que se relacione el informante en su lugar de trabajo, como por ejemplo un cliente o proveedor.

Turismo, segundas viviendas, estudios, trabajo y salud

Representan los saldos medios de personas equivalentes a tiempo completo entre los no residentes presentes y los residentes ausentes por motivos de turismo, estancias en segundas viviendas, estudios, trabajo y problemas de salud

Umbral de riesgo de pobreza

Se corresponde con el 60% de la mediana de los ingresos equivalentes de todas las personas gallegas. Como ingreso equivalente de cada persona se toma el ingreso equivalente del hogar al cual pertenecen.

Vacuna contra la gripe

Se considera la vacuna antigripal estacional. No se considera la vacuna contra la variante H1N1.

Valoración en especie

Valoración de todas las percepciones salariales que se entregan al trabajador usando cualquier medio distinto del dinero, como bienes, derechos, beneficios o servicios como contraprestación de los servicios laborales.

Vehículo motorizado combinado público y privado

Categoría que incluye las combinaciones posibles de por una parte, coche, furgoneta o moto, y por otra parte, autobús, metro o tren.

Vehículo motorizado privado

Categoría que incluye las combinaciones posibles de coche, furgoneta o moto como conductor o pasajero.

Vehículo motorizado público

Categoría que incluye las combinaciones posibles de autobús, metro o tren.

Viajeros entrados

Todas aquellas personas que realizan una o más pernoctaciones seguidas en el mismo alojamiento.

Vivienda

Es el recinto estructuralmente separado e independiente que, por la forma en que fue construido, reconstruido, transformado o adaptado, está concebido para ser habitado por personas y está dotado de acceso desde la vía pública o desde recintos comunes privados. Hay dos tipos de viviendas: viviendas colectivas y viviendas familiares.
En el Censo de población y viviendas se consideran también viviendas aquellos recintos que aunque no estuviesen concebidos para ser habitados por personas constituyen la residencia habitual de alguien en el momento censal. No se consideran viviendas los recintos que, a pesar de estar concebidos inicialmente para la habitación humana, en el momento censal están dedicados totalmente a otros fines.

Vivienda colectiva

Es la vivienda destinada a ser habitada por un colectivo, es decir, por un grupo de personas sometidas a una autoridad o régimen común no basados en lazos familiares ni de convivencia, como por ejemplo: residencias de personas mayores, cuarteles, conventos, instituciones para personas con discapacidad, cárceles, etc. Puede ocupar sólo parcialmente un edificio, o más frecuentemente, la totalidad del mismo.

Vivienda familiar

Es la vivienda destinada a ser habitada por una o varias personas, general pero no necesariamente unidas por parentesco, y que no constituyen un colectivo. A pesar de no cumplir estrictamente la definición, también se consideran viviendas familiares los alojamientos.

Las viviendas familiares se incluyen en el Censo de Viviendas, con independencia de que estén ocupadas o no en el momento censal.

Vivienda familiar principal

Vivienda familiar que se utiliza toda o la mayor parte del año como residencia habitual de una o más personas.

Votantes

Son aquellos individuos incluidos en el censo electoral que el día de la votación hicieron efectivo su derecho a sufragio.

Votos a candidaturas

Total de votos obtenidos por cada una de las candidaturas que se presentan a las elecciones.

Votos en blanco

Se considera como voto en blanco, pero válido, el sobre que no contenga papeleta.

Votos nulos

Es nulo el voto emitido en sobre o papeleta diferente del modelo oficial, así como el emitido en papeleta sin sobre o en sobre que contenga más de una papeleta de distinta candidatura. En el supuesto de contener más de una papeleta de la misma candidatura, se computará como un solo voto válido.

 

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