La afiliación al Sistema de la Seguridad Social es obligatoria para todas las personas incluidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social y única para toda la vida del trabajador o de la trabajadora y para todo el sistema, sin perjuicio de las bajas, altas y demás variaciones que con posterioridad a la afiliación se puedan producir. Es decir, el trabajador o trabajadora se afilia cuando comienza su vida laboral y se da de alta en alguno de los regímenes del Sistema de la Seguridad Social. Esta situación se denomina alta inicial. Si cesa en su actividad será dado o dada de baja pero seguirá afiliado o afiliada en situación de baja laboral. Si retoma la actividad se producirá una alta denominada alta sucesiva a efectos estadísticos, pero no tendrá que afiliarse de nuevo, dado que, como ya se indicó, la afiliación es única para toda la vida del trabajador o de la trabajadora.
Es el conjunto de personas que, en un período de referencia dado, subministran mano de obra para la producción bienes y servicios económico o que están disponibles y realizan gestiones para incorporarse a la producción. En la encuesta de población activa (EPA), la población económicamente activa comprende todas las personas de 16 o más años que durante la semana de referencia cumplen las condiciones para su inclusión entre las personas ocupadas o paradas.
População activa
Conjunto de indivíduos com idade mínima de 15 anos que, no período de referência, constituíam a mão-de-obra disponível para a produção de bens e serviços que entram no circuito económico (empregados e desempregados).
Abarca todas las personas de 16 y más años no clasificadas como ocupadas o paradas.
Los inactivos se clasifican según su situación personal en las siguientes categorías funcionales:
Personas de 16 años o más que durante la semana de referencia tuvieron un trabajo por cuenta ajena o ejercieron una actividad por cuenta propia, en alguna de las siguientes situaciones:
Personas de 16 años o más que durante la semana de referencia estuvieron sin trabajo, disponibles para trabajar y buscando empleo. Son parados también los que encontraron un trabajo y están esperando incorporarse, siempre que se verifiquen las dos primeras condiciones.
Según el Reglamento 1897/2000 de la Comisión Europea, los únicos métodos de búsqueda de empleo considerados activos son:
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