IGE -

Definiciones. Censo de población y viviendas. Gallego


Analfabeto

Se considera que una persona es analfabeta cuando no sabe leer o escribir en ningún idioma

Primer grado (nivel de estudios)

Estudios primarios. Personas que fueron a la escuela 5 años o más sin completar EGB, ESO o bachillerato elemental

Segundo grado (nivel de estudios)

Estudios secundarios. Se considera que una persona tienen estudios de segundo grado cuando terminaron ESO, EGB, bachillerato elemental, bachiller superior, BUP, bachiller LOGSE, COU, PREU, FP de grado medio, FPI, oficialía industrial o equivalente, FP de grado superior, FPII, maestría industrial o equivalente. En el censo de 2001 las personas que alcanzaron el nivel de formación profesional superor se incluyen en este epígrafe y no en el de “Tercer grado” para facilitar la comparación con los censos anteriores.

Sin estudios

Personas que saben leer y escribir pero fueron menos de 5 años a la escuela.

Tercer grado (nivel de estudios)

Estudios superiores. Se considera que una persona tiene estudios de tercer grado cuando ha terminado una diplomatura, arquitectura o ingeniería técnicas, tres cursos de una licenciatura, ingeniería o arquitectura, una licenciatura, una ingeniería o el doctorado.

Vivienda

Es el recinto estructuralmente separado e independiente que, por la forma en que fue construido, reconstruido, transformado o adaptado, está concebido para ser habitado por personas y está dotado de acceso desde la vía pública o desde recintos comunes privados. Hay dos tipos de viviendas: viviendas colectivas y viviendas familiares.
En el Censo de población y viviendas se consideran también viviendas aquellos recintos que aunque no estuviesen concebidos para ser habitados por personas constituyen la residencia habitual de alguien en el momento censal. No se consideran viviendas los recintos que, a pesar de estar concebidos inicialmente para la habitación humana, en el momento censal están dedicados totalmente a otros fines.

Vivienda familiar

Es la vivienda destinada a ser habitada por una o varias personas, general pero no necesariamente unidas por parentesco, y que no constituyen un colectivo. A pesar de no cumplir estrictamente la definición, también se consideran viviendas familiares los alojamientos.

Las viviendas familiares se incluyen en el Censo de Viviendas, con independencia de que estén ocupadas o no en el momento censal.


 

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